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El Supremo aumenta la condena de los exfutbolistas de la Arandina pero aplica en su beneficio la ley del 'solo sí es sí'

Imagen de archivo de Carlos Cuadrado (i), Víctor Rodríguez (c) y Raúl Calvo (d), exjugadores de la Arandina Club de Fútbol acusados de agresión sexual a una menor

Alberto Pozas

29 de noviembre de 2022 11:37 h

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El Tribunal Supremo ha decidido aumentar las condenas impuestas a dos exfutbolistas de la Arandina por abusar sexualmente de una menor de edad en su piso en 2017. Los jueces suben a nueve años de cárcel las condenas impuestas aplicando la Ley del 'solo sí es sí' y explica que les impone un año menos de lo que pedía la Fiscalía al entender que la nueva norma es más beneficiosa. Con el antiguo Código Penal la condena habría sido de 10 años de prisión. Los tribunales de Castilla y León les había impuesto condenas de tres y cuatro años de cárcel, respectivamente.

El Supremo explica que la Ley del 'solo sí es sí' se puede aplicar para rebajar la condena de un delincuente sexual “cuando se fije pena inferior en aquellos supuestos en los que así proceda” pero “analizando caso por caso y no de forma global” tanto en asuntos sentenciados en firme como en los que todavía están pendientes de juicio. Por el momento el Supremo ha hecho público el fallo pero no los argumentos de la sentencia.

Los jueces aumentan las condenas porque retiran una de las atenuantes que aplicaron los tribunales de Castilla y León, lo que implica el aumento de la condena, aunque un año por debajo de lo que habría supuesto examinarlo bajo el paraguas del antiguo Código Penal. Uno de los jueces, Ángel Hurtado, ha votado en contra al entender que sus condenas tendrían que haberse mantenido e incluso rebajado en aplicación de la ley del 'solo sí es sí'.

Se trata de uno de los primeros casos de delincuencia sexual que estudia la sala de lo penal del Tribunal Supremo a la luz de la nueva ley del 'solo sí es sí', que recoge condenas mínimas más bajas para algunos de estos delitos. La Fiscalía, que en este caso había pedido elevar o, al menos, mantener las condenas de los futbolistas, ha establecido como criterio que una condena por abusos o violación no se revisará a la baja si es posible imponerla con el nuevo Código Penal. El criterio es dispar, por ahora, entre los jueces de los tribunales territoriales: en Madrid, por ejemplo, sí apuestan por considerar estas rebajas retroactivas mientras que en Navarra o La Rioja los jueces las rechazan.

Los hechos, tal y como sentenciaron los tribunales de Castilla y León, ocurrieron en noviembre de 2017 en el piso que compartían dos de los acusados. La víctima, que tenía entonces 15 años de edad, acudió al domicilio después de varias semanas hablando con uno de ellos a través del teléfono móvil y de Instagram. Esa noche, en el salón del piso, los tres acusados abusaron de ella en grupo. Otro de ellos, después, también mantuvo relaciones sexuales con ella en una habitación que no fueron consideradas delictivas por los jueces.

De 38 años a 9 años de cárcel

La Audiencia de Burgos, en primera instancia, les impuso condenas de 38 años de cárcel a cada uno por tres delitos de agresión sexual, siguiendo el criterio establecido por el Tribunal Supremo en la sentencia de la Manada de Pamplona. El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, sin embargo, absolvió a uno de los tres y rebajó las condenas de los otros a cuatro y tres años de cárcel, respectivamente.

Una rebaja basada en una modificación de los hechos probados. Allí donde la Audiencia había entendido que la joven se sometió a los abusos múltiples por la intimidación causada por los tres, el TSJ regional eliminó esa referencia y dejó sus condenas en abusos sexuales. Con respecto al tercero, el más joven del grupo, los jueces también consideraron que su desarrollo psicológico era similar al de la víctima, cinco años menor que él, y le absolvieron. También aplicaron una atenuante “analógica” que ahora retira el Tribunal Supremo.

Montero defiende la ley

Tras la sentencia del Tribunal Supremo, la ministra de Igualdad, Irene Montero, ha defendido que la ley del 'solo sí es sí' “es sólida y combate la impunidad”. “Pendientes de la sentencia del Tribunal Supremo. Con la Ley del 'solo sí es sí' el caso Arandina no es abuso, es agresión. La ley es sólida, combate la impunidad y sobre todo protege a todas las víctimas, también las que no denuncian, frente a todas las violencias”, ha expresado Montero en su perfil de Twitter. “Hay que aplicar toda la ley”, ha añadido.

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