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Bruselas rechaza los primeros recursos contra la resolución del Banco Popular por no tener jurisdicción

Bruselas rechaza los primeros recursos contra la resolución del Banco Popular por no tener jurisdicción

EFE

Bruselas —

La Junta Única de Resolución (JUR) europea no ha admitido a trámite cinco de los recursos presentados hasta ahora contra la resolución del Banco Popular, puesto que esta operación no entra dentro de la jurisdicción de su Panel de Recurso, según las decisiones publicadas hoy en su página web.

En las cinco decisiones, fechadas el 19 de julio y publicadas sin datos que permitan identificar a los demandantes, los miembros del Panel de la JUR señalan que los casos de resolución no están recogidos entre los que pueden recurrirse ante este órgano, de acuerdo con la Regulación del Mecanismo Único de Resolución (SRMR).

“La decisión contestada es relativa a la resolución de una institución de crédito (...). Este es un tipo de decisión que no esta recogido en el Artículo 85(3) de la SRMR. El recurso, por lo tanto, no es admisible”, dicen en los cinco casos.

El Panel señala que los tipos de decisión que no se enmarcan dentro de este artículo, que delimita la jurisdicción de la JUR, “no son apelables ante el Panel de Recurso”, pero que “pueden ser apelables ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea”.

Así las cosas, el siguiente paso para los demandantes si quieren seguir adelante con el caso sería recurrir ante la corte con sede en Luxemburgo.

En textos prácticamente idénticos, el Panel señala que los recursos fueron presentados el 22 de junio y buscaban la anulación de la resolución ordenada por la JUR el 7 de junio, que se saldó con la venta del Popular al Banco Santander por un simbólico euro y conllevó pérdidas totales para accionistas y bonistas de la entidad.

La JUR apunta que el 27 de junio se les informó de que “según un análisis preliminar”, la decisión recurrida “parece caer fuera de la jurisdicción del Panel de Recurso” y se les pidió que remitiesen antes del 3 de julio sus observaciones e informasen de si querían hacer una presentación oral.

En todos los casos, los demandantes no respondieron antes de ese plazo.

Este Panel, constituido en 2015 y con un mandato para cinco años, está compuesto por cinco expertos en servicios financieros y banca con experiencia en materia de resolución, y ante él pueden recurrirse las decisiones de la JUR, la autoridad europea encargada de decidir sobre la resolución de las grandes entidades bancarias europeas.

Varios accionistas y bonistas del Popular que sufrieron pérdidas con la que fue su primera intervención recurrieron ante este panel hasta el 19 de julio, fecha límite para hacerlo.

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