Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.
La portada de mañana
Acceder
Las negociaciones entre Israel y Hamás llegan a un punto decisivo
ANÁLISIS | El cierre de filas con Israel lleva a EEUU a limitar las libertades
OPINIÓN | 'Todo salió mal', por Enric González
Noticia de agencia

Noticia servida automáticamente por la Agencia EFE

Esta información es un teletipo de la Agencia EFE y se publica en nuestra web de manera automática como parte del servicio que nos ofrece esta agencia de noticias. No ha sido editado ni titulado por un periodista de eldiario.es.

Tribunal General confirma sanción por mal uso de ayudas a proyectos del Júcar

EFE

Bruselas —

0

El Tribunal General de la Unión Europea confirmó hoy la decisión adoptada en 2006 por el Ejecutivo comunitario de reducir en casi 2 millones de euros las ayudas a tres proyectos en Valencia para el tratamiento de las aguas residuales del río Júcar, por irregularidades en la contratación pública.

Los jueces europeos desestimaron los recursos presentados por las autoridades españolas contra esa decisión, adoptada después de una auditoría en la que la Comisión Europea detectó un incumplimiento de las normas de contratación pública.

En concreto, las irregularidades en la contratación se produjeron en relación al uso de la experiencia como criterio de adjudicación y del método del precio medio como procedimiento para valorar el precio ofertado.

El origen del litigio se remonta a 2002, cuando la Conselleria de Obras Públicas y Urbanismo de la Comunidad Valenciana recibió del Fondo de Cohesión 11,2 millones de euros para el grupo de proyectos denominado “saneamiento de la cuenca hidrográfica del Júcar 2001-Grupo 2”.

El principal objetivo de los proyectos era mejorar el tratamiento de las aguas residuales y de los fangos a lo largo de ese río.

Tras llevar a cabo una auditoría y detectar irregularidades, la Comisión decidió reducir la subvención otorgada inicialmente a los tres proyectos en 1.900.281 euros, cifra correspondiente a la diferencia entre el importe de la oferta seleccionada y el de la oferta que habría obtenido el contrato si no se hubieran utilizado los criterios considerados ilegales.

Las irregularidades se referían a contratos gestionados por la Entidad Pública de Saneamiento de Aguas Residuales de la Comunidad Valenciana (EPSAR) y afectaban a tres proyectos: la planta de secado térmico de fangos de Quart-Benager, el acondicionamiento de la estación de depuración de aguas residuales de Xeraco y la conexión de la Acequia del Mar con la Acequia de Vera.

España recurrió ante el Tribunal General solicitando la anulación de las respectivas Decisiones de la Comisión.

En sus sentencias de hoy, el Tribunal General desestima los recursos de España.

El Tribunal recuerda que las normas europeas de contratación pública tienen por objeto proteger los intereses de los operadores económicos de un Estado miembro que deseen prestar servicios en otro país.

En particular, explican los jueces, esas reglas pretenden excluir el riesgo de que se dé preferencia a los licitadores nacionales y la posibilidad de que los poderes públicos se guíen por consideraciones que no tengan carácter económico e incurran en “favoritismos”.

El Tribunal opina que el hecho de que no se diera a conocer el precio medio en el momento de la presentación de las ofertas, impidió a los licitadores conocer un dato que, de haber sabido con anterioridad, hubiera podido influir en gran medida en la preparación de las mismas.

La falta de transparencia por lo que atañe al precio medio hizo que los licitadores más competitivos se encontrasen en una situación de competencia “irracional” ya que, si querían mantener sus oportunidades de obtener el contrato, se veían obligados a presentar una oferta con un precio más elevado del que hubieran podido ofrecer.

Respecto a la utilización del criterio de la “experiencia en obras anteriores”, el Tribunal considera que podía utilizarse para verificar la aptitud de los licitadores, es decir, para verificar que respetaban las exigencias de capacidad económica, financiera y técnica, pero no para adjudicar los contratos.

Etiquetas
stats