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Una sentencia revela que la policía puede convertir los teléfonos pinchados en micrófonos de ambiente

Sede de los servicios centrales de la Policía Nacional en el barrio de Canillas (Madrid)

Pedro Águeda

Los teléfonos móviles intervenidos con autorización judicial pueden captar lo que pasa alrededor desde el mismo momento en que comienzan a recibir una llamada o la realizan, esto es, desde que comienzan a sonar los tonos, sin necesidad de que el receptor haya descolgado. Esta posibilidad, conocida por los miembros de las Fuerzas de Seguridad dedicados a tareas de investigación, trasciende ahora en una sentencia del Tribunal Supremo que además avala su práctica.

El Alto Tribunal confirmó el 3 de mayo los aspectos esenciales de una sentencia de la Audiencia Provincial de Pontevedra contra cinco personas por tráfico de drogas. Entre los motivos de los recursos que habían presentado sus defensas estaban intervenciones telefónicas practicadas bajo una serie de presuntas irregularidades. Entre ellas, “la utilización de los teléfonos móviles como micrófonos ambientales”.

Uno de los condenados se quejaba de “la utilización de los teléfonos móviles como micrófonos ambientales (donde la representación de Gabino Bernardino -nombre ficticio que utiliza el tribunal- amplia el quebranto al derecho a la intimidad personal y familiar, pues se graba una conversación con su hijo de seis años, antes de aceptar la llamada entrante)”.

Ante esto, el Tribunal Supremo concluye que la autorización para grabar las llamadas de un móvil intervenido judicialmente abarca desde el mismo momento que se pulsa el botón de “llamar” o desde que suena el primer tono, si es que ese teléfono es el que la recibe.

“Únicamente cuando la llamada ha sido establecida y el móvil la recibe, antes de aceptarla el destinatario, el sistema comienza a grabar; es decir, la llamada, para la que existía acuerdo judicial de intervención y grabación, ya se había producido, con independencia de que si el destinatario no la acepta, no genere coste para quien la realiza”, se lee textualmente en la sentencia.

La capacidad para convertir los teléfonos intervenidos judicialmente en micrófonos de ambiente llegó con la instauración de Sitel, el Sistema de Interceptación Telefónica que comenzó a utilizarse en pruebas en 2004, explican fuentes policiales. A finales de 2009, el dirigente del PP Esteban González Pons acusó al entonces ministro del Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba, de utilizar Sitel para espiar a “miles de españoles” sin control judicial.

La polémica se diluyó frente al argumento de que lo que había hecho Sitel era digitalizar y perfeccionar un sistema que antes grababa las conversaciones en rudimentarias cintas. La clave estaba en la utilización de la tecnología, si se hacía legalmente o no, algo que también podía ocurrir con el sistema analógico. Y no hubo pruebas de que Sitel fuera utilizado para pinchazos sin autorización judicial. Pero aquella polémica nunca abarcó la utilización de los teléfonos como micros de ambiente, sencillamente porque se desconocía que Sitel tuviera capacidad para hacer algo así.

El sistema informático permite activar la posibilidad de grabar desde que comienzan a sonar los tonos y también renunciar a ella, incluso permite decidir en el momento que se deja de grabar, que podría ser después de que acabara la comunicación del teléfono pinchado con autorización judicial, según las fuentes consultadas. En cualquier caso, el contenido del fallo del Tribunal Supremo descarta que la información recogida entonces sirviera como prueba y su incorporación podría invalidar toda la investigación.

Para que Sitel pueda ser utilizado, la Policía o la Guardia Civil deben presentar una petición razonada a un juez. En caso de que la respuesta sea afirmativa, el agente se dirigirá a la compañía telefónica con el mandamiento judicial y ésta liberará la línea para que entre Sitel.

Dos centrales y muchas ramificaciones

El Sistema de Intercepción Telefónica es una plataforma informática que tiene dos centrales de monitorización en los cuarteles generales de Policía y Guardia Civil. Esos dos centros actúan a modo de grandes ordenadores con terminales remotos, ramificaciones en cada una de las unidades de investigación que los dos Cuerpos tienen repartidas por toda España. También como un disco duro central que almacena la totalidad de las grabaciones telefónicas, el contenido de los mensajes de texto y, en su caso, los correos electrónicos.

Al tiempo, cada unidad dedicada a la investigación tiene una sala reservada a Sitel, con ordenadores a los que se les han instalado las aplicaciones del sistema. Los agentes pueden sentarse ante la pantalla del ordenador, acceder con una clave personal que deja rastro y recuperar conversaciones grabadas en horas precedentes o escuchar las que se están produciendo en directo.

A diferencia del sistema que le precedió, Sitel permite seleccionar cortes de tiempo, eliminar ruido ajeno a la conversación, rebobinar, avanzar, utilizar filtros... El sistema también cuenta con un transcriptor de conversaciones, aunque si la calidad del sonido que le llega no es buena es necesario que los agentes escuchen esos tramos.

Los policías suelen utilizar varias pantallas conectadas a la CPU que tiene instalado Sitel. Así, pueden dedicar una de ellas a todo lo concerniente a una grabación de voz y otra a mantener en la misma los datos asociados a ese teléfono intervenido, como el nombre de su titular, su domicilio y compañía con la que ha contratado. En una tercera puede abrir la aplicación que permite, a modo de GPS, seguir el recorrido que ha hecho el teléfono móvil, apareciendo en la pantalla las torres BTS de las que ha ido dependido su conexión según se ha desplazado.

Cuando el agente quiera remitir al juez las pruebas que ha obtenido, graba las conversaciones en formato DVD. Si la Policía quiere tener acceso a los mensajes de correo electrónico seguirá el mismo proceso de autorización y todos los mensajes enviados y recibidos a la cuenta intervenida serán desviados a un correo creado por el agente.

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