El debate sobre la titularidad andaluza del Guadalquivir vuelve al Congreso

La aprobación de la reforma del Estatuto de Autonomía de Andalucía, el 18 de febrero de 2007, fue el inicio de una batalla jurídica por la titularidad andaluza del Guadalquivir, el principal río de la comunidad y uno de los motores de la actividad económica más importante de la región: la agricultura. El artículo 51 del Estatuto regulaba las competencias exclusivas de Andalucía de la Cuenca Hidrográfica del Guadalquivir. Es decir, los andaluces votaron en referéndum que la comunidad autónoma gestionara el río.

Éste fue una de las banderas de una reforma estatutaria que, posteriormente, se convertiría en la primera devolución de competencias autonómicas al Gobierno central, tras la anulación de dicho artículo por parte del Tribunal Constitucional en marzo de 2011, y la posterior sentencia del Supremo por el que se anulaba el Decreto Ley de traspaso de las competencias.

Los argumentos tanto del Constitucional como del Supremo aludían al principio de unidad de cuencas. Es decir, la gestión de los recursos hídricos de los ríos no responde a fronteras territoriales, sino a las fronteras naturales. Los gobiernos de Extremadura, Castilla la Mancha y Murcia recurrieron al Constitucional sosteniendo que la reforma del Estatuto chocaba con la gestión estatal de los ríos en caso de tener cuencas intercomunitarias (Artículo 149.2.11 de la Constitución).

El Gobierno andaluz, por su parte, argumentó que el 98% de la cuenca se encuentra en territorio andaluz, y el Guadalquivir extremeño, manchego y murciano se encuentra aguas arriba, por lo que no afecta a la planificación ni la gestión de los recursos hídricos.

El PP-A vota a favor y el Gobierno central anuncia que 'tumbará' la propuesta

En diciembre de 2011, el grupo socialista en el Parlamento andaluz presenta una Iniciativa Legislativa Autómica, aprobada por unanimidad en la Cámara por todos los partidos.La propuesta del Parlamento, que hoy se tomará en consideración en el Congreso de los Diputados, pretende que se realice una delegación de competencias gracias al artículo 150.2 de la Constitución. Una vía que ya intentó Castilla León para la gestión del río Duero y que fue anulada también por el Constitucional, aunque en este caso la cuenca del río pertence a dos países, España y Portugal.

Ahora todas las miradas políticas están puestas en el PP, que aprobó la iniciativa en el Parlamento. Frente a la seguridad que mostraba ayer José Luis Sanz, secretario general del PP-A, de que su partido “mantendrá la misma postura en Madrid”, el PP ha anunciado que renunciará a tomar en consideración la propuesta, ya que “hay dos sentencias del Tribunal Constitucional sobre este asunto clarísimas” y votará en contra de la propuesta andaluza.

Eva Hernández, responsable del departamento de Aguas Continentales de WWF, denuncia la politización en la gestión del agua y pide tanto al Ejecutivo andaluz como al central “que dejen de discutir por las competencias y empiecen a asumir responsabilidades”. Según Hernández, “el marco legal, la Constitución, es muy claro y el nivel de implicación de las comunidades autónomas será el que quiera el Gobierno central que tenga”. Hernández cree que hay que buscar “soluciones creativas” y “cambiar la gestión del agua, que en España se basa en leyes de principios de siglo XX y no corresponden con la España de ahora”.

División de opiniones entre agricultores y regantes

Agustín Gutiérrez, secretario general de UPA, la Unión de Pequeños Agricultores y Ganaderos, celebra y apoya la propuesta del Parlamento andaluz. “Los tres años de gestión andaluza del río fueron muy positivos. Se resolvieron casos históricos como el riego regular del olivar en Jaén, que afectaba a 50.000 hectáreas o la regularización de 4.000 hectáreas de arrozales”, afirma. Según Gutiérrez, “se revisaron las dotaciones de agua tradicionales y que no se consumían y se realizó un cánon al consumo que permitió ser más ahorrativo y eficiente”. Tras las sentencias y la devolución de competencias, Gutiérrez cree que hubo un parón burocrático que todavía afecta a los agricultores y “un cambio de rumbo” alenjando la gestión del agua de los ciudadanos.

Frente a la postura de UPA, colectivos como Feragua, la Federación de Regantes de Andalucía, creen que “las competencias del Guadalquivir deben ser estatales como se recoge en la Constitución”. Padro Paria, su secretario general, considera que la Junta “politiza la gestión del agua” y apela al principio de unidad de las cuencas, “que incluso recoge la Directiva Marco del Agua de la UE”.Directiva Marco del Agua de la UE “Creo que en el Congreso van a chocar con los mismos argumentos. La Junta fracasó en su gestión, segregó políticamente el río y provincializó su gestión”, asegura. “El agua es un tema muy serio y no puede estar en manos de gente que no está capacitada”, concluye.

Breve cronología de la disputa por las competencias del Guadalquivir

El 18 de febrero de 2007 se aprueba en referéndum el nuevo Estatuto de Autonomía de Andalucía. En el artículo 51 se señala que Andalucía “ostenta competencias exclusivas sobre las aguas de la Cuenca del Guadalquivir que transcurren por su territorio y no afectan a otra Comunidad Autónoma, sin perjuicio de la planificación general del ciclo hidrológico, de las normas básicas sobre protección del medio ambiente, de las obras públicas hidráulicas de interés general y de lo previsto en el artículo 149.1.22 de la Constitución”.

En enero de 2009 entró en vigor el R.D. 1666/2008, de 1 de noviembre, sobre traspaso de recursos y aprovechamientos hidráulicos correspondientes a las aguas de la cuenca del Guadalquivir que discurren por el territorio andaluz.

El Tribunal Supremo emitió durante 2011 tres sentencias interpuestas por la Junta de Castilla La Mancha, la Junta de Extremadura y el Colegio de Ingenieros de Caminos. En los tres casos, estima el recurso declarando nulo el Real Decreto de trasferencia.

El 16 de marzo de 2011, el Tribunal Constitucional emite la sentencia 30/2011 en base al recurso de inconstitucionalidad de la Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía en materia de aguas, interpuesto por la Junta de Extremadura. En dicha sentencia, anula el artículo 51 de la Reforma del Estatuto de Autonomía.

Se aprueba en octubre de 2011 el Real Decreto 1498/2011 por el que se integran en la Administración General del Estado los medios traspasados anteriormente a la Junta de Andalucía.

El 13 de septiembre de 2011, el Parlamento andaluz aprueba por unanimidad una Iniciativa Legislativa Autonómica para recuperar algunas competencias en la gestión del río a través del artículo 150.2 de la Constitución.