La portada de mañana
Acceder
Los whatsapps que guardaba Pradas como última bala implican de lleno a Mazón
La polarización revienta el espíritu de la Constitución en su 47º aniversario
OPINIÓN | 'Aquella gesta de TVE en Euskadi', por Rosa María Artal

Boltaña regula el acceso de bañistas al río Ara: prohibido llevar mascotas, cocinar o ir con altavoces

Luis Faci

30 de septiembre de 2025 12:34 h

0

El Ayuntamiento de Boltaña ha puesto coto al baño en el río Ara, un espacio cada vez más masificado, con una ordenanza específica para el acceso a estas zonas en gran parte protegidas. La normativa es pública desde este lunes, con lo que entra ya en vigor. Mientras, la comarca del Sobrarbe ha contratado un estudio para evitar la masificación en puntos como la Gorga o en Puyarruego.

La iniciativa del Consistorio de Boltaña, anunciada ya este verano y que tiene un amplio consenso en la corporación, tiene como objetivo “regular el uso de las zonas de baño” del río Ara, de cara a mantener la “convivencia ciudadana”, el “buen uso” de los espacios y la “conservación y protección” de los puntos más sensibles.

“No buscamos limitar, sino intentar que en las zonas de baño se siga haciendo un uso tradicional, que se está perdierdo”, explica el alcale, José María Giménez. “El objetivo no es solo denunciar, pero sí que la gente se concience de que necesita hacer un uso responsable de las zonas naturales”, añade.

El documento deja claro que no hay accesos prohibidos ya que no se puede cerrar con “barreras arquitectónicas las playas naturales del Ara”. Pero sí recoge áreas expresas ahora reguladas: la Gorga y su zona de influencia, Villaboya, las zona aguas abajo del Puente del Monasterio, Moscarales, el Barranco de San Martín, el barranco de Sieste y la zona de Ascaso.

El control de aforo y la regulación de acceso tiene un periodo definido que va del 1 de junio al 30 de septiembre, más otros dos puentes en los que la afluencia de visitantes puede ser importante: Semana Santa y el Puente de Mayo.

Este aforo máximo se determina a partir de una capacidad de una persona por cada tres metros cuadrados de superficie. Así, “de forma estimativa” según advierte la ordenanza, en la Gorga podrá haber un tope de 100 personas en la zona de hierba, 20 en el Bajo Puente y 76 personas en la zona de playa, en este caso en la margen derecha.

Restricciones

En cuanto las normas generales, entre las restricciones que introduce la ordenanza está la prohibición de ir con mascotas –salvo perros de salvamento o de asistencia a personas discapacitadas–, poner altavoces si producen molestias, tirarse desde los puentes, encender fuego, cocinar, llevar envases de vidro o limpiar con jabones. Tampoco se permite reservar sitio con objetos personales, y los bañistas solo podrán llevar parasoles y sillas.

Además, los usuarios tendrán restringido el uso de colchonetas, pelotas o palas si molestan a los usuarios, y no podrán tirar residuos, colillas incluidas.

Respecto a la protección del entorno, queda prohibido cortar o apartar vegetación, verter sustancias contaminantes y la caza de cualquier tipo de animal.

La ordenanza incluye un apartado específico para el baño de las mascotas, que se sitúa en un punto concreto: aguas abajo del Centro Cultural Antiguo Matadero, un espacio señalizado. Allí, el Ayuntamiento establece unas recomendaciones entre las que se incluyen garantizar el “buen comportamiento” del perro para que no moleste al resto, que el animal esté identificado con microchip y lleve la cartilla de vacunas actualizada y que no tenga enfermedades infecciosas. Los perros catalogados como peligrosos deberán llevar colar y correa, más bozal.

La normativa atribuye a las autoridades municipales y a los operarios que realicen tareas de mantenimiento y limpieza en estas áreas la capacidad de “apercibir verbalmente” a quienes incumplan la ordenanza, “a fin de que de forma inmediata cesen la actividad prohibida o realicen la obligación debida”.

Para penalizar a quienes incumplan la ordenanza, el Consistorio impone multas que llegan a los 900 euros. Las leves van de 30 a 150 euros; las graves, de 151 a 450 euros, y las muy graves, de 451 a 900 euros. Para recaer en estas últimas se debe ser reincidente habitual: están limitadas a quien haya cometido “tres infracciones graves con imposición de sanción durante los dos años anteriores al inicio del expediente sancionador”.

Estudio en el Sobrarbe

Por otro lado, la comarca del Sobrarbe ha encargado un estudio, que estará listo en unas semanas, para que analice las zonas de baño del territorio y ayude a redistribuir a los visitantes. “Que vean todas las opciones que hay y no se concentren en la Gorga o Puyarruego. Y luego saber qué opciones tenemos los ayuntamientos para intentar regularlo”, explica el presidente comarcal, José Manuel Bielsa. El informe se hace con cargo al Plan de Sostenibilidad Turística y lo lleva a cabo Prames.

“La realidad es que en la actualidad no hay un problema grave, como pudieron tener en su día en el Salto de Bierge. Pero sí que hay cada vez más afluencia, y debemos estar preparados para ir gestionando. Necesitamos tener seguridad sobre qué podemos hacer o qué no y dar información a las administraciones que tienen la competencia, como son los ayuntamientos”, explica Bielsa.