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Estatuto de Canarias, más derechos
Cuando se habla del nuevo Estatuto de Canarias, que está a punto de ser aprobado definitivamente, se suele centrar el debate en la ampliación de competencias que supone, en el reconocimiento de la separación de los recursos del Régimen Económico y Fiscal (REF) de los de la financiación autonómica y en la inclusión de las aguas canarias. También en la relevancia que adquiere el hecho de que, tras casi cuatro décadas, se modifique el poco proporcional e injusto sistema electoral canario. Aspectos, sin duda, muy importantes. Pero no lo es menos el amplío capítulo de derechos de la ciudadanía que incorpora.
Ya en el Capítulo I, una serie de artículos comprometen a los poderes públicos en el derecho a la igualdad de trato y “la no discriminación por sexo, género, nacimiento, etnicidad, ideas políticas y religiosas, edad, discapacidad, orientación o identidad sexual, enfermedad, lengua…”, asegurándose que se podrán implementar “acciones positivas en beneficio de sectores, grupos o personas desfavorecidas”. También se recoge un compromiso explícito por la tolerancia, la paz y la cooperación al desarrollo.
El capítulo II, Derechos y Deberes, desarrolla elementos que van desde la familia a la situación de los menores y mayores, pasando por la discapacidad y la dependencia, la igualdad entre hombres y mujeres, la salud y la educación, el acceso a la vivienda o el ámbito de las relaciones laborales.
Respecto a la familia se señala el derecho a su protección social, jurídica y económica de manera que se pueda atender a sus necesidades. Reconociendo, además, la existencia de diferentes modalidades de familia y apostando por la conciliación laboral, personal y familiar.
Los siguientes capítulos hacen referencia a los menores -defendiendo una atención integral para el desarrollo de su personalidad y bienestar-, los jóvenes, -planteando la necesidad de políticas que favorezcan su emancipación- y las personas mayores, señalando que los poderes públicos deben garantizarles una vida digna e independiente.
Con relación a las personas en situación de discapacidad y de dependencia, el Estatuto garantiza su derecho a una vida digna e independiente, el fomento de su desarrollo personal y social, la supresión de barreras físicas y legales y la calidad de los servicios y prestaciones especializadas. Incluye, asimismo, referencias al uso de la lengua de signos.
Valores de igualdad
El artículo 17, sobre la igualdad entre mujeres y hombres, compromete a las administraciones en ese objetivo y plantea la adopción de medidas que incidan en una educación en valores de igualdad, no sexista, y en políticas activas de protección integral a las víctimas de la violencia de género, especialmente las de carácter preventivo. Por otra parte, el articulado recoge el derecho a la identidad de género y la voluntad de garantizar que no haya discriminaciones por este motivo o por la orientación sexual.
Es muy amplio el artículo dedicado al ámbito de la salud. Con derechos que van desde el acceso a los servicios y prestaciones del servicio público sanitario a la elección de profesional médico y centro sanitario, pasando por unos tiempos razonables en la atención, servicios y tratamiento. Se incluyen, asimismo, la asistencia geriátrica especializada, la segunda opinión médica, los cuidados paliativos y la dignidad en el proceso de muerte.
“Todas las personas tienen derecho a una educación pública, gratuita, acofensional y de calidad, prestando especial atención a la educación infantil”. Así se inicia el artículo 21. Se incide en el acceso a las becas, la formación profesional, las necesidades educativas especiales o la inclusión en los currículos de materias referentes al conocimiento de nuestra historia, geografía, cultura, etcétera. Asimismo, se apuesta por una educación integral, no sexista, que eduque en valores como la no violencia, la solidaridad o la cooperación.
El reformado Estatuto también aborda el derecho a la vivienda, hoy muy quebrado por la dificultad de acceder a una, ya sea en propiedad o en régimen de alquiler, para decenas de miles de ciudadanos y ciudadanas. El texto apuesta por la promoción pública y la atención a aquellos colectivos más vulnerables. Y asegura que “se regulará el uso del suelo de acuerdo con el interés general para evitar la especulación”.
También entra en el ámbito laboral, con derechos que afectan a la formación profesional, al acceso al empleo público en condiciones de igualdad, a la seguridad y dignidad en el trabajo, así como a la adopción de medidas para hacer frente al acoso y a la explotación en el mundo del trabajo. Y se pone especial énfasis en el fomento del acceso al empleo en condiciones de igualdad a las mujeres, las personas jóvenes y las personas con discapacidad.
Renta de ciudadanía
Recientemente hemos conocido informes que siguen confirmando los altos niveles de pobreza y exclusión social que se padecen en Canarias. El artículo 24 reconoce el derecho a una renta de ciudadanía, la renta básica canaria que venimos solicitando desde hace varios años.
Los derechos de los consumidores y usuarios y los vinculados con el medio ambiente también merecen atención en el Estatuto. Respecto a este último, se señala que los poderes públicos canarios garantizarán la defensa y protección de la naturaleza, el medio ambiente, el paisaje y la biodiversidad“ tanto en los espacios terrestres como en los marinos. Igualmente se establecen derechos en el ámbito cultural, el acceso a las tecnologías de la información y de la comunicación, la justicia, la memoria histórica, la buena administración o los que atañen a los animales.
En cualquier caso, debemos ser conscientes de que ni la Constitución, ni el Estatuto de Autonomía, ni las leyes cambian automáticamente la realidad social, económica o cultural de un país. La aplicación y cumplimiento de las leyes hay que contextualizarlas en el marco jurídico-político en el que se elaboran y, asimismo, con la correlación de fuerzas existente. No se les puede pedir a las leyes que sustituyan las políticas que se aplican, porque éstas las hacen los gobiernos que existen en cada momento. Un ejemplo en positivo es el de la sanidad, con la Constitución vigente se aprobó una avanzada ley, la de 1986, que impulsó la sanidad pública y universal en España. También, el de la dependencia, que funciona muy bien en Castilla y León y en Euskadi, y aquí presenta un enorme retraso. Sin embargo, pese a su reconocimiento como derechos en el texto constitucional, no ha ocurrido lo mismo con el empleo o la vivienda.
Las nuevas oportunidades que abre el Estatuto en derechos de ciudadanía, las que aporta también el nuevo REF económico y social, los mayores recursos de que dispone la comunidad canaria en estos momentos, solo impactarán positivamente en los servicios públicos, en las políticas energéticas y medioambientales, en el empleo, en la lucha contra la pobreza y la exclusión social, con otro gobierno y otras políticas a partir de mayo de 2019. Con un Ejecutivo que considere estos asuntos como prioritarios. Esto exige construir mayorías sociales y parlamentarias que impulsen esos cambios. Ese es nuestro empeño.
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