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El blog de Carlos Sosa, director de Canarias Ahora

¿Toque de queda?, depende de tu TSJ

Palacio de Justicia de Las Palmas de Gran Canaria.

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El Tribunal Supremo ha avalado, vía sentencia, el auto del TSJ de Canarias por el que se rechazaba la adopción del toque de queda entre las 01:00 y las 06:00 horas en aquellas islas del archipiélago especialmente castigadas por una alta incidencia de contagios de COVID-19 y una elevada presión asistencial, tanto en las UCI hospitalarias como en la atención primaria. Era la pretensión del Gobierno canario (PSOE, Nueva Canarias, Unidas Podemos y Agrupación Socialista Gomera, un dato relevante) particularmente ante el descontrol que se había producido por aquellas fechas en la isla de Tenerife, donde había aflorado una fuerte contestación, no solo a la adopción de cualquier medida de control o de restricciones para rebajar las preocupantes cifras de incidencia, sino incluso cualquier dato objetivo que pudiera suponer que esa isla ocupara los primeros puestos de España en la materia. No lo podía permitir el partido omnipresente estas tres últimas décadas en todas las instituciones, ni lo podían permitir en consecuencia todos los poderes que han girado en torno a Coalición Canaria todo este tiempo y que, en gran medida, ansían su regreso.

El auto de la Sala de lo Contencioso-Administrativo que acaba de avalar el Tribunal Supremo alegando falta de argumentación por parte del Gobierno canario para imponer la medida del toque de queda no es tan grosero como el de la misma sala que tumbó las restricciones a la hostelería y que el Gobierno canario sorprendentemente no recurrió ante el Supremo. Pero sí que requiere un análisis comparativo con los que emitieron salas homólogas en otros tribunales de justicia de España que, curiosamente, se han pronunciado en sentido contrario ante idénticas circunstancias, es decir, apoyando a los respectivos gobiernos de sus comunidades en la aplicación de una medida que sólo persigue embridar una pandemia que, en su quinta ola, está provocando un elevado número de contagios y, consecuentemente, problemas asistenciales que no solo afectan a esta enfermedad, sino a otras que no pueden ser atendidas convenientemente en los hospitales o en los centros de salud por su saturación.

Veamos.

Dice el auto del TSJ de Canarias, avalado por el Supremo, que el toque de queda “no está justificado en el riesgo actual de la situación epidemiológica evaluado por la Dirección General de Salud Pública”. Y lo refuerza asegurando que “el número de vacunaciones está aumentando diariamente y el contagio ya no tiene la repercusión en la salud como se demuestra con el número de fallecimientos y curaciones y el menor impacto en las unidades de cuidados intensivos”. Para los magistrados, es preferible “una prevención general en los lugares concretos donde esté descontrolado el riesgo pero no un cierre generalizado en toda la isla”. 

Es precisamente la alta movilidad que se ha detectado en Tenerife, y en menor medida en otras islas como Gran Canaria, lo que ha provocado el disparo de casos de contagio en aquella, lo cual seguramente no lo argumentó suficientemente el Gobierno en su petición ante el TSJC, cuyos magistrados, como todo el mundo sabe, no tienen por qué atender a otras consideraciones ajenas a las recogidas en los escritos que recibe. De ahí que en el auto ahora ratificado su ponente escribiera que “no se ha acreditado que la situación en la que se encuentra la epidemia represente un peligro tan grave e inminente para la salud y la capacidad asistencial que justifique esta excepción habiendo medios ordinarios menos restrictivos de los derechos fundamentales para resolver la problemática”.

Tres días después de esa afirmación tan tajante, el 17 de julio, el hospital de la Candelaria, en Tenerife, se veía obligado a cerrar su punto de vacunación en el hospital del sur de la isla por la presión asistencial. Cinco días después, el 19, la Consejería de Sanidad activaba un plan de contingencia para tres de los cuatro hospitales de las dos islas capitalinas abriendo nuevas plantas para pacientes COVID.

Mientras, en comunidades como las de Valencia o Catalunya sus respectivos TSJ respondían afirmativamente a las peticiones de sus respectivos gobiernos autonómicos. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ catalán dijo en su auto de 22 de julio tener la “fundada convicción” de que las medidas solicitadas por el Govern son “necesarias, idóneas y proporcionadas”, por entender que la situación epidemiológica es “grave” y hay “inminente riesgo de progresión de la pandemia con grave afectación del sistema sanitario”. Son medidas, a su juicio, que “no responden a la prudencia o precaución para evitar que se materialice un riesgo más o menos previsible de transmisión del virus, toda vez que ese riesgo con características de máxima gravedad ya se ha hecho realidad”.

Es cierto que Catalunya, que no es una isla, no impuso el toque de queda en toda la comunidad, pero sí en todas sus ciudades y capitales de provincia, en total sobre 6 millones de habitantes.

Mientras, en Valencia, su tribunal superior consideró en la misma fecha “equilibradas” las medidas de la Generalitat y las avaló por entender que de ellas se derivan “más beneficios para el interés general —contención de la pandemia— que perjuicios sobre otros bienes o valores en conflicto”, al tiempo que cumplen el “juicio constitucional de proporcionalidad”. 

Tampoco la Comunitat Valenciana es una isla y el toque de queda no fue pedido para todo el territorio, pero afectó a las ciudades de Valencia y a Alicante y a otras 75 localidades más.

Puede que el Gobierno valenciano, como el catalán, hayan argumentado mejor que el canario ante sus TSJ la necesidad de aplicar el toque de queda, y puede que en el caso valenciano haber aportado un informe de la Policía sobre el relajo de los botellones nocturnos (algo extendido por toda España, incluida Canarias, como todo el mundo sabe) haya colaborado más a la formación de una opinión de sus magistrados, pero el fondo de la cuestión sigue siendo el mismo, una pandemia, es decir, una enfermedad extendida por todo el planeta que, en estos momentos atraviesa su quinta ola y que está dañando profundamente no solo la salud de la gente, sino su economía y hasta su bienestar mental.

Haría bien el Gobierno de Canarias en cambiar su estrategia de argumentación ante los tribunales y recordar que fue el primero de España en confinar todo un hotel allá por febrero de 2020 con permiso de la autoridad judicial. Y no había estado de alarma ni se le esperaba.

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