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El suelo de las ‘Islas Verdes’…y su ley

Jesús Eduardo Herrera Sicilia

He tomado un poco de perspectiva desde que se aprobó en el Parlamento canario, el día 13 de Septiembre del presente año, la Ley de Ordenación Territorial y Turística de El Hierro, La Gomera y La Palma (La Ley de las Islas Verdes), para poder opinar sobre la misma, desde varios ángulos, y al mismo tiempo manifestar mi opinión sobre el exceso de politización y manifestaciones gratuitas sobre la reseñada ley. 

La reseñada Ley, lo que pretende es dinamizar y agilizar los procedimientos legales para poder desarrollar actuaciones urbanísticas y turísticas en las islas occidentales de nuestro país. Pero eso no implica en modo alguno una patente de corso, que signifique que se puede hacer y construir todo lo habido y por haber. Porque entre otras cosas existe una serie de criterios de racionalidad que se encuentran presentes en primer lugar en la propia ley  y en segundo lugar en el ordenamiento en general, y el primero de ellos es el principio básico del control de legalidad.      

En la Ley se contemplan instrumentos de garantía en relación al ordenamiento de competencia municipal , insular y autonómico. Lo que  es innovador y eso es una de las circunstancias que sus detractores critican, es que asigna mayor nivel competencial y de decisión a administraciones de carácter territorial inferior, como son los municipios y las islas. Anteriormente, la última y definitiva palabra, así como el control de la legalidad, lo ejercía la Comunidad Autónoma, a través de la sacrosanta Cotmac. Por lo cual observamos que la ley tiende a una descentralización de la gestión urbanística entre las administraciones mas cercanas al territorio. Lo cual, además de resultar un elemento nuevo y que asigna unas verdaderas competencia urbanísticas a ayuntamientos y cabildos, como sucede en otros países que son los ayuntamientos los que inician y finalizan la gestión y el procedimiento urbanístico. Les dota de un nivel de resolución y competencia desconocidos en Canarias hasta ahora, y que evidentemente genera miedos y desconfianzas de un sector de la población, que no cree, ni se cree, que los ayuntamientos y los cabildos sean lo suficientemente responsables, y cumplidores de la legalidad, ya que parece ser que creen que son unas administraciones que serán influenciadas y corrompidas por el dinero de los urbanizadores salvajes, y todas esas cosas… Y nos preguntamos, ¿quiénes son los que eligen a los regidores municipales  e insulares? ¿no son los ciudadanos? ¿entonces? Además de olvidarse de que existe el control de legalidad y que todas las administraciones a mayor nivel competencial en urbanismo, también aumenta su obligación del reseñado  control de legalidad. 

Además, los ayuntamientos tienen reconocidos por la Constitución un principio fundamental, el de la autonomía local, , y ello es extensible a los cabildos, por esa misma norma, como así mismo por el Estatuto de Autonomía de Canarias. Entonces ¿por qué tantos miedos de todo tipo por parte de algunos sectores a comenzar a ejercer una verdadera autonomía local e insular en una materia como el urbanismo?, ¿o es que para otros asuntos sí y para el urbanismo no? Se ha escrito mucho sobre esto pero les puedo afirmar que toda administración que tenga competencia en materia de urbanismo está obligada a garantizar el cumplimiento de la legalidad urbanística con carácter previo y posterior a los procesos de urbanización, edificación y usos del suelo, y en los casos que dichos procesos y usos supongan trasgresión de la legalidad urbanística, aplicarán los mecanismos encauzados a su restauración y punición. Por lo tanto, ¿por qué ese miedo? 

Este es un tema sobre el que seguramente seguiremos opinando porque hay mucho que decir, por todos los bandos y sectores, tanto a favor como en contra. Pero, por favor, es un tema muy serio, sobre todo para nuestras islas, para que vengan iluminados de toda condición y en todos los sentidos a pontificar sobre materias que desconocen, y que intentan revestir de demagogia barata.

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