Difundir mensajes que inciten a la alteración del orden público será delito
MADRID, 14 (EUROPA PRESS)
El nuevo Código Penal tificará como delito la difusión de mensajes que inciten a la comisión de algún delito de alteración del orden público y clarificará la definición de atentado, incluyendo todos los supuestos de empleo de violencia sobre los agentes o miembros de rescate, si bien no se equipara esta actuación a la resistencia pasiva.
Así lo ha explicado este viernes el ministro de Justicia Alberto Ruiz-Gallardón, durante una rueda de prensa en la que ha hecho público un informe previo al Anteproyecto de reforma del Código Penal, con el que se procede a la revisión del sistema penal para dar respuesta a las nuevas formas de delincuencia, a la multirreincidencia y a los delitos más graves.
NO SE PENA CONVOCAR, SINO INCITAR ALGARADAS
Sobre este nuevo delito, el ministro ha defendido que sólo se castigará la difusión de mensajes que inciten a la comisión de algún delito de alteración del orden público, pero “de ninguna manera la convocatoria a espacios o tiempos donde se pueden producir esos delitos”.
Es decir, no se penará la simple convocatoria a movilizaciones, sino la incitación a cometer actos de violencia constitutivos de desórdenes graves en esas convocatorias
Sobre la definición de alteración del orden público, el nuevo Código incluirá una referencia al sujeto plural y a la realización de actos de violencia sobre cosas y personas. La pena se verá agravada cuando se porten armas, se exhiban simuladas o se realicen actos de violencia con peligro para la vida o integridad de las personas, así como los actos de pillaje.
Además, la reforma del Código Penal clarifica la definición del delito de atentado que incluye todos los supuestos de acometimiento, agresión, empleo de violencia o amenazas graves de violencia sobre el agente.
No obstante, el ministro ha insistido en que el delito de resistencia pasiva se mantiene igual que ahora, es decir, no se equipara al atentado y, junto a la desobediencia, penada con entre seis meses y un año de cárcel.
“NO ES MÁS REPRESIVO”
Según el ministro, el nuevo Código “no es más represivo”, porque el orden público “garantiza el ejercicio de dchos fundamentales”. “Quien garantiza a los españoles el ejercicio de sus libs son las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en primer lugar, todo lo que sea protegerlas es garantizar el ejercicio derechos fundamentales por parte ciudadanos”.
Además, Ruiz-Gallardón ha insistido en que la reforma de estos aspectos del Código Penal “no produce ningún tipo de reducción de ninguno de los derechos fundamentales, absolutamente ninguno”.
“Hay supuestos de atentado, agresiones graves contra autoridad, que tienen regulación específica, pero la resistencia pasiva sigue igual de calificada, sin modificación”. Ha añadido que la actual regulación “no puede preocupar a nadie que no agreda directamente a Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, con la novedad de que se hace extensivo a los servicios de rescate”.
Asimismo, la falta de desobediencia desaparece del Código, pero se sancionará como infracción administrativa de la Ley de Seguridad Ciudadana.
Finalmente, y preguntado por la protección penal a los símbolos del Estado, Ruiz-Gallardón ha señalado que la actual es “adecuada” y no precisa de modificación alguna.