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PSOE y CC intentan colar sin éxito una prórroga de las concesiones de extracción de agua en la reforma de la Ley de Cabildos

Manuel Fumero, diputado del PSOE por Tenerife y portavoz de Agricultura en el Parlamento de Canarias.

Román Delgado

Santa Cruz de Tenerife —

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Coalición Canaria y PSOE no han podido conseguir su objetivo finalmente. En una alianza política infrecuente, han intentado colar una reforma central de la Ley de Aguas (sobre las concesiones de extracción) a través de la aprobación en curso de la nueva Ley de Cabildos, que este jueves terminó su fase de estudio en Comisión con el visto bueno al dictamen de la Comisión de Gobernación. Este ahora se eleva al pleno.

La enmienda in voce pretendía cambiar parte del articulado de la Ley de Aguas a través de la Ley de Cabildos en el tránsito del informe de la ponencia al dictamen de la Comisión, último paso antes de llevar la futura ley a aprobación en el pleno. Al final no pudo ser por la negativa de Nueva Canarias (NC), al menos por ahora.

Gracias al no de NC les ha salido por la culata a CC y PSOE, y al resto de partidos que en principio la apoyaban, entre ellos los afines al Gobierno.

No hubo éxito en ese trabajo político conjunto pese a la insistencia negociadora de los diputados Manuel Fumero, portavoz de Agricultura del PSOE en la Cámara autonómica y uno de los encargados de convencer a los grupos díscolos, y Socorro Beato, de CC (integrante de la Comisión de Gobernación). Lo cierto es que por ahora no podrá ser ese cambio rápido concebido de forma indirecta, por la vía de la enmienda in voce de otra futura ley. Se trataba, entre otras cuestiones, de permitir la posibilidad de prórroga por un periodo de años (los 50 actuales, hasta 2040, más otros 25, hasta completar los 75) de las concesiones (autorizaciones) para el alumbramiento privado de agua blanca (subterránea) en Canarias desde galerías y pozos, siempre que se cumplieran unas condiciones.

Ambos negociadores políticos desarrollaron una actividad intensa con los grupos parlamentarios para lograr la aprobación de la enmienda in voce y que se recogieran los cambios para incluirlos en el dictamen de la Comisión (tras no estar en el informe de la Ponencia), para así, aprovechando la reforma en curso de la Ley de Cabildos, introducir variaciones tan relevantes en la actual Ley de Aguas, sin participación pública ni debate previos.

NC vino a decir que así no se hacen las cosas y la estrategia nacionalista de CC y socialista se derrumbó pese a los apoyos que ya tenía. Bastó el no de NC. Las enmiendas in voce requieren apoyo unánime previo para ser formuladas. Esta al final no lo logró y no se pudo meter el cambio propuesto en el dictamen de la Comisión de Gobernación sobre la ley que ahora se tramita, la de Cabildos. El apoyo a esta modificación por parte del Cabildo de Tenerife es extremo, igual que por la organización agraria Asaga, presidida por Ángela Delgado, y la patronal CEOE-Tenerife, entre otros agentes.

La propuesta que recogía la enmienda in voce, según el texto al que ha tenido acceso este periódico digital, se encabezaba con el título Introducción de una disposición transitoria tercera bis reguladora en la Ley 12/1990, la de Aguas, lo que, de terminar siendo aprobado, se traduciría en la inclusión, por la puerta de atrás, de una nueva disposición transitoria, la tercera bis, en la citada ley.

En su punto 1), la redacción planteada es de este tenor: “Las concesiones administrativas previstas en la disposición transitoria tercera, apartado 2.a) de la presente ley [la de Aguas], se otorgarán a instancia de parte y sin trámite de concurso público, y se recogerá en ellas las condiciones esenciales con que el aprovechamiento esté inscrito en el Registro de Aguas conforme a la disposición transitoria anterior, y a las que se aplicarán las limitaciones previstas en la misma. Si alguna de tales condiciones esenciales no figurara inscrita en el Registro se estará, respecto a la misma, al régimen de aprovechamiento que haya venido ejerciéndose en los 10 últimos años de vigencia de aprovechamiento temporal de aguas privadas, siempre que tal aprovechamiento haya resultado ajustado a los Planes Hidrológicos aplicables y al régimen previsto en la disposición transitoria anterior, y en su defecto, a lo que se disponga por el Consejo Insular de Aguas conforme al planeamiento hidrológico aplicable”.

Y añade: “El derecho de aprovechamiento resultante del título concesional contemplado en el párrafo anterior comenzará a regir, sin solución de continuidad [significa que una acción, proceso, contrato o relación jurídica se desarrolla sin interrupción, pausa o vacío temporal], tras la finalización del plazo de vigencia del aprovechamiento temporal de aguas privadas y por el plazo de 75 años previsto en la presente ley para las concesiones” [quedan 14 años para que venzan las concesiones -autorizaciones- vigentes, en 2040].

“La solicitud de la concesión habrá de formularse dentro del plazo de los 12 meses [un año] inmediatamente anteriores a la finalización del plazo legal de vigencia del derecho de aprovechamiento temporal de aguas privadas, computándose este desde la fecha de inscripción del correspondiente aprovechamiento en el Registro de Aguas. La no formulación de solicitud en el plazo señalado determinará la renuncia al otorgamiento de la concesión”, prosigue.

Amalgama de intereses

Sobre tan espinoso asunto hay que saber que las Cámaras de Aguas de La Palma y Tenerife (organizaciones patronales) ya han contratado informes jurídicos sobre cómo orientar la posible modificación de la vigente Ley de Aguas canaria, algo que se cuece en estos momentos en las islas. Además, el Gobierno de Canarias ha hecho lo propio, en ambos casos con los servicios de abogados muy experimentados.

Esos encargos jurídicos demuestran, al menos en parte, que hay partidos con representación en la Cámara autonómica y dentro del propio Ejecutivo de Canarias, de CC y PP, más los apoyos de ASG y AHI, que están por la labor de lanzar esa reforma legal, aunque lo que no se esperaba estos días es que esa iniciativa política fuera abanderada por el PSOE junto a CC, con especial interés político mostrado por el diputado Manuel Fumero. Este ha sido uno de los encargados de convencer a los grupos más díscolos.

Lo cierto es que ni CC ni PSOE lo han conseguido, al menos con NC, que prefiere ir más despacio y estudiar bien el asunto. Por ello, la enmienda in voce ha resultado fallida y esa propuesta no ha podido introducirse como disposición adicional en el dictamen de la Comisión sobre la futura la Ley de Cabildos, con el objetivo de modificar de manera indirecta la actual Ley de Aguas, de 1990.

Aunque la enmienda in voce no está expresamente recogida en el reglamento del Parlamento, es frecuente que se proponga en el transcurso de los debates. Estas solo se admiten si ningún grupo parlamentario se opone a su tramitación; es decir, requieren unanimidad para su admisión, lo que esta vez no ha ocurrido debido a la negativa de NC por las razones ya expuestas.

Algunas fuentes políticas muy conocedoras de la actividad y el régimen legal de extracción privada de agua blanca en Canarias han subrayado que “una reforma legal de tanto calado e importancia no se puede resolver con tan extrema falta de transparencia, lo que denota el intento de uso de la enmienda in voce. Estos cambios antes necesitan un análisis profundo y participativo”, subrayan.

Además, las mismas fuentes recuerdan que “la primera Ley de Aguas de Canarias no salió adelante, pues antes se la cargaron con la hoy vigente, tras la derrota del Pacto de Progreso”, entonces con el socialista Jerónimo Saavedra como presidente de Canarias. “Estas prisas -añade el mismo informante- pueden responder a un acuerdo previo poco transparente con el lobby de los aguatenientes”.

La polémica Ley de 1987

La Ley de Aguas de Canarias aprobada en 1987 y posteriormente sustituida por el texto refundido de 1990 (Ley 12/1990) fue fruto del Pacto de Progreso. Este acuerdo político, liderado por el PSOE entre 1985 y 1987, permitió superar el histórico régimen de propiedad privada del subsuelo para establecer el dominio público de los recursos hídricos.

Un punto clave de ese pacto y de la ley consiguiente fue la consideración del agua como bien de dominio público, rompiendo así el control casi absoluto de las galerías y pozos por parte de los tradicionales aguatenientes. La ley subordinó todos los usos del agua al interés general y además estableció los planes hidrológicos como herramientas obligatorias de gestión.

A su vez, se introdujo una fuerte regulación administrativa para frenar la sobreexplotación de los acuíferos, aunque el sector privado mostrara un considerable rechazo, lo que se materializó en manifestaciones masivas en 1987.

Fruto de esas presiones, los alumbradores de agua blanca consiguieron concesiones por 50 años. Ahora, a 14 años del vencimiento de estas, comienza de nuevo la habitual guerra sobre las concesiones para el alumbramiento privado de ese bien de dominio público.

En la coyuntura actual, los grupos nacionalista de CC y el socialista han visto con interés la estrategia de prorrogar esas concesiones por medio de una enmienda in voce en la fase de dictamen de la Comisión a través de la reforma de la Ley de Cabildos. Con ella se pretendía prorrogar, entre otras modificaciones, las concesiones de explotación ahora por 50 años.

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