TSJC dicta la primera sentencia en España que declara nulo el despido de un trabajador por cáncer
La Sala advierte del “temor” de los empleados a bajas por enfermedad
LAS PALMAS DE GRAN CANARIA, 28 (EUROPA PRESS)
La Sala de los Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha dictado la “primera” sentencia en España que declara nulo el despido por discriminatorio de un trabajador por sufrir cáncer, y condena a la empresa a la inmediata readmisión del perjudicado con el abono de los salarios dejados de percibir.
La Sala estima el recurso de suplicación interpuesto por el empleado, Samuel Alonso Viera, contra la sentencia del Juzgado de lo Social del 31 de julio de 2009, que revoca y estima íntegramente la demanda de la víctima.
Así lo informaron en rueda de prensa en la capital grancanaria el abogado laboralista Joaquín Sagaseta, acompañado por el trabajador, algunos de sus familiares y amigos y letrados de la Carta Obrera, entre otros.
En su comparecencia, Sagaseta dio a conocer también otra sentencia similar y “pionera” de la Sala de lo Social del TSJC, que también declara nulo un despido por discriminatorio a la trabajadora Olivia Suárez por una patología mandibular. Contra ambas resoluciones citadas cabe recurso de casación ante la Sala de lo Social del Tribunal Supremo.
SIENTA JURISPRUDENCIA
Se da la circunstancia de que ambas resoluciones afectan a la empresa Aeromédica Canaria SL, señaló el abogado, que incidió en que se trata de sentencias “muy valientes y novedosas que afectan positivamente a uno de los despidos posiblemente más obscenos, crueles y antisociales que se puedan producir en la vida laboral: despedir a trabajadores por la circunstancia de estar enfermos”.
Así, remarcó que ello sienta jurisprudencia “menor” y tiene una “gran trascendencia”. “Le corta el paso a una práctica que ha empezado a ser recurrente y ha crecido en torno al pescuezo de los trabajadores, que era despedir por estar en incapacidad temporal”, añadió.
Explicó que la novedad estriba en que se han declarado estos despidos “nulos, no improcedentes”. “La sentencia dice que hay que atenerse a la casuística y no tiene un valor general, pero se basa en que no se puede despedir a ningún trabajador por estar de baja, ya que es un trato discriminatorio que lesiona derechos fundamentales”, apostilló.
“MERCANTILIZACIÓN DEL TRABAJO”
Además, comentó que las sentencias “hacen referencia al temor de los trabajadores a poderse acoger a un derecho como es la protección a la salud”. Los empleados “empiezan a tener miedo a coger bajas por enfermedad porque podían dar lugar a despidos improcedentes”, precisan.
En este sentido, Sagaseta indicó que la Sala ha mostrado su preocupación ante la “mercantilización del trabajo”, es decir, “el trabajo no como un derecho, sino como una mercancía”.
Igualmente, el tribunal advierte de que “en el campo laboral está consolidándose la práctica de entender que los trabajadores enfermos son castigados por hacer uso de su derecho a protección de la salud, incapacidad temporal y tratamiento médico”.
“SE HA HECHO JUSTICIA”
En concreto, Samuel Alonso, de 26 años de edad, era ATS camillero desde 2005, cuando en agosto de 2008 le fue diagnosticado en una revisión médica un cáncer hematológico, conocido como linfoma de Hodgkin.
El 1 de octubre de ese año comenzó el tratamiento de quimioterapia y el 23 de febrero de 2009 fue despedido por Aeromédica Canaria. La causa alegada: “su contratación no era rentable atendidos los continuos procesos de incapacidad temporal en los que ha estado incurso”.
Tras conocer la sentencia de la Sala de lo Social del TSJC, “me siento defendido y protegido al mismo tiempo porque se ha dado una vuelta a la tortilla y ya está bien de que estén vacilando y abusando de los trabajadores. No se puede permitir que una persona no se pueda acoger a sus derechos”, admitió.
Dijo sentirse “feliz porque se ha hecho justicia”. “Hemos demostrado que la justicia ya no está tan podrida como estaba. Esto marca ya un precedente y les hemos dado ya un buen bofetón”, subrayó Alonso, quien criticó que en ningún momento la empresa se puso en contacto con él para conocer su estado de salud.
“Nunca han tenido ni una queja por mis funciones. No sabían ni que yo existía”, señaló. “Me dijeron: no vales y no me eres rentable”, aseguró el hombre, que ha superado su enfermedad.
“COMETIÓ LA DESLEALTAD CON SU EMPRESA DE CONTRAER CÁNCER”
Por su parte, su padre, Antonio Alonso, dijo que su interés ha sido “luchar por la dignidad” de su hijo. Recordó emocionado el momento en que el, en el quinto ciclo de la quimioterapia, su hijo recibió la carta de despido en su domicilio mediante burofax. “Me dijo: Tanta lucha y tanta quimioterapia para luchar por la vida y ahora me despiden. No tengo ganas de seguir viviendo. A un padre oír eso le parte el alma”, subrayó.
El abogado Joaquín Sagaseta ironizó con que Samuel Alonso “cometió la deslealtad con su empresa de contraer un cáncer”, al igual que el caso de Olivia Suárez, a quien se le terminó reconociendo una invalidez permanente total.
La trabajadora prestaba servicios para la empresa demandada con categoría de auxiliar de clínica desde 2006 y tuvo bajas durante los años 2007, 2008 y 2009 por enfermedad común y por sufrir un accidente de tráfico.
En su caso, la Sala de lo Social del TSJC estimó también su recurso de súplica contra la sentencia del Juzgado de lo Social, que revoca al entender que se produjo un despido discriminatorio y, consecuentemente, nulo.