La alcaldía de Valle Gran Rey acabará en el Tribunal Constitucional

El alcalde de Valle Gran Rey Cristopher Marrero, y a la concejala de Bienestar Social, Festejos y Juventud, Sabina Rodríguez.

Carlos Sosa

Las Palmas de Gran Canaria —

Cinco años atrás, el secretario de Organización del PSOE de Canarias, Jorge González, había sufrido la misma expulsión que acababa de comunicar el secretario del Ayuntamiento de Valle Gran Rey para que certificara el pase al grupo de no adscritos al alcalde de la localidad, Cristopher Marrero, y a la concejala de Bienestar Social, Festejos y Juventud, Sabina Rodríguez. Pero a este palmero que compagina su cargo orgánico con la Vicepresidencia del Parlamento regional, no le tembló el pulso: Marrero y Rodríguez habían desobedecido sus instrucciones y las del secretario general, Ángel Víctor Torres, y habían impedido que la alcaldía de esa localidad gomera de apenas 5.000 habitantes fuera el candidato de la Agrupación Socialista Gomera (ASG), Borja Barroso.

Los dos concejales expulsados alegan lo mismo que en su día alegaron Jorge González y los otros cinco consejeros socialistas del Cabildo de La Palma: que la expulsión se decretó sin escuchar a los afectados. Y por eso la justicia terminó dándoles la razón, y no solo fueron readmitidos sino que ahora gozan de un estatus privilegiado dentro de la organización regional. También Cristopher Marrero y Sabina Rodríguez, alcalde y concejala de Bienestar Social de Valle Gran Rey, respectivamente, esperan que la justicia les termine dando la razón en el pleito que han decidido iniciar contra la dirección de su partido, que ha decretado su expulsión por haber “puesto en peligro el pacto regional”, y más concretamente, por haber enojado al líder de la Agrupación Socialista Gomera (ASG), Casimiro Curbelo, piedra angular del actual cuatripartito que Gobierna en Canarias junto al PSOE, Nueva Canarias y Podemos. Están convencidos de que el asunto llegará al Tribunal Constitucional y ya se están armando jurídicamente.

Marrero y Rodríguez se quejan de que su expulsión se ha producido de modo ilegal porque el Comité de Ética y Garantías de la Ejecutiva Federal no esperó por sus alegaciones, lo que equivaldría a una situación de flagrante indefensión. Su versión es la de que jamás han contravenido ningún pacto de su partido porque los acuerdos en cascada están proscritos en el PSOE canario, y en todo caso, cuando se constituyó la Corporación todavía no se había firmado el llamado pacto de las flores, al que se sumó Casimiro Curbelo in extremis después de que fracasara el intento de acuerdo por la derecha con Coalición Canaria, el PP y Ciudadanos.

Además, los concejales expulsados alegan que sus conversaciones para apoyar al candidato de ASG (cinco concejales), al que le faltaba un voto para alcanzar la mayoría, se rompieron el día anterior de la constitución de la Corporación, lo que les condujo a pensar que los de Curbelo tendrían apalabrado algún acuerdo con cualquiera de las demás fuerzas presentes: Nueva Canarias (dos concejales) y Sí Se Puede (dos concejales).

En esa presumible ruptura basaron los dos socialistas expulsados su decisión de votar a su propia candidatura, la de Cristopher Marrero, a la que se sumaron los otros cuatro votos de Nueva Canarias y Sí Se Puede.

Pero en el acta de expulsión de Marrero y Rodríguez también se incluye la acusación de no haber consultado con la militancia su decisión de no apoyar al candidato de ASG, lo que ambos refutan en sus alegaciones. Según éstas, la consulta con la militancia (un censo de 23 personas) se produjo antes de ir a la sesión de investidura y la decisión fue la de que, si no se llegaba a un acuerdo, los dos concejales se votaran a sí mismos.

El secretario de Organización del PSOE de Canarias rechaza los argumentos de sus dos compañeros de Valle Gran Rey. Jorge González niega que se les hurtara el trámite de audiencia, al que, según su versión, acudieron fuera del plazo de diez días que estatutariamente se les había otorgado. “Por lo tanto, la expulsión es definitiva” a la espera de lo que decidan los tribunales de justicia.

González sostiene que Marrero y Rodríguez desobedecieron órdenes concretas de la organización regional, tanto las que él mismo les transmitió como las que les trasladó el secretario general, Ángel Víctor Torres, actual presidente autonómico. “Acordamos que votarían en blanco porque de lo contrario ponían en peligro el pacto regional”.

Gobernar sin cobrar

La expulsión -cuando sea firme- conlleva su pase al grupo de no adscritos de la Corporación y la suspensión de cualquier remuneración económica por el desempeño de sus cargos como alcalde y concejala de área, respectivamente. Y dado que en este ayuntamiento no hay establecidas dietas ni indemnizaciones por la asistencia a pleno o a comisiones municipales, quedarían condenados a ejercer sin ningún tipo de emolumento. Se verían obligados a dimitir y a regresar a sus puestos de trabajo, el alcalde a su pequeña ingeniería y la concejala a la empresa privada donde se desempañaba como trabajadora social.

La situación de incertidumbre política la despejó esta misma semana el pacto local de gobierno, que refrendó a los dos concejales socialistas en sus cargos y dio por buenas sus versiones. Algo que de alguna manera viene avalando el secretario del Ayuntamiento, que ha notificado a la Corporación que no procederá a la readscripción de los dos concejales socialistas hasta que haya una resolución judicial firme.

Los afectados han anunciado que recurrirán ante los tribunales de justicia su expulsión y que, ante el contenido de sus alegaciones, serán los propios jueces los que se vean abocados a plantear una cuestión de constitucionalidad frente a determinados artículos de la Ley de Municipios de Canarias, concretamente a los que pretenden penar el transfuguismo, por considerar que vulneran derechos fundamentales, el de la participación política y el de la libertad e igualdad de todos los ciudadanos.

La aplicación estricta de la ley convierte de hecho en tránsfugas a concejales o consejeros de cabildos que sean expulsados de sus partidos por cualquier tipo de indisciplina, y en el caso concreto de los dos ediles de Valle Gran Rey, por no haberse abstenido y facilitar así la investidura como alcalde de un candidato que ninguna de las demás fuerzas presentes en la Corporación querían permitir.

El máximo detractor de esta norma, el concejal lagunero Santiago Pérez, histórico exdirigente socialista ya jubilado como profesor de Derecho Constitucional de la Universidad de La Laguna, lo ha venido reiterando desde su aprobación, y de sus dictámenes y artículos de prensa han partido algunos de los escritos más contundentes contra ella. A su entender, la ley canaria de municipios es contraria a la Constitución española porque “el legislador, que está obligado a remover obstáculos para lograr la igualdad entre los ciudadanos, en este caso los crea; y, sin tener competencias, establece restricciones en el estatuto jurídico de los concejales canarios y de consejeros de cabildos al reducir su derecho a la participación política”. En concreto, la norma contraviene legislación básica estatal, que es vinculante, (artículo 149.1 de la Constitución) y vulnera derechos fundamentales, como el de la participación política (artículo 23), dos de los caminos que observa para plantear la cuestión de inconstitucionalidad del caso Valle Gran Rey.

No sería la primera vez que una expulsión decretada por la Ejecutiva Federal del PSOE desemboca en una causa en el Tribunal Constitucional. En 2013 fueron expulsados los concejales del PSOE en el Ayuntamiento de Tacoronte por promover una moción de censura contra el alcalde de Coalición Canaria Álvaro Dávila. Los nacionalistas lograron recuperar la alcaldía gracias a una resolución judicial que anuló la moción de censura, pero una cuestión de inconstitucionalidad planteada contra el artículo de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General que limitaba la interposición de ese tipo de acciones desde la oposición por concejales suspendidos por su partidos políticos, terminó dándoles la razón y expulsando tal limitación del ordenamiento jurídico español.

Ya era tarde porque la sentencia del Constitucional llegó en 2017 y sus efectos sólo pudieron empezarse a aplicar tras las municipales de 2019. Pero dejó fijado que no se puede impedir a ningún concejal que interponga y vote una moción de censura, sea cual sea su situación orgánica y administrativa. “Y si la moción de censura es un instrumento propio de la oposición para la fiscalización del gobierno, ejercer este también es un derecho reconocido para esos mismos concejales”, defiende Santiago Pérez.

La Ley de Municipios de Canarias en la que se ha basado ahora el PSOE para expulsar a sus concejales en Valle Gran Rey contiene disposiciones idénticas porque equipara a la condición de tránsfugas a los expulsados y les limita su capacidad de actuación de modo que puedan ejercer acciones de gobierno, pero no cobrar bajo ningún concepto. “Obstaculizar el derecho a la participación política retirando las remuneraciones es volver a los viejos tiempos en los que solo podían ejercer la política los poderosos”, remata Santiago Pérez.

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