La Justicia da la razón a vecinos de Firgas a los que el 'banco malo' reclamaba 20.000 euros

Urbanización los Llanos de la Cruz, en Firgas (Gran Canaria).

Iván Alejandro Hernández

Las Palmas de Gran Canaria —

Los juzgados de Primera Instancia e Instrucción 1 y 2 del municipio grancanario de Arucas han resuelto a favor de los inquilinos de la urbanización de los Llanos de la Cruz, en Firgas, que firmaron contratos posteriores a junio del año 2013. Estos vecinos se enfrentaban a las demandas presentadas por la Sociedad de Activos de la Reestructuración Bancaria (Sareb), que reclamaba a cada uno de la treintena de alquilados el pago de 20.000 euros de deuda y el desalojo de los inmuebles por impago de las rentas.

Sareb, una sociedad encargada dar salida a los activos inmobiliarios de los bancos rescatados antes de noviembre de 2027 y más conocida como el banco malo, adquirió la urbanización en 2014: todos los inquilinos que residen en esas viviendas firmaron sus contratos con la empresa promotora Álvarez y Gestión de Proyectos S.L., que quebró, y Bankia, que le prestó el dinero, se quedó con los inmuebles tras demandar a la empresa y los traspasó a la Sareb.

Desde ese año hasta 2017 los alquilados no pagaron la rentas por desconocer dónde y a quién ingresar las mensualidades y, sin previo aviso, a principios del año pasado, el banco malo cargó 20.000 euros a cada inquilino en concepto de rentas atrasadas al tiempo que notificaba las demandas de desahucio y exigían que los costes judiciales los pagaran también los alquilados.

Pero el juez ha desestimado algunas de las demandas de la Sareb, al considerar que no tiene derecho a reclamar rentas de alquiler a los inquilinos, cuyos contratos son posteriores a junio de 2013 (tras la modificación realizada por la Ley 4/2013 en el artículo 13 de Arrendamientos Urbanos). Los contratos se encontraban resueltos por no estar inscritos en el registro de la propiedad cuando el banco malo adquirió los inmuebles, ocupados con posterioridad a una ejecución hipotecaria, estableciendo que la situación de los inquilinos es la de precario.

Sin embargo, aquellos inquilinos con un contrato anterior a mayo de 2013 (previo a la modificación de la Ley) han tenido que pagar la deuda si no consiguieron llegar a un acuerdo con Solvia (representante del banco malo), porque el nuevo adquiriente (Sareb) se convertía en arrendador, no se veía obligado a inscribir los inmuebles en el registro de la propiedad y los alquilados se subrogaban a la posición del propietario.

Los inquilinos que han ganado los juicios esperan poder llegar a un acuerdo con Sareb o con Solvia en este caso; sin embargo, la Sareb apelará porque, entre otras razones, los precios que le han ofrecido algunos de los alquilados que le han propuesto quedarse con la vivienda están muy por debajo del precio de mercado de los inmuebles. Además, desde la Sareb niegan que exista ninguna situación de vulnerabilidad social entre los alquilados, puesto que, según aseguran, dieron un plazo a los inquilinos para que acreditasen si había alguna familia en riesgo de exclusión y no han recibido ninguna documentación.

“A nosotros nadie nos ha hecho llegar ninguna situación de vulneración social. Si nos vienen y nos lo acreditan pues buscaríamos la manera de ayudarles porque tenemos una participación pública del 45,9% del capital: les damos la opción de un alquiler a un precio muy bajo y quedarse en la vivienda, o si es un inmueble muy caro, se busca otra que cumpla los criterios sociales”, explican desde Sareb.

Sin embargo, desde Asamblea de Firgas han asegurado que sí hay, al menos, una familia con tres menores de edad en situación de vulnerabilidad social que iba a ser desahuciada este miércoles porque, durante los diez días hábiles que tenían para presentar la documentación tras recibir la notificación de demanda de desahucio, hubo un problema burocrático y no pudo presentar a tiempo todos los documentos.

La familia se presentó en los juzgados y solicitó un aplazamiento del desahucio y, al acercarse la fecha en la que debían abandonar su vivienda, hicieron un llamamiento a la movilización social la semana pasada para evitar el desalojo, aunque finalmente el pasado lunes obtuvieron la suspensión hasta el 14 de febrero por orden del juez.

Según Asamblea de Firgas, en la familia –con contrato en la vivienda desde antes de junio de 2013-- solo entra el sueldo del padre (alrededor de 500 euros), que no tiene un contrato fijo, ya que la madre está desempleada (aunque recibe una manutención), y no tienen ninguna alternativa habitacional; además, están muy arraigados en el municipio grancanario: sus tres hijos están escolarizados en Firgas.

Desde esta organización niegan que la Sareb les haya dado un plazo para acreditar su situación de vulneración social porque “nunca se han puesto en contacto con las familias”, y han asegurado que la pareja sí pidió asesoría en la Concejalía de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Firgas, además de preguntar por las ayudas que podían recibir, que les fueron denegadas porque no cumplían con los requisitos necesarios.

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