La Guardia Civil interviene casi 207 kilos de aguacates y papayas comercializados de forma ilegal en Tenerife
Agentes de la Guardia Civil han intervenido casi 207 kilos de aguacates y papayas comercializados ilegalmente en Tenerife. La fruta incautada estaba siendo vendida de forma ilegal, ya que sus propietarios no pudieron acreditar su lícita procedencia y trazabilidad.
La actuación ha sido llevada a cabo por agentes pertenecientes al Servicio de Protección a la Naturaleza (Seprona), junto con la Unidad de Seguridad Ciudadana de la Comandancia de Santa Cruz de Tenerife (USECIC) y Equipo ROCA.
La intervención se produjo en el marco de las actuaciones que la Guardia Civil viene realizando habitualmente desde el inicio de la campaña de recogida de aguacates en explotaciones agrícolas y ganaderas, en la que se han incrementado los servicios de inspección en los comercios o puntos de ventas de los diferentes municipios de toda la provincia de Santa Cruz de Tenerife.
Estos servicios están orientados a evitar los robos de frutas, verduras, etc. en fincas agrícolas y ganaderas, así como su posterior venta ilícita, velando de esta forma por la salud pública de todos los consumidores, al no haber pasado la fruta o verdura sustraída los preceptivos controles fitosanitarios.
Como resultado de las inspecciones realizadas por los agentes del SEPRONA en los diferentes puntos de venta ubicados en los municipios de Güímar, San Miguel de Abona, Tacoronte, La Matanza y los Realejos se han incautado 161,5 kg de aguacates y 45 kilos de papayas de supuesta procedencia ilícita.
Los propietarios de la fruta carecían de la documentación correspondiente para acreditar la legal procedencia y trazabilidad de los productos ofertados al consumidor, con los consiguientes riesgos que ello podría conllevar para la salud, tratándose así de una venta/comercialización ilegal.
Conforme a los citados hechos, los agentes han notificado a los propietarios diversas actas de denuncia por infracciones a la Ley 6/2019, de 9 de abril, de Calidad Agroalimentaria establecidas en los artículos 50 y 51 como infracciones leves y graves al carecer la fruta intervenida del etiquetado correspondiente, así como de la documentación que garantizaría la trazabilidad del producto que se está comercializando y que protege la salud de los consumidores (controles sanitarios).
En el artículo 54.1 de la mentada ley se establecen las siguientes sanciones respecto de las infracciones citadas anteriormente: “Las infracciones leves serán sancionadas con apercibimiento o multa de hasta 4.000 euros, las infracciones graves serán sancionadas con multa comprendida entre 4.001 y 150.000 euros, y las infracciones muy graves serán sancionadas con multa comprendida entre 150.001 y 3.000.000 de euros.
En los casos de incumplimiento de las obligaciones económicas destinadas a la financiación del órgano de gestión, la cuantía económica de las multas establecidas en el inciso anterior del presente párrafo se incrementará hasta alcanzar el valor del 30 por ciento de la cuantía objeto del impago“.
0