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La Audiencia de Valencia obliga al juez que no vio indicios contra Oltra a enviarla al banquillo

La exvicepresidenta del Gobierno valenciano y exconsellera de Igualdad y Políticas Inclusivas, Mónica Oltra, en una imagen de archivo.

Lucas Marco

València —
24 de febrero de 2026 10:46 h

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La sección cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia ha obligado al juez instructor que no vio indicios de criminalidad contra Mónica Oltra a enviar a la dirigente de Compromís al banquillo de los acusados por el presunto encubrimiento de los abusos sexuales de su exmarido a una menor tutelada por la Generalitat.

La Audiencia de Valencia sostiene que el instructor “no puede negar a las acusaciones”, que ejercen varias marcas de la extrema derecha, la apertura del juicio oral “si existe probabilidad de que los hechos puedan ser apreciados como subsumibles en una conducta” valorada por éstas “razonablemente” como delictiva, según indica el auto, al que ha tenido acceso elDiario.es.

La resolución, cuya ponente ha sido la magistrada Clara Bayarri, cierra el limbo en el que se encontraba Oltra, tras la resistencia del juez instructor, Vicente Ríos, y del fiscal, Jaime Cussac, a acusar a la ex vicepresidenta de la Generalitat, y el empecinamiento de la Audiencia de Valencia de enviarla al banquillo.

La sección cuarta, presidida por el magistrado Pedro Castellano, estima parcialmente los recursos de apelación de la acusación particular y de las populares (que ejercen Vox y la asociación de la agitadora ultra Cristina Seguí) contra sendos autos del juez instructor (del pasado 27 de junio) y de su sustituta (del 18 de diciembre) que denegaban la apertura de juicio oral.

El “amplio elenco de indicios” de las acusaciones

“Este tribunal sigue apreciando, como ya se le expuso al Ilmo Magistrado Instructor, que los hechos a que se circunscribe este procedimiento, con sólo la propia declaración que de los mismos verifica éste, y sin necesidad de mayores especificaciones de los mismos por las acusaciones, eran y son subsumibles en los actos típicos y antijurídicos, legalmente previstos como delito, por los que se acusa en el caso”, afirma el auto.

La resolución considera que los hechos son “indiciarios de ser constitutivos de delito”, cumpliéndose así los parámetros exigibles que determinan la necesaria apertura, por parte del juez instructor, del juicio oral, según concluye.

El juez instructor se ha resistido contra viento y marea a llevar a Mónica Oltra al banquillo de los acusados al no ver indicios de criminalidad. El magistrado incluso aseguró que “nadie debe ser juzgado sin que exista un solo indicio racional de criminalidad contra el mismo”. La Audiencia de Valencia, advierte en el auto, “comparte” esa máxima “plenamente”.

Por otro lado, la resolución afirma que las acusaciones “sí” (en negrita) “sustentan sus pretensiones, en un amplio elenco de indicios que detallan en sus escritos, recogiendo explicitas declaraciones de testigos e investigados que avalan su decir”.

El instructor, por el contrario, no razona “los motivos de desatender tales invocaciones indiciarias expuestas” en los recursos de las acusaciones, “limitándose a desestimarlas con el calificativo de 'conjeturas o sospechas´”, agrega la sección cuarta.

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