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Una “sobremesa interminable” y una “grosera negligencia”: por qué pide la jueza de la dana imputar a Mazón

Fragmento de la exposición razonada de la jueza de la dana.

Lucas Marco

València —
24 de febrero de 2026 18:02 h

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“Desde el punto de vista de la Presidencia de la Generalitat de facto la emergencia se detuvo en el mismo momento en que se entró en el reservado en el restaurante”. Así de contundente se expresa la exposición de motivos de la jueza Nuria Ruiz Tobarra dictada este martes que solicita a la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJ-CV) la imputación del expresident Carlos Mazón, que sigue ostentando el aforamiento por su condición de diputado autonómico del PP. La instructora le atribuye indiciariamente un presunto delito de homicidio imprudente a consecuencia de “actuaciones omisivas” y de una “cadena de negligencias”, con una “responsabilidad compartida entre el escalón superior e inferior” del Consell.

La resolución, con cierto tono inclemente, pone contra las cuerdas a Mazón al retratar su actuación como jefe del Consell —con funciones de coordinación del Ejecutivo autonómico— el 29 de octubre de 2024, trágica jornada que acabó con 230 fallecidos y varios lesionados (cuyas circunstancias individuales detalla extensamente la exposición de motivos).

“La negligencia se prolongó durante largas horas, los fallecimientos se iban sucediendo de manera imparable, sin que se tomaran decisiones básicas, con una falta de coordinación en la Administración Autonómica presidida por el Sr. Mazón, lo que exige que la investigación se extienda a dicho aforado, quien en el presente momento ostenta la condición de diputado de Les Corts”, afirma la resolución.

La instructora ve “indicios de una absoluta negligencia en la coordinación y gestión de la emergencia en el nivel supremo de capacidad de decisión: El Presidente de la Generalitat Valenciana”, según remacha con contundencia.

Mazón convirtió El Ventorro “en una oficina”

Pese a los numerosos avisos previos (de la Aemet, de los medios de comunicación o de las miles de llamadas al 112), Carlos Mazón “optó por recluirse en el reservado de un restaurante, convertido en una oficina”, afirma la resolución en referencia al ágape en El Ventorro con Maribel Vilaplana y a las “actuaciones o la ausencia de ellas que se produjeron durante el tiempo que permaneció, cerca de cinco horas”.

La jueza sostiene que Mazón no tenía “inquietud alguna” mientras alargaba la sobremesa: “Se mantenía en el interior del restaurante, durante el peor momento de la emergencia y las llamadas que se pudieron haber hecho no revisten ningún resultado positivo, ni ninguna actuación”, afirma en referencia a las comunicaciones que mantuvo con la entonces consellera Salomé Pradas.

“Dicha pasividad debe cabe calificarse como negligente y constituye un elemento decisivo en la producción del resultado mortal y lesivo que justifica la presente exposición razonada”, agrega la instructora.

La magistrada incide en los indicios de una “eventual participación” del aforado en la toma de decisiones ante la emergencia de la dana aludiendo a los mensajes de WhatsApp del jefe de gabinete de Mazón que aportó la investigada Salomé Pradas, a modo de última bala.

Las “instrucciones” del “superior” de Cuenca

Los whastapps de José Manuel Cuenca eran “órdenes” provenientes de un alto cargo que mantenía y mantiene una “estrecha relación personal” con Mazón (la resolución recuerda que sigue de asesor de la oficina del expresident en Alicante). Además, el mensaje clave a Pradas (“Salo, de confinar nada”), según la exposición de motivos, “posee un carácter claramente imperativo”.

A la magistrada instructora le resulta “descabellado” que las “órdenes” transmitidas por José Manuel Cuenca no provinieran de “su jefe y máxima autoridad”.

La “insistencia” de Cuenca “en el control de la emergencia”, según la resolución, “solo puede responder de forma lógica a que obedeciera instrucciones de su superior”. Además, el jefe de gabinete de Mazón expresaba la “voluntad de reducir la extensión de la alerta a determinados lugares”.

La resolución también destaca que la primera comunicación telefónica entre Mazón y Pradas se produce a las 17.37, “más de tres horas” después de que el primero iniciara la comida en El Ventorro. En definitiva, “no consta que [Mazón] preguntara, ni se interesara ni el día precedente ni el mismo día”.

Sobre un mensaje de WhatsApp previo a la comida en el que Pradas le ponía al tanto de la situación y al que Mazón contestó con un “cojonudo”, la jueza anota que se trata de una “expresión malsonante que se aplica a cuando algo es estupendo, magnífico, excelente, conforme a la RAE”. “Es difícil entender esta respuesta cuando en dicho mensaje se recalca la gravedad de la situación”, afirma la magistrada instructora.

La “exclusión voluntaria” de Mazón

Aunque la resolución alude extensamente a la comida en El Ventorro de la pareja de comensales formada por Carlos Mazón y Maribel Vilaplana, también advierte: “La presente exposición razonada no tiene su fundamento en el análisis desde un punto de vista moral o político de la conducta del aforado”.

La resolución analiza el papel que pudo tener la ausencia de Mazón, que tenía las “funciones directivas y de coordinación del Consell”, en la gestión de la emergencia.

La instructora ve “elementos probatorios” suficientes de que la “exclusión voluntaria” de las propias funciones de Mazón “tuvo una repercusión decisiva en el resultado mortal y lesivo”. “Una omisión equiparable a la acción, en los fallecimientos y en las lesiones”, apostilla la jueza.

Mazón y la “minimización pública e ilógica de la gravedad”

La “negligencia” imputada indiciariamente a Mazón “se desplegó” en tres “planos”, según concluye Nuria Ruiz Tobarra. Por un lado con una “minimización pública e ilógica de la gravedad” de la situación en su comparecencia de las 11.47, en la que el president, con información completamente desactualizada, aludió al “fallecimiento de unas cabras”, a pesar de que “ya había constancia de un desaparecido”.

Además, el aforado también protagonizó una “situación de ajenidad” una vez inició la comida en El Ventorro con Maribel Vilaplana, con llamadas “sorprendentemente exiguas en cuanto a su duración”. Unas comunicaciones que “se produjeron en un espacio, el reservado de un restaurante, que difícilmente puede estimarse el lugar donde se pueden dar órdenes, instrucciones, manejar información, recibir asesoramiento o apoyo técnico”.

“El reservado de un restaurante no es ni la sede de un despacho oficial ni un lugar de gestión de una emergencia”, remacha la exposición de motivos.

La situación de gravedad “in crescendo”

Mazón y Vilaplana (cuya versión de que no escuchó las llamadas del president resulta “ciertamente difícil” de creer) mantuvieron una “sobremesa interminable, mientras la población sufría los desbordamientos, y ya habían padecido un auténtico infierno”.

Mientras, sobre el terreno, “todo se iba produciendo con una evidente demora, con una desconexión prácticamente completa” por parte de Mazón.

La exposición de motivos destaca la “pasividad de la máxima autoridad del Consell en la gestión de la emergencia”. “No constan decisiones relevantes por parte del President”, apostilla.

La situación de gravedad “in crescendo” en gran parte de la provincia de Valencia, ya a lo largo de la mañana del 29 de octubre de 2024, “afianza” la “concurrencia de un elemento negligente en la omisión”.

“Si su presencia era innecesaria, si era una cuestión exclusivamente de los técnicos, si no debía de tomar ninguna decisión, no hubiera sido preciso su presencia en el Cecopi [Centro de Coordinación operativa Integrado] en ningún momento, ni antes ni después del envío de la alerta, ni enfundarse en un chaleco de emergencias, como parte de un operativo destinado a proteger a la población, ni intervenir en unas declaraciones públicas que se efectuaron durante el envío del segundo mensaje”, afirma en referencia a la comparecencia de Mazón a las 21.20, ya en el Centro de Emergencias de l'Eliana, en la que pidió a la población que se refugiara en altura.

Mazón asumió la “dirección de facto de la emergencia”

De hecho, la llegada de Mazón al Cecopi supuso la asunción de la “dirección de facto de la emergencia”, con lo que “podía y asís lo hacía dar instrucciones a los miembros del Consell”, a juicio de la instructora.

Aunque, cuando el president aterrizó en el Centro de Emergencias de l'Eliana, ya se había producido el “resultado mortal y lesivo” en “su práctica totalidad”, la jueza también recuerda que algunos fallecimientos, especialmente los sucedidos en Sot de Chera, se produjeron “tras su incorporación al Cecopi”.

La instructora también reitera que le resulta “incomprensible” la “disquisición jurídica” y “lingüística” que se mantuvo en el seno de la reunión del Cecopi, lo cual provocó que “no se adoptaron dichas medidas con la prontitud necesaria”.

Y es que, según recuerda la exposición de motivos, “la falta de adopción de medidas destinadas a alertar y proteger a la población fue el elemento determinante de la mortalidad durante la dana del 29 de octubre de 2024”.

En el marco de la “ausencia de la toma de decisiones” de la Administración autonómica para proteger a la población valenciana, la exposición de motivos alude al retraso “de manera inexplicable” de la convocatoria del Cecopi, que se debería haber reunido la víspera o la mañana del 29 de octubre.

Apunta a tres consellers de Pérez Llorca

La exposición de motivos deja caer un relevante recado a otros tres consellers del Ejecutivo de Mazón, que siguen en sus puestos en el actual Gobierno de Juan Francisco Pérez Llorca.

Sobre la vicepresidenta primera Susana Camarero, la exposición de motivos destaca que se desconectó de la reunión del Cecopi para asistir a una entrega de premios, a pesar de la “especial importancia” de la Conselleria de Servicios Sociales “en orden a proteger y atender a los más vulnerables”, en referencia a los usuarios de la teleasistencia y de las residencias de personas mayores.

“Es obvio”, abunda la resolución, que “falló” el aviso de la teleasistencia a los usuarios del servicio. “La comunicación es bidireccional. No sólo está prevista para recibir llamadas de auxilio y ayuda. Una oportuna gestión y coordinación permite ponerse en contacto con los usuarios para alertarlos. Que no se llevara a cabo es una cuestión distinta”.

La jueza también detecta una “falta de coordinación” de la Conselleria de Medio Ambiente, que dirige el vcepresidente tercero Vicente Martínez Mus, en materia de “remisión de medios humanos destinados al control de los barrancos y su control permanente”.

La inexistente coordinación entre las consellerias del Ejecutivo autonómico acredita, según la jueza, la “gravísima y negligente pasividad, por quien podía y debía de haber asumido las funciones en la gestión de la emergencia”, el president Carlos Mazón.

La “especial relevancia” de la Conselleria de Educación

La resolución también apunta al entonces conseller de Educación, José Antonio Rovira (actual titular de Economía y Hacienda), cuyo departamento en la época de los hechos tenía “especial relevancia” por los desplazamientos de los alumnos y de sus padres en plena alerta roja sin que se hubieran suspendido las clases, a pesar de que la Universitat de València lo había hecho la víspera de la dana.

La jueza recuerda que un alumno de primaria y sus padres fallecieron al volver del centro escolar y que el director del IES de Cheste también murió tras asegurarse de que se había evacuado al conjunto del personal: “Dicha acción le costaría la vida”, afirma la exposición de motivos.

“La flagrante falta de de coordinación y cooperación entre las distintas consellerías y específicamente la ausencia de cualquier orden por parte de la Conselleria de Justicia e Interior en su día dirigida por la investigada, la señora Salomé Pradas, a las demás consellerias, implica por las funciones propias del presidente de la Generalitat Valenciana, anteriormente referidas, al señor Carlos Mazón”, concluye la exposición de motivos.

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