El Ayuntamiento de Guía de Isora aplaza el pago de los impuestos
El Ayuntamiento de Guía de Isora ha solicitado al Consorcio de Tributos el aplazamiento del pago de recibos que se hacen a través de este organismo, como los vados, la basura o el rodaje, así como el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI).
“Es fundamental que coordinemos esfuerzos y medidas para prevenir los efectos económicos de esta situación. El tejido empresarial del municipio necesita todo nuestro apoyo, especialmente las personas asalariadas, autónomos y pymes” indica la alcaldesa, Josefa Mesa, a la vez que añade que “buscaremos alternativas conjuntas. No podemos olvidar que los principales sectores de nuestra economía ya se han visto afectados por recientes crisis y catástrofes naturales”.
Además, Guía de Isora ha reclamado ya al Gobierno del Estado que los municipios económicamente saneados puedan utilizar el remanente de tesorería de que disponen para impulsar la actividad económica y paliar los efectos que tendrá esta pandemia. Esto fue anunciado en la última reunión de la Asociación de Municipios Turísticos de Canarias, que cifran en torno a los mil millones de euros los fondos de que disponen y que no pueden utilizar en base a la Ley de Estabilidad Presupuestaria.
Convenios de empleo
Los programas de fomento del empleo que viene gestionando el Servicio Canario de Empleo mediante la contratación temporal de personas desempleadas para la realización de obras o servicios de interés general y de formación en alternancia con el empleo se mantienen en vigor.
Sin perjuicio de lo anterior, las entidades beneficiarias y promotoras de los proyectos de fomento del empleo y formación profesional en alternancia con el empleo (en este caso los Ayuntamientos) podrán suspender la ejecución de las obras o servicios de interés general y social en atención a las particulares circunstancias que se pudieran dar en su ámbito de competencia en relación con las medidas de prevención y contención relacionadas con el Coronavirus (COVID-19). La entidad deberá comunicar al SCE la adopción de estas medidas.
En el caso de que se suspendiera la ejecución de las obras o servicios, ello no conllevará la suspensión de los contratos temporales formalizados con las personas desempleadas participantes en estos programas, por lo que dichos contratos permanecerán en vigor, así como la correspondiente obligación de retribución.
Los costes salariales ocasionados durante los periodos de suspensión de la ejecución de las obras o servicios mantendrán su carácter de subvencionables con cargo a las subvenciones concedidas, salvo en los programas de Garantía Juvenil donde se arbitrarán las medidas correspondientes por el SCE para que ello sea posible.
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