Miguel Ángel Millán, exseleccionador nacional de atletismo, condenado a 15 años y medio de cárcel por abusos sexuales
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife ha condenado a 15 años y seis meses de cárcel al exseleccionador nacional de atletismo Miguel Ángel Millán Sagrera como autor de delitos de abusos sexuales continuados a dos jóvenes a los que entrenaba cuando eran menores de edad en la isla de Tenerife.
La sentencia, notificada este miércoles, recoge también su inhabilitación especial para ejercer su trabajo como entrenador, más la prohibición de desarrollar actividades deportivas con menores de edad. Lo obliga, asimismo, a participar en un programa formativo de orientación sexual.
Millán, en prisión preventiva desde enero de 2017, se valía según el fallo de su cercanía y de las ganas de progresar en el atletismo de los jóvenes, a quienes entrenaba en un club de la isla, para cometer los abusos.
El primer caso se produjo entre los años 2010 y 2011, cuando la víctima contaba con entre 13 y 14 años. La situación cesó en marzo de 2013, cuando el joven abandonó el equipo. La posterior denuncia ante la Policía Nacional, ya mayor de edad, fue en junio de 2017.
El segundo caso es de 2015 y repetía el mismo modus operandi de ganarse su confianza para cometer los abusos, que parece que se acrecentaron cuando el acusado adquirió un piso en la zona del Porís de Abona (municipio de Arico, en el sur de Tenerife). El joven incluso llegó a negar los hechos ante la Policía por la influencia que Millán ejercía sobre él, hasta que, acompañado por su padre, los denunció en diciembre de 2017.
La Fiscalía pedía 12 años de prisión por los dos delitos y otros 14 adicionales de libertad vigilada, así como la inhabilitación profesional, la participación en programas de educación sexual e indemnizaciones de 12.000 y 10.000 euros para las víctimas.
La acusación particular solicitaba para el exseleccionador 21 años de cárcel y 30.000 euros para cada uno de ellos en concepto de indemnización. Además, pedía 10 años de libertad vigilada tras el cumplimiento de la condena.