El TSJ de Canarias obliga a Cepsa a pagar 406.500 euros a Santa Cruz de Tenerife por la tasa de basura de 2014

Vista aérea de la antigua Refinería de Santa Cruz de Tenerife.

Efe

Santa Cruz de Tenerife —
2 de abril de 2026 11:39 h

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El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha dado la razón al Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife en su recurso contra la compañía Cepsa, propietaria de la antigua Refinería, a la que ha obligado a pagar 406.500 euros por el servicio de recogida de basura durante el año 2014.

En primera instancia un juzgado estimó el recurso de Cepsa, que actualmente se denomina Moeve, y consideró que no estaba obligada a pagar la tasa dado que en ese ejercicio los alrededores de las instalaciones carecían de contenedores de basura, por lo que el servicio lo tenía que prestar la propia empresa.

El fallo se basaba en actas notariales en las que se acreditaba que el servicio nunca se prestó de forma “real y efectiva”, pero el Ayuntamiento mantuvo que las actas se correspondían a ejercicios posteriores y a momentos puntuales.

La corporación local sostuvo que en las cercanías de este recinto desde 2007 sí existían contenedores e incluso uno estaba situado en el interior de la refinería, que eran utilizados cada día tal y como confirman informes técnicos de 2023 y actas notariales emitidas desde 2018 a 2023.

Los documentos de Cepsa iban en sentido contrario y demostrarían que se vio obligada a asumir este servicio, que el Ayuntamiento incumplió su compromiso de 2013 de instalar 6 recipientes y que los informes municipales se refieren al periodo 2019 a 2021, por lo que no serían considerados “relevantes”.

El TSJC sentencia que lo decisivo en esta cuestión es determinar que el servicio estaba establecido en la zona de influencia de las instalaciones, al margen de que la industria se aprovechara o no del mismo, y cree errónea la conclusión que va en sentido contrario de la sentencia inicial.

Inicialmente se dio la razón a las actas notariales aportadas por Cepsa, en las que se indica que ningún contenedor se encuentra en el perímetro de la Refinería pero sí en la puerta donde se realizaba el vertido.

Sin embargo, el Ayuntamiento presentó un documento en el que se refleja que a la entidad le fue revocada la autorización de autotraslado de residuos en 2012, sin que luego se volviera a conceder y alude a la colocación de contenedores según propuesta de la empresa en 2007.

En concreto, se considera que el punto más adecuado era la puerta donde irían 6 contenedores de 3.200 litros cada uno, lo que determinó el informe del Tribunal Económico Administrativo Municipal (TEAM) que obliga a pagar esta tasa, aunque ahora es posible recurrir ante el Tribunal Supremo (TS).

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