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Un parque acuático sin acreditar recursos hídricos suficientes: la Justicia hace tambalear el Siam Park de Gran Canaria

Siam Park de Tenerife, el parque acuático propiedad del grupo empresarial de la familia Kiessling que pretende replicar en el sur de Gran Canaria.

Iván Alejandro Hernández

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El proyecto del grupo empresarial de Wolfgang Kiessling, propietario de Loro Parque o Siam Park en Tenerife, para construir un parque acuático en el sur de Gran Canaria se ha topado esta vez con un batacazo que le obliga a frenar en seco. Desde que comprara los terrenos en 2014, el proyecto, a pesar de contar con el apoyo y facilidades de las administraciones, se ha enfangado en numerosos trámites burocráticos y judiciales hasta que el pasado 7 de junio se pronunció el Tribunal Supremo. En su sentencia, ratificó la nulidad del plan que el Gobierno regional elaboró en exclusiva para su materialización porque adolecía de un informe que acreditara la existencia y disponibilidad de recursos hídricos suficientes para llevar a cabo un parque acuático.

“De lo obrante en autos no hay la más mínima prueba de que se acreditase la disponibilidad y suficiencia de recursos hídricos”, señaló el Supremo. El órgano competente para acreditar este asunto, el Consejo Insular de Aguas del Cabildo de Gran Canaria, nunca incluyó un informe concluyente sobre este aspecto. Ni en el procedimiento por el que esta administración concedió la ocupación de terrenos de dominio público hidráulico (el cauce de un barranco), ni en el denominado Plan de Modernización, Mejora e lncremento de la Competitividad (PMMIC) en el ámbito de El Veril, aprobado por el Ejecutivo regional mediante decreto el 7 de diciembre de 2015.

La sentencia desestimó los recursos presentados por Loro Parque S.A., Consejo Insular de Aguas, Cabildo de Gran Canaria y Gobierno autonómico, que acudieron al Supremo contra el fallo del Tribunal Superior de Justicia del 15 de diciembre de 2021. La Sala de lo Contencioso-Administrativo había estimado el recurso presentado por un particular contra el decreto, declarando la nulidad del plan por carecer del informe sobre recursos hídricos, pues se trata de un requisito exigido en la normativa.

Las administraciones defendieron que sí se habían acreditado los recursos hídricos cuando el Consejo Insular de Aguas otorgó la concesión de ocupación del cauce del barranco, por lo que, estiman, el informe en el PMMIC era “innecesario”. El Gobierno de Canarias, incluso, resaltaba que durante la tramitación de la concesión, el órgano competente emitió su informe “de forma verbal”. 

Además, los recurrentes sostuvieron que, según el Plan Hidrológico de Gran Canaria, las nuevas urbanizaciones e instalaciones turísticas en la superficie, hasta la cota 300, están obligadas a suministrarse mediante agua desalada del mar. También recordaron que el suministro de agua potable del municipio de San Bartolomé de Tirajana (donde se proyecta la obra) lo realiza la empresa Canaragua, que cuenta con distintas fuentes “que proporcionan el suministro necesario para la red”. En este sentido, señalaron que en la memoria del Plan se recogía información de la capacidad de producción de las plantas desaladoras de las que se abastece la zona y describía los recursos hídricos del municipio.

En la sentencia del Supremo, las administraciones trataban de justificar su existencia y disponibilidad, achacando la ausencia o insuficiencia del informe a una cuestión formal, pero no de fondo. Sin embargo, el fallo del Supremo estima que el informe no se puede considerar “un mero presupuesto formal”, porque aporta una “información esencial para poder aprobar una actuación urbanística que, por su propia naturaleza (…) requiere que los nuevos desarrollos urbanos tengan garantizado los recursos hídricos”.

Junto con el TSJC, coincide en señalar que la información presentada abordaba el aspecto relativo a la delimitación del dominio público hidráulico y la disponibilidad de los terrenos mediante concesión administrativa, pero la normativa exigía un pronunciamiento expreso sobre la existencia o inexistencia de recursos hídricos suficientes para satisfacer las nuevas demandas de agua. Por lo tanto, “el informe en el que la Administración demandada pretende ampararse es manifiestamente insuficiente”.

Sobre el informe emitido de forma verbal, el Supremo estima que se trata de una forma “atípica” de realizar este procedimiento, que reviste complejidad en su acreditación. “Ninguna constancia hay en las actuaciones de que ese pretendido informe oral atendiera a las exigencias que se imponen en los preceptos”, añade. Además, remarca que no puede limitarse a “una mera declaración” en los actos en los que interviniera el Consejo Insular de Aguas, sino a “un examen detallado y justificado (…) sobre la existencia y disponibilidad de recurso hídricos, lo cual ni consta ni es previsible”.

Tampoco en el PMMIC, al que el Supremo se refiere como “un instrumento de planeamiento urbanístico peculiar”. Este tipo de planes están previstos en la Ley de Renovación y Modernización Turística de Canarias, que los como “instrumentos de ordenación urbanística que complementan y sustituyen a las determinaciones vigentes (…) con objeto de viabilizar la renovación urbana y edificatoria”. 

El Alto Tribunal resalta que lo que caracteriza a este Plan es su objeto concreto: “Promover y facilitar la instalación de un gran parque acuático”, al que además se suman hoteles, alojamientos turísticos o centros comerciales. Aunque el TS aclara que no es su cometido interpretar la normativa autonómica en este asunto, sí apunta que el Plan “difícilmente puede tener cabida en el específico fin” que fija la Ley, porque no tiene como objetivo “viabilizar la renovación urbana y edificatoria”. En cualquier caso, durante su tramitación, no se emitió por parte del Consejo Insular de Aguas el informe sobre recursos hídricos en los términos que fija la normativa. 

En suma, el Supremo desestima los recursos presentados por las administraciones, que defendían que el Plan Hidrológico Insular y el planeamiento general prevean el abastecimiento de agua en los nuevos desarrollos urbanos, porque esto no exime la emisión del informe. “Todo lo contrario”, pues se debe “constatar dicha existencia y disponibilidad de los recursos específicamente existentes”.

Y sienta jurisprudencia para este tipo de actuaciones, que requieren de una concesión administrativa (la ocupación de dominio público del cauce del barranco) y un instrumento de ordenación (el PMMIC) para ejecutar un proyecto (la construcción de un parque acuático). Concluye que se debe acreditar la existencia y disponibilidad de los recursos hídricos en el trámite de la concesión, ya que el posterior procedimiento no requiere de la emisión de uno nuevo, en la medida que no comporta un aumento respecto de los ya contemplados. 

En declaraciones a este periódico, el consejero Insular de Aguas del Cabildo de Gran Canaria, Carmelo Santana, reconoce que “no se incluyó expresamente un informe sobre la existencia de recursos hídricos” porque en ese momento se entendió que se había contestado a este punto en la concesión administrativa de dominio público, “pero el Supremo no lo entendió así”.

Santana asegura que existen recursos hídricos suficientes para llevar a cabo el Siam Park en Gran Canaria, tanto “a través de la desalación de agua de mar” como “de aguas regeneradas para determinados usos de riego”, descartando a su vez que afecte al suministro de las poblaciones en la zona. Si bien, aún se desconoce el volumen diario que necesitaría el parque acuático: “Será precio que el promotor concrete las necesidades”.

Santana también ha revelado que el Consejo Insular de Aguas “elaborará nuevo informe, en el marco de los instrumentos de planificación que procedan, en relación a la existencia del recurso hídrico, en virtud del artículo 25.4 de la Ley de Aguas Nacional”.

A pesar del fallo, Wolfgang Kiessling emitió una carta abierta el 17 de junio en la que aseguraba que no desistirá del proyecto. Lamentaba que “las constantes trabas que dificultan la construcción del Siam Park en Gran Canaria”, que achacaba a “razones de competencia desleal que están torpedeando” la obra. “Si ahora estos grupos, que únicamente se mueven por intereses económicos, están pensando que van a lograr que nos retiremos de nuestros proyectos en Gran Canaria, de antemano les digo que lamentablemente están perdiendo el tiempo”, dice.

Facilidades de las administraciones, dificultades de empresas y ecologistas

La idea es construir un parque acuático, un hotel y un centro comercial en una superficie de unos 179.488 metros cuadrados y una inversión de unos 80 millones de euros, donde también tendrían que llevar a cabo las actuaciones urbanísticas que comprende una obra de este calado, como zonas verdes, aparcamientos o peatonalización. El propio Kiessling recuerda que “fueron los grupos, tanto políticos como empresariales” los que le propusieron invertir en “una atracción turística World class”. 

“Compramos un terreno mayor que en Tenerife (donde se ubica el Siam Park, considerado el mejor parque acuático de Europa en TripAdvisor); reunimos un grupo de expertos del Cabildo insular y del Ayuntamiento; presentamos nuestro proyecto, y conjuntamente con el entonces presidente del Cabildo, señor Bravo de Laguna, y el exalcalde de San Bartolomé de Tirajana, señor Marco Aurelio, consultando todas las autoridades, iniciamos los trámites para construir el Siam Park de Gran Canaria”, señala Kiessling en la carta.

En febrero 2014, tras años de búsqueda de una ubicación idónea para replicar el parque acuático de Tenerife en Gran Canaria, el grupo empresarial compró por seis millones de euros unos terrenos en el sur de la Isla, en un cauce de un barranco llamado El Veril. En aquel momento, anunció que esperaba poder abrir al público en 2016. Desde el minuto 1, las administraciones competentes facilitaron su empresa. La familia Kiessling, de origen alemán, basa su negocio en el turismo de parque acuático, zoológico y acuario que, sumado a las ayudas públicas, los incentivos fiscales de los que goza en las Islas y las relaciones cercanas con políticos, le permite facturar por encima de los 70 millones al año y estar entre las 250 fortunas de España.

Un año después de comprar los terrenos, el Consejo Insular de Aguas le otorgó la concesión administrativa para ocupar el cauce del barranco y permitirle su canalización. En el mismo año, el Cabildo de Gran Canaria aprobaba la declaración de interés estratégico del proyecto y la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias daba luz verde a la instalación. Finalmente, el 7 de diciembre, bajo la presidencia de Fernando Clavijo (Coalición Canaria), el Gobierno canario aprobó el PMIC y, en septiembre de 2017, el Ejecutivo regional declaró el interés estratégico del proyecto. También se llegó a cambiar el trazado del tren de Gran Canaria para que no afectara a la zona donde se construiría el parque acuático.

Los problemas comenzaron en 2016, cuando el proyecto se embarró en sucesivos litigios judiciales de los que no volvería a salir. El respaldo de las administraciones al proyecto de la familia Kiessling provocó el rechazo de otras empresas del sector turístico en las Islas. Lebensraum Wasers o Santana Cazorla, que pretendían llevar a cabo iniciativas en la zona, acudieron a los tribunales con la intención de anular el proyecto. A ellos se sumaron los ecologistas, especialmente Turcón-Ecologistas en Acción, que ha insistido, tanto en las administraciones como en los juzgados, para tratar de frenar lo que considera un “atentado medioambiental”. Y el Ministerio de Hacienda también ha reclamado una compensación económica por la ocupación de dominio público, estimada en 11,5 millones de euros, llegando a solicitar la paralización de la obra hasta que se dirimiese este asunto.

Mientras, la licencia para comenzar las obras, que debía otorgarla el Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana, no llegaba. El Consistorio había otorgado el permiso para canalizar el barranco en julio de 2017, no así la luz verde para urbanizar y edificar, como había solicitado el promotor en octubre de ese año. En diciembre, técnicos del municipio la denegaban, alegando que la documentación presentada estaba incompleta y solicitando la subsanación de los errores. Esta situación se repetiría hasta en seis ocasiones, en un tira y afloja entre el grupo empresarial y el Consistorio, que denegaba cada documento presentado por Loro Parque S.A.

Ante esto, el promotor presenta en noviembre de 2018 una demanda en el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo contra el Ayuntamiento, al que acusa de retrasos injustificados en la concesión de la licencia. Pero la magistrada, en octubre de 2019, desestimó la petición y avaló al Consistorio. Marco Aurelio Pérez (alcalde de San Bartolomé de Tirajana hasta 2019) explicaba entonces que el grupo debía hacer una cesión obligatoria del 10% a la administración municipal, además de sufragar distintas obras, como la rotonda de acceso o las obras de conexión de las instalaciones a la red de alcantarillado de Bellavista.

Entonces, Loro Parque subsanó sus errores, accedió a pagar 2,8 millones al Ayuntamiento a cambio de la cesión del 10% y volvió a solicitar la licencia. Con el nuevo equipo de gobierno liderado por la alcaldesa Concepción Narváez (PSOE), se dio el paso previo al permiso que habilitaría el comienzo de los trabajos. El 31 de marzo de 2022, y a pesar de la sentencia del TSJC que anulaba el Plan, la Junta de Gobierno Local aprobó tres puntos: el sistema de ejecución privado por concierto, la propuesta de convenio urbanístico de gestión concertada y el proyecto de urbanización y reparcelación de los terrenos de El Veril. Además, el Consistorio también desestimó la petición de Hacienda, de cobrar por el uso del suelo, porque estimaba que ya existía una concesión del cauce del barranco por la cual ya el grupo empresarial abona un canon.

Pero, cuando más cerca estaba de obtener la licencia, llegó la sentencia del Tribunal Supremo. A pesar del varapalo, todas las administraciones competentes han asegurado que seguirán adelante con el proyecto y buscarán la manera de que vea la luz. “El proyecto del Siam Park sigue siendo una prioridad, es una inversión más necesaria que nunca. Ahora toca seguir trabajando para que este parque acuático sea una realidad para nuestro destino turístico”, señaló Narváez. Este viernes, 1 de julio, el Cabildo de Gran Canaria ha optado por elaborar un nuevo plan, con la previsión de poner la primera piedra en 2023.

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