El Supremo reduce las penas de cárcel a Dimas Martín y Rodríguez Batllori

El expresidente del Cabildo de Lanzarote y fundador del Partido Independiente de Lanzarote (PIL), Dimas Martín, junto a el ex viceconsejero de Justicia del Gobierno de Canarias, Francisco José Battllori | Ardiel Perdomo

Diario de Lanzarote

Arrecife —

El Tribunal Supremo ha revisado la sentencia de la Audiencia Provincial en la ‘pieza Batllori’ del caso Unión reduciendo las penas para los condenados pero rechazando la nulidad de las actuaciones que reclamaban sus defensas, que pretendieron cuestionar diligencias de investigación como los ‘pinchazos’ telefónicos.

La Audiencia Provincial condenó a Dimas Martín, fundador del PIL, a cinco años y medio de prisión, y al abogado y ex viceconsejero de Justicia, Francisco Rodríguez Batllori, a más de siete años de prisión, por su contratación irregular y cobros por servicios no prestados en el Ayuntamiento de Arrecife y en la empresa pública de aguas Inalsa.

A Dimas Martín y a Rodríguez Batllori la Audiencia les condenó por malversación de caudales públicos y prevaricación en el Ayuntamiento de Arrecife y en Inalsa. En el caso del abogado, la Audiencia añadió el delito de falsificación en documento mercantil.

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