El Ayuntamiento de Toledo ha oficializado el calendario tributario para 2026 y asegura que se mantendrá una estructura que “prioriza la flexibilidad financiera de los ciudadanos” ya que existe un Plan Personalizado de Pagos para que los contribuyentes puedan fraccionar sus impuestos hasta en diez mensualidades sin intereses, incluyendo tributos clave como el IBI y la tasa de basuras.
El Consistorio ha detallado las fechas de inicio de los periodos y los plazos de cargo en cuenta según el correspondiente tributo, tras aprobarlo en la Junta de Gobierno Local.
Impuestos y tasas principales
• Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM): el periodo comienza el 2 de marzo de 2026, con la fecha de cargo en cuenta fijada para el 30 de marzo de 2026.
• IBI Urbana: el periodo se inicia el 1 de mayo de 2026. Aquellos que opten por el fraccionamiento sin intereses (se requiere domiciliación bancaria) tendrán tres fechas de cargo: el 1 de junio, el 1 de septiembre y el 30 de octubre de 2026.
• Tasa de Residuos: el periodo de pago comienza el 1 de junio de 2026. Al igual que el IBI, se puede fraccionar en tres plazos domiciliados: el 1 de julio, el 1 de septiembre y el 30 de octubre de 2026.
• IAE, IBI Rústica, Vados, Reserva de Taxis y Cajeros: en este caso el periodo para estos tributos inicia el 1 de septiembre de 2026, con cargos previstos para el 15 de septiembre y el 1 de octubre de 2026.
Otros Servicios y Tasas
• Tasa de Veladores: la autoliquidación se realiza en el mes de febrero, con cargos en cuenta el día 20 de cada mes.
• Escuela Oficial de Idiomas: los pagos son trimestrales y se cargan en las siguientes fechas:
⦠2º Trimestre curso escolar: 20 de febrero de 2026.
⦠3º Trimestre curso escolar: 20 de abril de 2026.
⦠1º Trimestre curso escolar siguiente: 20 de noviembre de 2026.
• Padrones Patrimoniales y otras tasas ODP: los cargos se realizan de forma mensual en este caso.
Sí, se puede fraccionar el pago
Se hah habilitado además dos mecanismos principales para facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
1. Plan Personalizado de Pagos que permite pagar los tributos de vencimiento periódico que el contribuyente elija en un máximo de 10 meses sin intereses.
2. Fraccionamiento General que contempla el fraccionamiento sin intereses en tres plazos para el IBI y la Tasa de Residuos, siempre que los recibos estén domiciliados.