La Junta de Castilla y León activa el plan para retirar la madera de los bosques quemados

La Junta de Castilla y León ha publicado este miércoles en el Boletín Oficial de Castilla y León, que establece medidas extraordinarias para la extracción de madera quemada en las zonas forestales arrasadas por los incendios de este año. La mediva es un procedimiento habital tras una temporada de grandes incendios que solo en esta Comunidad haa afectado a más de 141.000 hectáreas de superficie forestal, convirtiéndose en el más verano más destructivo de las últimas décadas. Según ha recogido el documento, el arbolado afectado ha sido mayoritariamente coníferas de pino (Pinus spp.),

En la justificación a la orden, firmada por el consejero de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, Juan Carlos Suárez-Quiñones, se ha advertido de que el arbolado afectado ha sido mayoritariamente coníferas de pino (Pinus spp.). Es por eso que la permanencia de la madera dañada en el monte “incrementa el riesgo fitosanitario”, al facilitar la proliferación de plagas como el Ips sexdentatus, el mayor escolítido de la fauna ibérica, que puede atacar incluso a árboles sanos cuando sus poblaciones alcanzan niveles altos. A ello se suma la amenaza del nematodo de la madera del pino (Bursaphelenchus xylophilus), organismo de cuarentena considerado el más peligroso para los pinares a nivel mundial, capaz de provocar la muerte de un ejemplar en menos de tres meses si se asocia a su insecto vector, el escarabajo Monochamus galloprovincialis.

La presencia de madera fresca en el monte (troncos o leñas) durante la época de reproducción de estos insectos favorecerá la multiplicación de sus poblaciones, al no ver repelido su ataque por el flujo de resina que emitiría un árbol sano en pie. El incremento de las poblaciones por encima de ciertos umbrales supondrá que insectos normalmente oportunistas sean capaces de atacar pies completamente sanos provocando la pérdida irremediable de estos ejemplares.

Obligación para propietarios públicos y privados

La orden establece que tanto las entidades propietarias de montes catalogados de utilidad pública como los titulares de montes privados afectados deberán proceder a la extracción de la madera quemada de coníferas y frondosas en los plazos fijados, es decir desde el 17 de septiembre hasta el 31 de marzo de 2027. En caso de incumplimiento, la Consejería se reserva la posibilidad de ejecutar subsidiariamente la corta a costa del propietario, tras el preceptivo apercibimiento, de acuerdo con la Ley de Procedimiento Administrativo.

Durante el plaza de ejecución, los titulares deberán retirar del monte todo el arbolado de pino afectado, salvo los ejemplares que, por su vigor, sean señalados para su permanencia por los Servicios Territoriales de Medio Ambiente. También se recomienda la corta de frondosas y otras coníferas cuando el fuego haya sido tan intenso que no se espere rebrote natural.

Normas para evitar daños adicionales

La normativa ha establecido condiciones precisas para el aprovechamiento, transporte y almacenamiento de la madera. Por ejemplo, los troncos apeados no podrán permanecer en el monte más de dos semanas entre el 30 de mayo y el 30 de octubre, ni más de cuatro semanas el resto del año, salvo autorización expresa. Además, los restos menores de ocho centímetros de diámetro podrán dejarse en el terreno únicamente formando cordones siguiendo las curvas de nivel, con el fin de proteger el suelo contra la erosión.

Asimismo, se prohíbe expresamente el arrastre de madera por cauces de agua o el tránsito de camiones a menos de 15 metros de riberas pequeñas y de 20 metros en cauces mayores, salvo autorización de los agentes medioambientales. También se obliga a mantener libres los caminos y pasos de ganado durante los trabajos y a reparar las vías públicas afectadas al finalizar las labores.

Defensa del patrimonio forestal

La Junta recuerda que estas medidas están amparadas por la Ley de Montes de Castilla y León y por la Ley estatal de Sanidad Vegetal, que permiten a la administración autonómica intervenir en los aprovechamientos forestales en defensa del interés general. En este caso, el objetivo es evitar que la catástrofe de los incendios derive en una segunda ola de destrucción causada por plagas y enfermedades forestales.

La Consejería ha indicado en la orden la gravedad de la situación y la necesidad de actuar con rapidez: “La presencia de madera fresca en el monte constituye un foco de riesgo que puede comprometer no solo las masas ya dañadas, sino también los pinares sanos de Castilla y León”.

La orden pone fin a la vía administrativa, aunque los afectados podrán presentar recurso de reposición en el plazo de un mes o acudir a la vía contencioso-administrativa ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en un plazo de dos meses.