La Audiencia de Salamanca revoca el permiso penitenciario por “injustificado” a Alfonso Basterra, asesino de Asunta

La Audiencia Provincial de Salamanca ha revocado el permiso penitenciario de cuatro días concedido a Alfonso Basterra, condenado a 18 años de prisión por el asesinato de su hija Asunta en 2013. El tribunal ha estimado el recurso presentado por la Fiscalía contra la resolución del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de Castilla y León número 5, con sede en Salamanca, que el pasado marzo había autorizado la primera salida ordinaria del interno pese al criterio contrario de Instituciones Penitenciarias.

La resolución deja sin efecto el auto dictado el 24 de marzo por el titular de la plaza 5 de la Sección de Vigilancia Penitenciaria del Tribunal de Instancia de Salamanca, que había dado la razón a la defensa de Basterra frente al acuerdo adoptado por la Junta de Tratamiento del centro penitenciario de Topas, donde cumple condena desde hace algo más de un año porque tiene en esa provincia a su nueva pareja.

La Sala ha considerado que “en este momento no concurren en el penado las condiciones mínimas exigibles para beneficiarse de un permiso ordinario de salida” y ha apuntado tres elementos principales: “la extrema gravedad del delito cometido”, “la lejanía aún significativa en el cumplimiento de la condena” y “la falta absoluta de asunción de responsabilidad derivada de la negación persistente de los hechos”.

Los magistrados han defendido que, aunque el interno mantenga una conducta adecuada en prisión, la concesión del permiso “resulta prematura e injustificada”. Según ha comunicado el Tribunal Superio de Justicia de Castilla y León en un comunicado, se concluye que debe prevalecer el criterio técnico de la Junta de Tratamiento de Topas, que había rechazado la solicitud “por amplia mayoría”.

Recurso de la Fiscalía

La Fiscalía de Salamanca recurrió la decisión judicial pocos días después de conocerse el auto favorable a Basterra al entender que la resolución no justificaba de forma suficiente por qué se apartaba del criterio de los profesionales penitenciarios.

En su escrito, el Ministerio Público defendía que el condenado no cumple todavía las condiciones de “evolución, responsabilidad y madurez” previstas en la Ley Orgánica General Penitenciaria y en el reglamento penitenciario. La Junta de Tratamiento había advertido, entre otros aspectos, de la “insuficiente consolidación de los factores positivos”, la gravedad del delito, la fase aún inicial del tratamiento y la ausencia de reconocimiento de los hechos.

La Fiscalía reprochó además al juez una falta de “motivación reforzada”, exigida cuando un órgano judicial corrige el criterio técnico penitenciario. Según el recurso, el auto recurrido se apoyaba en referencias “genéricas y abstractas” sin concretar qué indicadores permitían concluir que existía una evolución suficiente para afrontar salidas al exterior.

El Ministerio Público insistió especialmente en que Basterra continúa negando “de manera abierta, tajante y persistente” el asesinato de su hija, tal y como reflejan los informes psicológicos incorporados al expediente penitenciario. Para la Fiscalía, esa negativa dificulta valorar el riesgo y bloquea cualquier evolución real dentro del proceso de reinserción.

Basterra sigue negando los hechos

La Audiencia Provincial hace suyos buena parte de esos argumentos. La resolución recalca que la asunción de responsabilidad es un elemento relevante en el tratamiento penitenciario y entiende que la persistencia en la negación de los hechos impide apreciar una evolución consolidada.

Asimismo, también se ha tenido en cuenta el momento de cumplimiento de la condena. Basterra no alcanzará las tres cuartas partes de la pena hasta marzo de 2027 y la extinción total está prevista para septiembre de 2031. Para la Fiscalía, y ahora también para la Audiencia, ese horizonte temporal sigue siendo “lejano” en relación con la gravedad del delito cometido.

El asesinato de Asunta Basterra Porto, de 12 años, se convirtió en uno de los crímenes más mediáticos de la última década en España. La menor fue encontrada muerta en septiembre de 2013 en una pista forestal próxima a una propiedad de su madre, Rosario Porto, en el municipio coruñés de Teo. La investigación concluyó que la niña había sido sedada durante meses con benzodiacepinas antes de morir asfixiada.

En 2015, un jurado popular declaró culpables por unanimidad tanto a Alfonso Basterra como a Rosario Porto, que fueron condenados a 18 años de prisión por asesinato con la agravante de parentesco. Porto se suicidó en 2020 en la prisión abulense de Brieva sin haber reconocido nunca los hechos.