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El juicio contra cuatro policías por mutilar a Roger Español el 1-O queda visto para sentencia

El activista Roger Español (c) a su llegada a la Audiencia de Barcelona este jueves. EFE/Toni Albir

ACN

Barcelona —

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El juicio en la Audiencia de Barcelona contra cuatro policías nacionales antidisturbios por mutilar el ojo a Roger Español durante el referéndum del 1 de octubre ha quedado este viernes al mediodía visto para sentencia después de cuatro sesiones. La fiscalía y las defensas, ejercidas por un abogado privado y la Abogacía del Estado, siguen pidiendo la absolución de los agentes; mientras que las acusaciones (la particular, Irídia, Òmnium y ANC) piden entre 12 y 13 años de cárcel por lesiones dolosas graves y torturas.

En el último día del juicio, ha sido el turno de la fiscalía y las defensas para presentar sus informes. El ministerio público ha dicho que la policía puede causar “lesiones graves” si su actuación “se ajusta a la norma”.

En su informe final, la fiscal Alexandra García Tabernero ha asegurado que el juicio de estos días no va de cuestiones políticas o morales, ni de la amnistía o la prohibición de las bolas de goma, sino que se juzga una actuación policial técnica. Así, cree que el tribunal tendrá que valorar si los policías debían prever que era muy probable la pérdida del ojo de Roger Español, y si, más allá de cualquier duda razonable, existía un riesgo serio y elevado de que esto ocurriera.

En este sentido, ha recordado que las policías democráticas tienen el monopolio del uso legítimo de la fuerza y la violencia cuando sea necesario para preservar el orden público o evitar males mayores, siempre bajo los principios de oportunidad, congruencia y proporcionalidad. Según ha dicho, la policía puede usar la fuerza e incluso causar lesiones graves, si su actuación “se ajusta a la norma”. Así, cree que en ese caso se usó la mínima fuerza imprescindible, y de forma progresiva, para poder salir del “bloqueo” por parte de cientos de manifestantes independentistas en la calle Sardenya de Barcelona.

La fiscal ha añadido que la actuación policial fue especialmente compleja porque tenía “dificultades añadidas”, como la orden expresa de no practicar detenciones. “En cualquier otro contexto, se habrían producido detenciones inmediatas”, ha dicho, afirmando que la actitud de los votantes independentistas no era de “resistencia pacífica”. Asimismo, ha dicho que el bloqueo de la calle duró unos 40 minutos, y “la duración de las intervenciones policiales es directamente proporcional al riesgo para la seguridad ciudadana”. “Había una necesidad evidente del uso de la fuerza”, ha remachado, asegurando que “la hostilidad de algunos de los congregados iba en aumento, pasando de las amenazas verbales a los lanzamientos de piedras”.

Sobre la justificación del uso de bolas de goma, ha dicho que se avisó a los manifestantes, que se fue progresando en el uso de las diversas herramientas policiales, y que, finalmente, las salvas detonadoras no sirvieron para abrir la calle y permitir salir a la policía. Así, ha considerado que otro métodos como las porras hubieran sido más riesgosas y habrían ido contra los protocolos policiales.

Sobre las recomendaciones internacionales de prohibición de las bolas de goma, la fiscal ha dicho que las resoluciones de la Asamblea General de la ONU no están vinculadas para los estados, y que no se puede pretender aplicar de forma retroactiva contra los agentes una guía de 2020 y un protocolo de 2024 por unos hechos de 2017.

Por último, ha dicho que el escopetero disparó, según el informe pericial de los Mossos d'Esquadra, haciendo rebotar la bola en el suelo, además de reducir la potencia un 60%. También ha dicho que tenía un campo de visión limitado debido a la presencia de sus compañeros por delante de él. Por todo ello, considera que no hubo voluntad de causar tan grave lesión a Español, y ha pedido la absolución de los cuatro acusados por la eximente completa de cumplimiento del deber y de orden legal.

La abogada del inspector jefe del grupo Camel-50, ha apuntado que la actuación policial de ese día se ajustó a la ley, debido a la “peligrosidad extrema” de los manifestantes, y que se limitó a cumplir “el mandato judicial”, aunque aseguró que sólo recibió la parte dispositiva del auto del Tribunal del Superior.

En todo caso, ha dicho que sí avisó a los manifestantes del uso de material antidisturbios y que, a raíz del lanzamiento de objetos por parte de los votantes o de los vecinos de la calle Sardenya, se acabaron disparando balas de goma, que, a su juicio, “no es material lesivo, sino simplemente disuasivo”.

Los tres abogados del Estado que han defendido a los dos subinspectores y el escopetero han justificado la actuación policial. Ambos subinspectores trasladaron las órdenes de sus superiores a los subordinados, e incluso uno de ellos no era el responsable del escopetero.

En el caso del escopetero, su letrado aseguró que había que mantener la distancia con los manifestantes porque algunos de ellos arrojaban piedras y desde menos de 15 metros de distancia las lesiones a los policías pudieron ser muy graves. También ha dicho que teniendo en cuenta la poca precisión de las bolas de goma, no puede atribuirse al escopetero la voluntad de lesionar a Roger Español.

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