La jueza de la dana afea al Gobierno de Mazón que, pese a una emergencia “de tal calibre”, no hubo “coordinación alguna”

Lucas Marco

València —
20 de abril de 2026 15:20 h

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“No hubo coordinación alguna”. Así describe la jueza de la dana, en un auto dictado este lunes, la actuación del Consell de Carlos Mazón el 29 de octubre de 2024, trágica jornada que dejó 230 fallecidos. La resolución recuerda que “lo decisivo” era que el “foco de peligro” suponía una “amenaza” por el desbordamiento de barrancos y ríos, que conllevaba una “amenaza constante de desestabilizarse” y que “exigía un control específico”.

La magistrada también reitera que el Es-Alert, enviado a las 20.11 (cuando “ya había un gran número de fallecidos, y otros luchaban por salvar su vida del ahogamiento que llegó poco después”) fue “muy tardío” y “erróneo en su texto”, que ni siquiera pedía a la población que se refugiara en altura.

Además, la gestión de una emergencia “de tal calibre”, afirma la jueza, “requería la coordinación entre órganos de diversas Consellerias”, especialmente con el departamento de Emergencias que dirigía Salomé Pradas, actualmente investigada en la causa. El auto alude a las conselleries de Servicios Sociales, Agricultura, Medio Ambiente y Educación.

Del departamento de Medio Ambiente, destaca la falta de despliegue de los agentes medioambientales. “La vigilancia personal era especialmente importante en los barrancos en los que no hay medidores de caudal, y en los que, por sus características, la crecida es muy rápida y de corto recorrido hasta el lugar en que desembocan”, afirma la jueza.

Además, también recuerda que el Plan Especial de Inundaciones establece el control de los barrancos, que “exige que se combinen los recursos de todos los organismos, que no existan duplicidades y que se mantenga de manera permanente”.

La instructora recuerda que À Punt, la televisión autonómica, previó con varios días de antelación su despliegue informativo de cara a la dana, por lo que considera “difícilmente comprensible” la actuación de los investigados, en referencia a Pradas y al exsecretario autonómico de Emergencias, Emilio Argüeso, “encargados del control de la emergencia y de la vigilancia de las fuentes de riesgo y la ulterior alerta a la población”.

El auto recuerda que el director general de Medio Natural, Luis Gomis, ofreció en una comunicación interna remitida al Centro de Coordinación de Emergencias el despliegue de los agentes medioambientales para vigilar el caudal de los barrancos. “Por qué no se solicitaron por el Sr. Emilio Argüeso Torres, siendo director del plan, por qué no se hicieron servir, es una pregunta que al mismo corresponde exclusivamente responder”. Gomis, por su parte, “cumplió sobradamente su labor”, apostilla el auto.

La jueza acuerda que se cite a declarar a los tres funcionarios de Emergencias que aparecen como receptoras de la comunicación interna con el ofrecimiento de los agentes medioambientales, tal como solicitaba el sindicato CGT, que ejerce una de las acusaciones populares en la causa.

“Difícilmente se puede solicitar información de otros medios personales en una cuantía extraordinariamente elevada, como es el caso de los agentes medioambientales, cuando ni siquiera se solicita su colaboración, a pesar de ser un medio específicamente previsto en el Plan de Inundaciones”, concluye.

La resolución también alude a la “ineficacia” del desplazamiento de Pradas a Carlet y a la “minimización del riesgo” por parte de Argüeso la víspera de la dana.