La Justicia investiga la ordenanza de pisos turísticos de València tras una denuncia de los vecinos que la ven laxa
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Este lunes 25 de mayo entró en vigor la nueva ordenanza sobre apartamentos turísticos aprobada por el Ayuntamiento de València en el pleno del pasado 31 de marzo. La normativa es ya de aplicación al cumplirse quince días hábiles desde su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) el pasado 4 de mayo. La regulación, que entre otras cosas impide que se puedan superar el 2% del parque total de cada barrio y distrito, se aprobó con los votos en contra de Compromís y el PSPV.
Casi al mismo tiempo, la sección primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (Tsjcv) ha admitido a trámite el recurso interpuesto contra la normativa por la Federació d’Associacions Veïnals de València (FAAVV) y ha solicitado al Ayuntamiento el expediente completo de la nueva ordenanza.
Desde la entidad vecinal se considera que esta normativa, en su actual redacción, no regula adecuadamente el alojamiento vacacional o temporal, lo que supone agravar aún más el problema de acceso a la vivienda en la ciudad. Además, pone de relieve que las limitaciones que plantea el Gobierno municipal a los alojamientos turísticos excluyen a Ciutat Vella, sin publicar el censo de esta zona de la ciudad y sin aplicar límites al crecimiento hotelero a pesar de ser el distrito más saturado.
La Faavv defiende que aunque la normativa es aparentemente más restrictiva que la anterior e incluye algunos guiños a las propuestas vecinales, en la práctica “no regula el alojamiento temporal de más de 11 días y abre la puerta a que cualquier vivienda pueda dedicarse profesionalmente a esta actividad, lo que puede dar lugar a un uso turístico encubierto de muchas viviendas”.
De acuerdo con la redacción aprobada por el Ayuntamiento, “solo es alojamiento terciario hotelero el estrictamente turístico, olvidándose que en las plataformas digitales también se alquilan apartamentos y viviendas con estancias por semanas y meses”. Según la entidad, la norma aprobada entra en contradicción con el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU), en el que solo es uso residencial el alojamiento permanente, y con la propia exposición de motivos que justifica el cambio de regulación: la defensa de la vivienda amenazada por el arrendamiento “hotelero”; “de ahí que la FAAVV haya acordado recurrirla al considerar que la nueva regulación propiciará un uso inadecuado del alquiler de temporada que facilitará encubrir viviendas de uso turístico”.
La Federación Vecinal valora asimismo la norma como “regresiva” porque, “al menos, un 15% del alojamiento que antes se consideraba terciario hotelero ahora podrá convivir con viviendas de uso residencial, haciendo más opaco e ingobernable, si cabe, el problema”.
Perseguir la ilegalidad
La entidad vecinal estima que “no sirve de nada poner límites al alojamiento turístico si, dos años después de la moratoria, sigue habiendo 9.000 apartamentos turísticos en la ilegalidad” advierte: “Sin aumentar exponencialmente los medios para perseguir la actividad ilegal, para recuperar viviendas para uso residencial, cualquier regulación carece de utilidad práctica. Por este motivo, la Federación Vecinal ha propuesto al Ayuntamiento contratar a 50 profesionales para el cuerpo de inspección para que refuercen el insuficiente servicio actual”.
La transformación de edificios residenciales en bloques de apartamentos y la proliferación de arrendamientos de más de 11 días en bajos y viviendas “es el previsible escenario que va a traer la nueva normativa, todo ello conviviendo con una enorme bolsa de viviendas turísticas ilegales”. Mientras tanto, “València seguirá arrojando los índices más altos del país de subida de alquileres y de escasez de vivienda”.
Ilegalidades y abusos en todos los barrios
En el Pleno de asociaciones vecinales celebrada la semana pasada, la FAAVV propuso intensificar su campaña 'Que tu vecina/o no pierda el nombre', para animar a que las comunidades de propietarios impidan la transformación de viviendas en alojamiento turístico y promoviendo, en todas las asociaciones y colectivos vecinales, llevar a cabo mapas del alojamiento hotelero en sus barrios para denunciar al Ayuntamiento las ilegalidades y los abusos existentes.
Según la FAAVV, “las noticias y cifras confusas a las que podamos asistir han de confrontarse con la realidad de lo que pasa en nuestras calles, en nuestros edificios y barrios creando espacios y ofreciendo medios para facilitar la tramitación y seguimiento de las denuncias y buscando la ejemplaridad en las sanciones y la extensión de las sentencias”.
En los últimos diez años, “los apartamentos turísticos llevan creciendo a costa de la vivienda residencial y, muy especialmente, de la vivienda destinada al alquiler”. Por lo que, para la entidad vecinal, “los pisos turísticos han de volver al mercado residencial para que la oferta empiece a ser asumible; recuperar estas viviendas para el uso residencial en un escenario de emergencia habitacional como el que vivimos es la razón de fondo en este empeño urgente de combatir las viviendas de uso turístico y el desmedido crecimiento del alojamiento hotelero en la ciudad”.
Novedades de la normativa recurrida
La nueva normativa sobre apartamentos turísticos debe impedir que superen un 2% del parque total de viviendas de cada barrio y distrito y solo podrán ubicarse en bajos o primeras plantas en edificios de uso mixto, siempre y cuando en el mismo rellano no existan viviendas, y deberán disponer en todo caso de acceso (mediante escalera y ascensor) independiente desde la calle, separado del de los vecinos.
Además incluye tres candados que actúan de forma simultánea, es decir, cualquier nueva implantación de alojamiento turístico deberá cumplir los tres filtros a la vez. Basta con que se supere cualquiera de los tres umbrales para que la actividad quede bloqueada en esa zona concreta —barrio, distrito o manzana—, con independencia de los valores que arrojen los otros dos indicadores.
Uno de los topes previstos en la modificación de las normas urbanísticas del PGOU para estos usos establece que el número de plazas turísticas totales, ya sean de hoteles, apartamentos o viviendas turísticas (VUT), nunca podrá superar el equivalente al 8% de los habitantes empadronados en todos y cada uno de los barrios y distritos de la ciudad. Una vez rebasado ese umbral, la creación de plazas turísticas quedará bloqueada para mantener el equilibrio entre la capacidad de alojamiento y el vecindario.
Un segundo umbral de bloqueo, encaminado a proteger el uso residencial de las viviendas, garantiza que sólo un máximo del 2 % del total de viviendas de cada barrio y distrito pueda destinarse a uso turístico, ya sea como apartamento o como bloque de apartamentos. Por debajo de ese límite, solamente se permitirán en bajos y primeras plantas y siempre por debajo del uso residencial, de manera que nunca podrán coexistir con viviendas al mismo nivel. La normativa les obliga también a disponer de acceso propio desde la vía pública independiente del de los vecinos, además de contar con la preceptiva autorización por mayoría cualificada de la comunidad de propietarios.
Un tercer nivel de protección va orientado a proteger a los pequeños locales y la diversidad comercial y de servicios. En este caso, el candado opera en las plantas bajas de cada manzana, en las que solo se permitirá hasta un máximo del 15 % de cualquier tipo de alojamiento turístico en parcelas con uso dominante residencial sobre el total de locales de la manzana.