Regularización de inmigrantes: entra el Supremo
El Tribunal Supremo parece decidido a presentar una cuestión prejudicial sobre el Real Decreto de regularización de inmigrantes de 2026. De lo contrario, no tendría sentido que hubiera preguntado a la Abogacía del Estado, por un lado, y a la de las comunidades autónomas que ya habían interpuesto recursos contencioso administrativos contra dicha norma, por otro, si consideran oportuno o incluso necesario elevar una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE)
Con el historial de regularizaciones de inmigrantes en España no parece que sea necesario elevar al TJUE ninguna cuestión prejudicial. Antes de esta regularización de 2026 se han producido seis regularizaciones, cuatro con gobiernos socialistas (1986, 1991, 1996 y 2005) y dos con gobiernos del PP (2000 y 2001). En ninguna de ellas se ha considerado necesario formular pregunta de ningún tipo a la justicia europea. Se ha entendido siempre que esta era una cuestión que incumbía al Estado español y que eran sus órganos políticos y judiciales quienes tenían que tomar la decisión.
Todavía en este 2026 la Comisión Europea ha subrayado que España no estaba cometiendo ilegalidad de ningún tipo en su proyecto de regularización de inmigrantes irregulares en el país que dispusieran de un arraigo demostrable. Al tratarse de personas que ya están desde hace tiempo en el territorio del Estado español, es España quien tiene la competencia sobre cómo reaccionar y abordar la actuación legal de la inmigración.
Dado el tiempo transcurrido desde la última regularización -21 años- y dado el origen de esta regularización de 2026 en una iniciativa legislativa popular secundada por más de 700.000 firmas, parece razonable concluir que no ha habido precipitación por parte del Gobierno, ni se han tomado atajos para adoptar la medida.
El apoyo a la regularización ha sido muy mayoritario en la sociedad española. Ha sido inequívoco e incluso se podría decir que beligerante por parte de las organizaciones sindicales y por un actor tan cualificado como la Iglesia Católica y, aunque con algunas reservas, también por las organizaciones patronales.
El texto del Real Decreto ha recibido el aval del Consejo de Estado tanto en lo relativo a la legitimidad del instrumento normativo como, en términos generales, al contenido del mismo, aunque, como suele ocurrir en estos casos, el Consejo formuló observaciones y críticas con la finalidad de mejorar el texto y de que no existieran reservas sobre el mismo. El Gobierno aceptó las observaciones del Consejo de Estado, haciendo uso en su aprobación de la fórmula “de acuerdo con el Consejo de Estado”.
De todas las regularizaciones aprobadas hasta la fecha no hay ninguna que se haya aprobado con tanto apoyo social, con un análisis tan detenido de las circunstancias que concurrían en el proceso de regularización y después de constatar que el número de inmigrantes que ya estaban residiendo en España sin tener regularizada su situación era muy alto.
A pesar de ello no se puede pasar por alto que la preocupación en la Unión Europea por la inmigración ha ido siendo cada vez mayor y que la apuesta no solamente del Estado, sino también de la sociedad española, por la inmigración no coincide con la posición de la mayor parte de los países de la Unión. Ni mucho menos con la sombra que proyectan los Estados Unidos de Donald Trump. Pero, con las cautelas que se contienen en el real decreto, no parece probable que el TJUE lo anule.
Si el PP no estuviera tan presionado por Vox es más que probable que esta regularización se hubiera aprobado con más serenidad y mucho menos ruido institucional. Pero las cosas son como son y la derecha que tenemos es la que tenemos. Y lo que nos queda.