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A vueltas con las nacionalidades

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En el primer anteproyecto de la Constitución, que se publicó en el Boletín Oficial de las Cortes, el artículo 2 estaba redactado en los siguientes términos: “La Constitución se fundamenta en la unidad de España y la solidaridad entre sus pueblos y reconoce el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran”.

Parece fuera de toda duda que el constituyente español de 1978 tuvo claro desde el primer momento, aunque no las mencionara por su nombre, que en España no había solamente regiones, sino también “nacionalidades”. La inclusión de las nacionalidades en el texto constitucional no se produjo como consecuencia de una carambola inesperada, sino que estuvo desde el principio. A pesar de que la redacción del artículo 2 experimentó diversos cambios a lo largo de la etapa constituyente, en lo que afecta a la unidad de España y a las nacionalidades y regiones como los elementos que la integran, no hubo cambio alguno.

En realidad, el acuerdo sobre su inclusión en la Constitución fue casi unánime. Únicamente Alianza Popular se posicionó contra su inclusión. Es decir, 16 escaños representativos del 8,21% de los votos válidamente emitidos estuvieron en contra de que el término “nacionalidades” se incorporara a la Constitución. 

Sin el golpe de Estado del 18 de julio de 1936 y la posterior guerra civil, es posible que el término nacionalidades no se hubiera incorporado a la Constitución en España. Todos los territorios constitutivos del Estado “integral” de la Constitución de 1931 habían aceptado su definición constitucional como “regiones” y de lo que se estaban ocupando era de iniciar el ejercicio del derecho a la autonomía mediante la aprobación del correspondiente Estatuto. Sin el golpe de Estado y la guerra civil es prácticamente seguro que antes de que acabara la década España estaría configurada en su totalidad por regiones autónomas, posiblemente las que habían sido identificadas como tales en la Ley del Tribunal de Garantías Constitucionales.

Pero el golpe de Estado se produjo y el proyecto de descentralización política que se inició en 1931 con vocación de proyectarse de forma generalizada en todo el territorio, fue arrancado de raíz. No desapareció por completo de los programas políticos de distintos partidos, pero sí de la práctica política. Habría que esperar a que se empezara a vislumbrar el fin del régimen del general Franco, para que la descentralización ocupara de nuevo un lugar destacado en la agenda política. Y es en este momento cuando el término “nacionalidades” se inserta en el debate. La experiencia descentralizadora de la Segunda República tenía que figurar de alguna manera en la Constitución que tendría que sustituir a las Leyes Fundamentales del Régimen de Franco.

En torno al debate del artículo 2 del Anteproyecto de Constitución del 5 de enero de 1978 se fraguó el consenso constituyente, con base en el cual se ha construido la experiencia democrática más prolongada de la historia de España. 

Dicho consenso constituyente viene sufriendo un proceso de erosión desde casi comienzos del siglo XXI, pero se está acelerando de manera muy notable desde que la extrema derecha ha conseguido tener una representación política autónoma de tamaño considerable en el sistema político español. Vox ha dejado claro desde que irrumpió en el panorama político que no reconoce no ya la existencia de nacionalidades, sino que no está de acuerdo con la constitución de las regiones en Comunidades Autónomas. El Estado unitario y centralista sigue siendo su proyecto para España. Ello no le impide formar parte del Gobierno de una Comunidad Autónoma, ni al PP aceptarlo en esa condición, como acaba de ocurrir en Castilla y León, y como verosímilmente ocurrirá en Andalucía primero y en el Gobierno de la Nación después, si los números lo permiten en este segundo caso. 

Tener en el Gobierno del Estado, de varias Comunidades Autónomas y de un considerable número de municipios a un partido que está radicalmente en contra del núcleo esencial del pacto constituyente,  puede convertirse en un punto de no retorno. Especialmente cuando al PP, como hemos visto esta pasada semana, le tiemblan las piernas cuando sus máximos dirigentes, Alberto Núñez Feijóo y Elías Bendodo, el primero en Catalunya y el segundo en declaraciones a El Mundo, se introducen en el jardín de las “nacionalidades”. La firmeza de Vox ha hecho recular a los dirigentes del PP. Si eso es así en este momento, ¿qué no ocurrirá con Vox en el Consejo de Ministros?

Nadie puede llamarse a engaño, porque estamos avisados. Vox se está presentando a pecho descubierto de la misma manera que lo hizo Donald Trump en 2016. 

Veremos.

En el primer anteproyecto de la Constitución, que se publicó en el Boletín Oficial de las Cortes, el artículo 2 estaba redactado en los siguientes términos: “La Constitución se fundamenta en la unidad de España y la solidaridad entre sus pueblos y reconoce el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran”.

Parece fuera de toda duda que el constituyente español de 1978 tuvo claro desde el primer momento, aunque no las mencionara por su nombre, que en España no había solamente regiones, sino también “nacionalidades”. La inclusión de las nacionalidades en el texto constitucional no se produjo como consecuencia de una carambola inesperada, sino que estuvo desde el principio. A pesar de que la redacción del artículo 2 experimentó diversos cambios a lo largo de la etapa constituyente, en lo que afecta a la unidad de España y a las nacionalidades y regiones como los elementos que la integran, no hubo cambio alguno.