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El Tribunal de Cuentas cree que las mutuas de accidentes deben poder arrendar sus inmuebles

El Tribunal de Cuentas cree que las mutuas de accidentes deben poder arrendar sus inmuebles

EFE

Madrid —

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El Tribunal de Cuentas ha pedido al Ministerio de Empleo que analice la posibilidad de permitir a las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales que alquilen a terceros los inmuebles vacíos que pertenecen a su patrimonio histórico, lo que redundaría en una mayor solvencia.

En un informe de fiscalización, recomienda también a Empleo que analice la opción de que las mutuas que necesiten alquilar un local puedan acceder al censo de inmuebles vacíos gestionado por la Tesorería General de la Seguridad Social si se adapta alguno a sus necesidades, para ahorrar y optimizar los recursos públicos.

El Tribunal cree que la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social debería determinar los requisitos que deben cumplir las inversiones que las mutuas solicitan realizar en inmuebles de su patrimonio histórico y que son sufragadas con recursos de la Seguridad Social.

Asimismo, le pide controles para verificar que son necesarias esas inversiones, que se efectúan en locales que van a iniciar su actividad en un plazo razonable de tiempo y que van a continuar también lo suficiente para optimizar dicha inversión.

También le propone adoptar las medidas oportunas contra las mutuas que suscribieron préstamos con cargo a su patrimonio histórico e impulsar una actuación homogénea para cuando suscriben contratos de arrendamiento.

En relación con la segregación de los servicios de prevención de riesgos, el Tribunal le pide que solvente las incidencias e irregularidades que provocaron la opinión desfavorable de la Intervención General de la Seguridad Social para nueve de las mutuas analizadas, porque no se había producido la efectiva segregación.

Así, explica que, en su informe, la Intervención General ya indicaba incidencias en los datos aportados por las mutuas sobre sus bienes y la ubicación de los mismos, así como las fechas de adquisición, al tiempo que veía incumplimientos en los informes de auditoría.

La Intervención General manifestaba también la necesidad de que las deudas pendientes de cobro por el patrimonio de la Seguridad Social o su patrimonio histórico debían ser objeto de regularización o garantía, previamente a cualquier operación relacionada con la sociedad de prevención.

Respecto a la propia Intervención General de la Seguridad Social, el Tribunal de Cuentas le pide que determine si las mutuas están exentas de aplicar el IVA en las enajenaciones de bienes de inmovilizado.

Recomienda en particular a la Mutua Montañesa solicitar la firma de un nuevo convenio con el gobierno cántabro por la cesión del 20 % de un edificio en el que se encuentra instalado el Instituto Cántabro de Seguridad y Salud en el Trabajo, que garantice la compensación de los costes en los que incurre el patrimonio de la Seguridad Social en dicho inmueble.

A las mutuas Fremap y Solimat, les aconseja realizar comprobaciones periódicas de su inventario y regularizar las diferencias que se puedan producir como consecuencia de la comprobación física de la existencia y funcionamiento de los bienes.

El TC recomienda a la Mutua Gallega cancelar el arrendamiento de los dos inmuebles que tiene alquilados a la Sociedad de Prevención por contravenir lo dispuesto en el Reglamento de Colaboración de las Mutuas de Accidentes de trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social.

En la misma línea, a la Mutua de Accidentes de Canarias le aconseja cancelar el arrendamiento de los locales que tiene alquilados a un tercero por contravenir también el citado reglamento.

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