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La Justicia investiga la amnistía que Hacienda otorgó en 2010 a los evasores de la lista Falciani

Oficina del HSBC.

elDiario.es

La Audiencia Provincial de Madrid ha ordenado investigar la supuesta amnistía de evasores que la Agencia Tributaria (AEAT) puso en marcha en mayo de 2010 y que permitió a cientos de ellos evitar condenas de hasta seis años de cárcel al permitirles regularizar su situación, según informa El País.

Los magistrados han dado la razón al Sindicato de Técnicos de Hacienda (Gestha) y obligan al Juzgado de Instrucción número 37 de Madrid a que prosiga el proceso contra María Dolores Bustamante, exdirectora de Gestión Tributaria, y Carlos Cervantes, exdirector de Inspección, a los que ese colectivo acusaba de prevaricación. El tribunal archiva de momento el caso respecto al exdirector de la AEAT Juan Manuel López Carbajo, que dirigió todo el proceso.

Durante la primavera de 2010, la entonces ministra de Hacienda, Elena Salgado, recibió un listado de contribuyentes españoles con cuentas en la filial suiza del banco HSBC. Era la lista Falciani, algunos de cuyos integrantes están saliendo a la luz estos días, gracias a una investigación del diario francés Le Monde y varios medios internacionales (en España, El Confidencial y La Sexta).

Unas semanas después de que Salgado recibiera el listado, la Agencia Tributaria envió un requerimiento a 558 titulares de cuentas opacas con unos 6.000 millones de euros en la filial suiza del HSBC, con lo que les permitió regularizar el dinero en vez de seguir el procedimiento habitual de iniciar una inspección fiscal que hubiera acarreado mayores sanciones, delitos fiscales y cárcel.

El 25 de junio de 2010, la dirección de la Agencia remitió un comunicado interno a sus “delegados especiales” con las siguientes instrucciones: “Entendemos que solo las rentas derivadas de dichas cuentas son las que deben dar lugar a la sanción, debiendo considerarse que el resto de rentas se declaran de forma espontánea a los efectos del régimen de recargos”. Es decir, solo se revisarían los intereses no declarados. “Por todo ello, si el obligado tributario presenta una autoliquidación que incluya todas las rentas procedentes de las cuentas del HSBC identificadas en el requerimiento, finalizará el procedimiento. En este caso se entenderá que se ha producido una infracción tributaria resultando exigible la correspondiente sanción así como los intereses de demora”.

De esta forma, Hacienda solamente sancionaría con una pequeña multa por los intereses no declarados y dejaría el grueso de las cuentas sin inspeccionar. Con ello, los afectados (entre otros, la familia Botín) apenas pagaron 260 millones al fisco.

Hacienda justificó su decisión por las dudas sobre la validez de la lista, la posibilidad de que prescribieran algunos ejercicios y la posibilidad de que los jueces consideraran que tenía un origen ilícito al haber sido sustraída del HSBC. Sin embargo, los colectivos de inspectores y técnicos de Hacienda consideraron esta política una “amnistía fiscal encubierta”.

El sindicato mayoritario de estos últimos, Gestha, puso una querella contra el director de la agencia, Carbajo, y los directores de Inspección y Gestión, que fueron los que indicaron a todos los delegados regionales de la AEAT el procedimiento a seguir con los evasores de la lista Falciani en un correo electrónico remitido el 26 de junio de 2010. Según mantuvo el sindicato en su querella, esos directivos trataron de “dejar impunes” los presuntos delitos contra la Hacienda Pública que esos defraudadores hubieran podido cometer.

Archivada

La querella, sin embargo, fue archivada por el Juzgado de Instrucción número 37 de Madrid al considerar que, para poder existir prevaricación, debía haber una “resolución administrativa”. Gestha recurrió esa decisión ante la Audiencia Provincial de Madrid, que le ha dado la razón. Los magistrados de su sección primera afirman, según El País, que ese correo electrónico es “un acto administrativo que supone una declaración de voluntad de contenido decisorio y que afecta a los derechos de los administrados o a la colectividad en general”, por lo que sí podría servir de base para un supuesto delito de prevaricación.

Carbajo queda eximido porque consideran que, a pesar de haber sido el superior común de Cervantes y Bustamante, no existen pruebas contra él. Pero podría volver a ser imputado si surgen pruebas durante la investigación que se va a iniciar.

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