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ANÁLISIS

El juez Peinado oculta datos claves y hechos relevantes que desmontan la cacería judicial contra Begoña Gómez

El juez Peinado asiste a un festejo taurino en Talavera de la Reina, en una imagen de archivo.
22 de septiembre de 2026 22:08 h

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Begoña Gómez, esposa de Pedro Sánchez, presidente del Gobierno, se someterá a un juicio con jurado por tráfico de influencias y malversación. Dos años y medio después de que el juez Juan Carlos Peinado iniciara una causa penal contra ella, el auto de apertura de juicio oral resume en 67 páginas los resultados de su investigación. Todas las pruebas existentes en el sumario que podrían servir de atenuante para la mujer del presidente no aparecen en el escrito que Peinado firmó seis días antes de su jubilación definitiva a los 72 años.

El auto de apertura de juicio oral olvida hechos y datos relevantes, y comete inexactitudes que juegan siempre en contra de Begoña Gómez. El auto de apertura de juicio oral no es recurrible, por lo que Peinado puede jubilarse el próximo domingo con la tranquilidad de que ya no habrá más correcciones a su trabajo por parte de la Audiencia Provincial de Madrid.

La cacería judicial contra la mujer del presidente comenzó en marzo de 2024 por unos hechos que han quedado fuera de la causa: la adjudicación de dos contratos por Red.es, una entidad pública dependiente del Gobierno central, al empresario Juan Carlos Barrabés. Éste incluyó en su oferta al concurso hasta 32 cartas de apoyo de empresas e instituciones, entre ellas una de la Universidad Complutense firmada por Begoña Gómez, como codirectora de un máster. La Guardia Civil elaboró un informe a petición del juez Peinado sobre aquellos hechos sin apreciar indicios del delito. Al instructor no le importó y siguió adelante, para lo que contó con el aval de la Audiencia Provincial de Madrid para investigar “todas las actividades de Begoña Gómez desde que su marido fue investido presidente del Gobierno”.

Como los contratos de Barrabés tenían financiación europea, la Fiscalía Europea asumió la investigación de esa parte de la causa. Pero tras dos años de pesquisas tampoco halló delitos imputables de Begoña Gómez.

Peinado obvia en su relato esta circunstancia y otras muchas que impedirían sostener el juicio al que ha logrado llevar a la mujer del presidente del Gobierno. En su camino instructor, el juez ha dejado varias víctimas inocentes, imputadas por corrupción durante meses hasta que la Audiencia Provincial decidió corregir a Peinado. Hasta 20 resoluciones han sido anuladas por la instancia superior en apenas dos años y medio de instrucción. El juez también olvida casi todos los correctivos que ha sufrido en su auto de apertura del juicio oral.

Una trayectoria profesional privada… con 12 años de docencia en la universidad pública

Peinado comienza su auto de apertura de juicio oral recordando la trayectoria profesional de la acusada y atribuyéndole un aprovechamiento de su condición de mujer del presidente. “Contrajo matrimonio civil con don Pedro Sánchez Pérez-Castejón el 27 de julio de 2006. Es público y notorio que Pedro Sánchez desempeñó el cargo de secretario general del PSOE desde el 26 de julio de 2014 hasta el 1 de octubre de 2016, y nuevamente desde el 17 de junio de 2017 hasta la actualidad, asumiendo la Presidencia del Gobierno de España el 2 de junio de 2018. En ese mismo contexto se produjo un cambio inmediato y significativo en la trayectoria profesional de Begoña Gómez, hasta entonces vinculada al ámbito laboral privado del marketing y la consultoría en el Grupo Inmark, empresa de la que solicitó una excedencia en 2018, coincidiendo con la llegada de su esposo a la Presidencia del Gobierno”.

El juez olvida que Begoña Gómez compatibilizó desde 2012 su trabajo en el Grupo Inmark, donde fue directora de consultoría en externalización comercial, directora de negocio para España y Portugal, y consejera y secretaria del consejo de administración, con la docencia en la Universidad Complutense. Cuando Peinado habla de “un cambio significativo en la trayectoria profesional de Begoña Gómez”, en realidad no es tan significativo, ni siquiera es cambio. Antes de que Pedro Sánchez fuera elegido secretario general del PSOE, su mujer ya codirigía el Diploma de formación continua de Técnico de Fundraising durante los cursos en la Complutense 2012/13 y 2013/14.

Después fue directora del Máster propio en Dirección de Fundraising Público y Privado en Organizaciones sin Ánimo de Lucro desde su primera edición en el curso 2014/2015 hasta su novena edición en el curso 2023/2024. En 2020, propuso la creación de una cátedra en la Complutense, buscó los patrocinios necesarios y la codirigió, sin cobrar un euro por ello, hasta que el juez Peinado abrió una causa contra ella y la Universidad decidió cancelar todos los cursos en los que intervenía Gómez.

Bolaños no tuvo nada que ver con el nombramiento de la asistente

El juez Peinado sostiene que el nombramiento de Cristina Álvarez como asistente de Begoña Gómez “se realizó bajo la dirección de Félix Bolaños García, como secretario general de Presidencia”. La investigación dejó claro que ese nombramiento no fue responsabilidad de Bolaños. Pero Peinado intentó imputarle, para lo que envió una exposición razonada al Supremo. Este Tribunal rechazó la propuesta del juez instructor por la “absoluta ausencia de cualquier indicio mínimamente fundado o dotados de mínima verosimilitud”. El juez cita en su auto el nombre de los dos sucesores de Bolaños al frente de la secretaría general de Presidencia, a los que también llegó a imputar durante un breve espacio de tiempo. 

Patrocinios privados de la cátedra a cambio de supuestos favores... sin prueba que lo sostenga

La Audiencia Provincial de Madrid anuló numerosas resoluciones del juez Peinado recurridas por las partes. Pero también fue construyendo la base argumental en la que se apoyó el instructor para seguir adelante con la causa. Peinado copió esos planteamientos en su auto de apertura de juicio oral: “La implicación de Begoña Gómez podía deducirse del aprovechamiento de su proximidad al Presidente del Gobierno, como su esposa, para ofrecer favores o influencias a cambio de contraprestaciones encaminadas a proyectar su carrera profesional (…) Esto explica el rápido desarrollo de la citada Cátedra, con la diligente consecución de financiación por empresas sometidas a supervisión gubernamental o beneficiarias de importantes subvenciones o adjudicaciones de contratos públicos”.

El juez sugiere, apoyándose en los argumentos de la Audiencia Provincial, que Begoña Gómez consiguió fondos de empresas como Indra, Movistar o Google para su cátedra en la Complutense a cambio de favores del Gobierno de su marido a estas compañías, dos de ellas participadas por el Estado. No hay en toda la investigación ni una sola prueba de esos supuestos favores.

Participación clave de Juan Carlos Barrábes en la cátedra: dos clases, 300 euros

El juez Peinado sostiene que el empresario Juan Carlos Barrabés “participó en la creación, financiación, desarrollo y consolidación de la cátedra” que codirigía Begoña Gómez. En realidad, Barrabés sólo dio dos clases en tres años a razón de 150 euros por cada una.

Dos cartas de apoyo firmadas por Begoña Gómez para un concurso... junto a otras 32 cartas de otras instituciones

“En julio de 2020, Begoña Gómez firmó, en su condición de codirectora del máster, dos cartas de apoyo a ofertas de Juan Carlos Barrabés con la UTE integrada por Innova Next, S.L.U. y The Valley Digital Business School en procedimientos de contratación de la entidad pública Red.es”, escribe Peinado. El auto judicial olvida contar que además del escrito de apoyo de Begoña Gómez había otras 32 cartas iguales, firmadas por responsables de empresas tecnológicas e instituciones, entre ellas el Ayuntamiento de Madrid, gobernado por el PP, quién había adjudicado previamente contratos millonarios a las firmas de Barrabés.

El juez Peinado aclara que aunque esos hechos quedaron fuera de la causa, incluye una referencia a los mismos “como contexto temporal de la actividad desplegada por la acusada y de su posición de influencia”. La UCO de la Guardia Civil le contó al juez que no había encontrado ni un solo indicio de posición de influencia de Begoña Gómez al analizar la adjudicación de dos contratos a Barrabés por parte de Red.es.

Malversación de un software de uso gratuito cuyo “propietario” era un funcionario de la Complutense

Peinado sostiene que Begoña Gómez creó una sociedad con el mismo nombre que la cátedra que codirigía en la Complutense —aunque evita decir que la sociedad no tuvo ingresos— y que puso a su nombre el dominio de internet en el que alojó el software de uso gratuito para pequeñas y medianas empresas. El juez oculta que la mujer del presidente puso a su nombre el dominio de Internet porque así se lo indicó expresamente la Universidad, según correos electrónicos aportados a la causa.

Peinado acusa a Begoña Gómez de no terminar los trámites para registrar la plataforma tecnológica a nombre de la Universidad Complutense, “sin ofrecer explicación a tal omisión”. Pese a que no se inscribió el software a nombre de nadie, el juez Peinado intentó desde siempre atribuir a Begoña Gómez el delito de apropiación indebida, por el que finalmente no será juzgada

El “control privado” del software… asignado a una cuenta de la universidad pública.

Peinado insiste en que “Begoña Gómez, con la colaboración de Cristina Álvarez, fue asegurando el control privado sobre los elementos identificativos y de explotación del proyecto”. El abogado de Cristina Álvarez le desmiente con más documentos: “El rol de propietario ('owner') del software fue asignado a la cuenta institucional 'dmartinez@ucm.es', correspondiente a David Martínez Borque, empleado del Servicio de Sistemas de la Universidad Complutense de Madrid”.

El rol de propietario era el permiso de mayor amplitud dentro del proyecto y permitía administrar sus recursos, gestionar los roles y permisos y configurar su facturación. Por tanto, el control técnico-administrativo del software quedó atribuido a una cuenta corporativa de la Universidad Complutense junto a personal especializado de Devoteam. Ni Cristina Álvarez ni Begoña Gómez figuraron nunca entre los propietarios (owners) del software alojado en Google Cloud Platform.

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