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La Diputación Badajoz impulsa nuevas instrucciones de transparencia en la tramitación de contratos menores

Diputación de Badajoz / http://www.dip-badajoz.es/

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La Diputación de Badajoz ha publicado nuevas instrucciones para tramitar los contratos menores con el fin facilitar el acceso a la información sobre las licitaciones, de publicidad y de transparencia de los procedimientos.

También se pretende impulsar la igualdad de trato y la no discriminación entre los candidatos para legitimar así la actuación administrativa.

Las comunicaciones e intercambios de información de los procedimientos se efectuarán preferentemente de acuerdo con lo que establezcan los órganos de contratación o aquellos a los que corresponda su resolución por correo, telefax, o medios electrónicos, informáticos o telemáticos.

Además, todos los órganos de contratación de las diferentes áreas de la Diputación, así como sus organismos autónomos y consorcios, deberán proceder a publicar en el perfil del contratante, al menos de forma trimestral, una relación de todos los contratos menores que tramiten. El Boletín Oficial de la Provincia (BOP) pacense ha publicado estas instrucciones sobre tramitación de contratos menores para dar cumplimiento a lo establecido en la Ley 19/2013 de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.

Estas disposiciones tratan de implementar un procedimiento “más transparente” en la tramitación de contratos públicos, al tiempo que persiguen dar mayor agilidad y simplificar la tramitación administrativa. La nueva reglamentación tiene por objeto regular la tramitación administrativa y contable de los contratos menores financiados con cargo a los créditos de los programas de gasto de las distintas áreas, organismos autónomos y consorcios de la Corporación Provincial.

Se consideran contratos menores los de importe inferior a 50.000 euros cuando se trate de contratos de obras o a 18.000 euros en relación a otros procedimientos.

En lo que respecta al régimen jurídico, los contratos no podrán tener una duración superior a un año ni ser objeto de prórroga, ni se podrá fraccionar con la finalidad de disminuir la cuantía del mismo para eludir los requisitos de publicidad.

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