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Los expedientes sancionadores de la Xunta por el vaciado de embalses: multas de 25.000 euros y un año para resolverlos

Embalse de la cuenca Miño-Sil

Beatriz Muñoz

7 de septiembre de 2021 22:27 h

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La Xunta de Galicia dejó transcurrir 60 días desde que el primero de los embalses en territorio gallego vaciados por las empresas eléctricas bajó del 20% de su capacidad, hasta que se decidió a abrir un expediente sancionador por lo ocurrido. Lo hizo primero contra la Confederación Hidrográfica Miño-Sil (CHMS), organismo dependiente del Ministerio para la Transición Ecológica, para el que propone cuatro multas –una por cada embalse– con una cuantía global de 100.000 euros. Un día después, inició el proceso contra Iberdrola y Naturgy, las empresas que explotan las presas afectadas en territorio gallego –Cenza, As Portas, Salas y Belesar–. Las sanciones serían de 50.000 euros para cada una de estas compañías.

El argumento central de la Consellería de Medio Ambiente para abrir los expedientes de sanción es que en sus registros administrativos “no consta” ninguna notificación de la Confederación Hidrográfica. La administración autonómica sí recibió, no obstante, dos avisos de Iberdrola –uno del 10 de junio y otro del 12 de julio– en los que la empresa anunciaba su intención de desembalsar agua en Cenza y en As Portas. El pasado jueves, preguntado al respecto, el presidente de la Xunta, Alberto Núñez Feijóo, negó que las compañías hubiesen comunicado su intención y lamentó no tener poder de decisión sobre la gestión de las cuencas del Miño y del Sil. El viernes, horas después de que este diario publicase los correos de la empresa eléctrica remitidos a un departamento del Gobierno gallego, la Consellería difundió que iniciaba el procedimiento para multar a la CHMS. Haría lo mismo poco después con las empresas. Invocaba para ello sus competencias en materia medioambiental.

Las normas a las que se remite la Xunta en este caso son dos. La primera es un decreto del año 1997 de ordenación de la pesca fluvial y de los ecosistemas acuáticos continentales. El artículo 83 de este texto establece que el vaciado de un embalse que pueda afectar a la fauna debe comunicarse con “una antelación mínima de un mes al órgano competente”. La notificación es obligatoria “siempre que el volumen de agua vaciado sea mayor que el 80% del volumen máximo de la masa de agua”. Es a esta mención del “órgano competente” a la que se agarra la Xunta para descargar la responsabilidad sobre la Confederación Hidrográfica Miño–Sil, puesto que es la encargada de la gestión hidrológica. El Gobierno gallego asegura que este órgano no le informó de las intenciones de las dos compañías eléctricas, mientras que la CHMS sostiene que el aviso le llegó por dos vías: los correos de Iberdrola al servicio provincial de Ourense y la información dada a la Consellería de Presidencia a través del 112.

De acuerdo con este decreto, es a la Xunta a quien corresponde establecer medidas para proteger a los peces cuando hay vaciados de embalses. En este caso no las hubo. La Consellería lo justifica con que no recibió la alerta de la Confederación Hidrográfica. En el comunicado remitido a la prensa para informar de la apertura de los expedientes contra Iberdrola y Naturgy asegura que las empresas procedieron a bajar el nivel de los embalses antes de recibir sus instrucciones sobre posibles medidas preventivas y, por lo tanto, sin “la autorización necesaria”. Este es uno de los dos argumentos que da para proponer la sanción. El otro es que los desembalses se hicieron en menos tiempo del establecido en la normativa, que pide avisar con un mes de antelación. En el caso de Cenza, el volumen pasó a estar por debajo del 20% marcado como mínimo en 25 días y en el de As Portas, en solo 12 jornadas. En la actualidad están al 15,63% y al 14,54% de su capacidad, respectivamente.

Los dos embalses explotados por Naturgy no llegaron a pasar la marca del 20% y los últimos datos indican que el de Belesar está al 27,99% y el de Salas, al 26,6%. La Xunta interpreta que, aunque el nivel perdido no haya superado el 80% en estas dos presas, la empresa tendría que haber comunicado igualmente su intención de vaciarlas por los posibles efectos sobre la fauna.

Las posibles multas

La segunda norma que se aplica a este caso es la ley gallega de pesca continental, aprobada este mismo año por el Parlamento gallego y que actualiza un texto de 1992. El artículo 73 enumera los tipos de infracciones administrativas y considera como “grave” la alteración de un modo apreciable del nivel de las aguas o el caudal del río si puede provocar daños a las especies piscícolas. Las sanciones van de 3.001 a 25.000 euros de multa. La Consellería propone que la cuantía sea la máxima, “dada la gravedad de los hechos”. Ha abierto un expediente por cada embalse a la Confederación Hidrográfica, así que el total serían 100.000 euros. También ha iniciado un proceso por cada presa contra las empresas eléctricas, lo que llevaría a que cada una tuviese que pagar 50.000 euros si se confirma la sanción.

Ahora se abre un plazo de un año para que la Dirección Xeral de Patrimonio Natural tome una decisión al respecto. La CHMS y las dos compañías disponen de 10 días para presentar alegaciones una vez reciban la notificación.

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