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CLAVES

Qué es el recuento preliminar que da la victoria al ultra De la Espriella en Colombia y qué pasa ahora

Jurados de votación realizan el conteo de votos en Bogotá en la segunda vuelta presidencial.

elDiario.es

22 de junio de 2026 16:23 h

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Colombia amanece tras las elecciones presidenciales más reñidas de su historia reciente, en las que el ultraderechista Abelardo de la Espriella se ha impuesto al progresista Iván Cepeda por solo 250.830 votos, equivalente a 0,96 puntos porcentuales, según el conteo preliminar publicado por la autoridad electoral. Según este preconteo, con el 99,99% de las mesas informadas, De la Espriella ha obtenido 12.959.542 votos (49,66%), frente a los 12.708.712 sufragios (48,70%) de Cepeda, del Pacto Histórico, partido del presidente colombiano, Gustavo Petro.

Cepeda ha reconocido los resultados preliminares de la segunda vuelta, pero ha anunciado que su campaña impugnará 33.000 mesas de votación, mientras que Petro ha dicho que aceptará el resultado definitivo una vez concluyan las verificaciones legales correspondientes. Con un resultado tan ajustado, que dibuja un país partido en dos, muchas miradas se posan ahora sobre el escrutinio oficial, que dictará el resultado definitivo tras semanas de tensión y cuestionamientos al sistema electoral. ¿En qué se diferencian el preconteo y el escrutinio? ¿Hay posibilidades de un vuelco? Te lo explicamos:

¿Qué es el preconteo y cómo funciona?

El preconteo es el mecanismo mediante el cual la Registraduría Nacional del Estado Civil (RNEC), la entidad encargada de organizar los procesos electorales, divulga resultados preliminares la noche de las elecciones, antes de que finalice el escrutinio oficial. 

No es, por tanto, el resultado definitivo. No tiene efectos jurídicos: el fin es mantener informados a los ciudadanos de manera ágil en la propia jornada electoral, por la tarde, con una primera fotografía de la votación. No incorpora posibles recuentos ni las reclamaciones que puedan presentar los testigos electorales –ciudadanos que vigilan la votación y el escrutinio–.

El preconteo se hace a partir de los datos registrados por los jurados de votación desde cada mesa en las actas electorales (denominadas actas de escrutinio de los jurados de votación o formulario E-14)

Los jurados cuentan los votos y registran los resultados en el Formulario E-14 en tres copias físicas. Una de esas copias, llamada “ejemplar de transmisión”, es entregada a un “transmisor”, que comunica por teléfono los resultados del acta a los Centros de Recepción Telefónica –mediante datos numéricos, sin mencionar nombres de candidatos–. En estos centros, los operadores anotan en un formulario en papel denominado Formato de Recepción Telefónica (FRT) los números que les son dictados uno a uno por teléfono. Se escanea y se procesa por un software de reconocimiento de imágenes para digitalizar la información.

Esta información se procesa, se “consolida” y se publica en boletines informativos en la web de la Registraduría que dan a conocer el avance de los resultados. En estas elecciones, esta fase final corre a cargo de la empresa española Indra. 

En un artículo reciente, el Centro Estratégico Latinoamericano de Geopolítica (abreviado CELAG) desgrana el proceso y señala que desde la recepción telefónica hasta la publicación de resultados no intervienen directamente funcionarios del Estado: todo el proceso posterior a la mesa de votación es operado íntegramente por contratistas y empresas privadas.

¿Qué es, en cambio, el escrutinio?

En Colombia, el escrutinio es el procedimiento técnico y jurídico mediante el cual se revisa oficialmente, se verifica, se valida la información electoral y se define el resultado de unas elecciones. A diferencia del preconteo, tiene validez legal y en él participan autoridades como jueces y notarios (que conforman las comisiones escrutadoras), en presencia de testigos, quienes verifican actas y de ser necesario cuentan de nuevo los votos, para luego meter los datos en el sistema. También pueden participar otras autoridades de control y vigilancia, como la Procuraduría General de la Nación y contar con la presencia de observadores electorales. 

Se realiza con base en los ejemplares del formulario E-14 “de claveros” (una de las tres copias físicas mencionadas anteriormente). Durante el proceso, se asegura la custodia de los pliegos electorales, por ejemplo, por parte de los claveros, quienes protegen los documentos. 

El registrador de Colombia, Hernán Penagos, ha explicado que el conteo de los votos en las mesas fue realizado por cerca de 860.000 jurados de votación en presencia de testigos electorales de ambas campañas, quienes además tuvieron acceso a una plataforma habilitada por el Consejo Nacional Electoral (CNE) para remitir fotografías de las actas y contrastar los resultados reportados por la Registraduría.

Este domingo comenzó el escrutinio municipal, la primera fase del proceso: unas 2.992 comisiones escrutadoras integradas por cerca de 9.000 jueces y notarios revisan las actas electorales y resuelven las reclamaciones que puedan presentar las campañas. Una vez concluya la revisión municipal, el proceso continuará con los escrutinios departamentales a cargo de los delegados del CNE y finalizará con el escrutinio nacional, en el que los magistrados de ese organismo consolidarán los resultados de todo el país y harán la declaración oficial del presidente electo. 

Es decir, los resultados oficiales solo se conocen una vez concluye este proceso. En estas elecciones, se conocerán posiblemente esta semana. 

El ultraderechista Abelardo de la Espriella después de los resultados preliminares que le dieron el triunfo por delante del izquierdista Iván Cepeda, en Barranquilla (Colombia).

¿Ha habido diferencias entre ambos que permita esperar un vuelco en el resultado?

En Colombia, el preconteo suele ser bastante preciso. En la primera vuelta del 31 de mayo, la Registraduría Nacional dijo que los datos preliminares, que fueron cuestionados por el presidente Petro, registraron un nivel de coincidencia del 99,94% frente al escrutinio adelantado por los jueces.

Esta institución hace hincapié en que las diferencias entre el preconteo y el escrutinio no implican irregularidades. “Por lo general, obedecen a los procesos de verificación, revisión de actas y resolución de reclamaciones que se realizan durante el escrutinio oficial”, indica la entidad.

Según un análisis de la Silla Vacía, la diferencia histórica entre el preconteo y el escrutinio no da muchas esperanzas a Iván Cepeda. Desde la elección de Juan Manuel Santos hace 16 años, la brecha entre el candidato que quedó primero y el segundo varió, como máximo, 0,13 puntos porcentuales –en la segunda vuelta de 2010–. En dos segundas rondas –2014 y 2022– la diferencia fue cero, aunque el medio colombiano recalca que eso no significa que no hubiera cambios a nivel de mesa: “Hubo mesas que se anularon o se corrigieron, pero los ajustes no implicaron una mayor ventaja para ninguno de los dos candidatos”.

Para que Cepeda lograra dar un vuelco al resultado, la corrección tendría que ser más de diez veces mayor que cualquiera registrada históricamente, según el mismo análisis, que indica también que, aunque no es imposible, no tendría precedentes. Es decir, sería la primera vez que hay una diferencia de un punto entre el resultado preliminar y el escrutinio presidencial. 

¿Qué pasa con las impugnaciones?

Aunque reconoció los resultados del preconteo, Cepeda anunció este domingo que los equipos jurídicos y vigilancia electoral de su campaña han iniciado la impugnación 33.000 mesas de votación en todo el país. “Nuestro grupo de testigos, decenas de miles de abogadas y abogados, están procediendo a impugnar 33.000 mesas en todo el país. Una a una deberán ser objeto del escrutinio”, señaló.

“Deben ser impugnadas las mesas sin firma de jurados de inmediato. Aún no se puede saber quién es el presidente y hay muchas irregularidades”, expresó por su parte el presidente Petro en X.

Existe un mecanismo para impugnar, ante las autoridades electorales competentes, los resultados obtenidos en los escrutinios, incluyendo las circunstancias de modo, tiempo y lugar que los rodearon, así como el desarrollo general del proceso de votación. El Código Electoral establece diversas situaciones por las cuales los testigos electorales, candidatos y sus apoderados pueden presentar reclamaciones escritas sobre inconsistencias detectadas durante las votaciones y los diferentes escrutinios, para que sean resueltas. 

Según recuerda la Registraduría, estas son “taxativas y excluyentes”, lo cual “exige que los hechos alegados coincidan con alguna de estas e impide que se invoquen causales por deducción o por simple analogía”. Es decir, no se puede impugnar de forma indiscriminada: la reclamación debe estar fundamentada, sustentada en alguna de las causales legales y se deben aportar pruebas. 

Según explica la Silla Vacía, lo más habitual es que durante el conteo de la mesa los jurados de votación o los testigos electorales dejen consignada la inconsistencia en el acta de escrutinio de mesa. Después, en el escrutinio, los abogados de los partidos, los testigos o los funcionarios pueden, basándose en las causales del Código Electoral, pedir que se corrijan las actas o se recuenten los votos (es decir, contarlos de nuevo). 

Si en las actas de los jurados aparecen tachaduras o enmendaduras en los resultados de la votación o hay dudas sobre la exactitud de los cómputos hechos por los jurados, no se puede negar el recuento.

Penagos ha hecho un llamamiento a la tranquilidad tras los resultados preliminares. “Los procedimientos y las autoridades para resolver reclamaciones también están dadas por la ley. Yo quiero invitar a la ciudadanía para que tenga absoluta tranquilidad del proceso que ha venido avanzando”, dijo el registrador.

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