El Consejo de Ministros aprueba las ayudas a los afectados por la granizada
El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo para aplicar las medidas de ayuda contempladas en el Real Decreto de marzo de 2005, que regula las subvenciones destinadas a paliar situaciones de emergencia o de naturaleza catastrófica, a los damnificados por la granizada acaecida en La Rioja el día 24 de mayo.
La referencia del Consejo recuerda que durante la tarde del domingo un inusual temporal de granizo, agua y viento descargó sobre varias localidades de La Rioja Baja, con especial incidencia en Arnedo, Tudelilla, El Villar de Arnedo, Pradejón, Rincón de Soto, Cervera del Río Alhama, Autol, Bergasa, Alcanadre y Ausejo.
Este fenómeno meteorológico, de fuerte intensidad en un corto espacio de tiempo, afectó a carreteras y vías urbanas, dificultando, y en ocasiones paralizando, la circulación.
Provocó numerosos daños en bienes privados y en infraestructuras de titularidad pública, originados por la acumulación de agua por falta de capacidad de absorción de la red de alcantarillado, así como roturas producidas por la violencia del granizo.
Añade que como consecuencia de estos hechos se produjeron interrupciones puntuales en el servicio de suministro eléctrico, así como inundaciones de vías públicas, garajes y locales industriales, con grave riesgo para los ciudadanos y sus bienes, impidiendo el normal desenvolvimiento de sus actividades cotidianas.
En consecuencia, el acuerdo tiene por objeto que el Ministerio del Interior, en colaboración con los representantes de la Administración Periférica del Estado, las Administraciones Territoriales competentes y el Consorcio de Compensación de Seguros, proceda a efectuar las valoraciones y a tramitar los procedimientos administrativos de pago de los daños susceptibles de ser resarcidos conforme a las ayudas previstas en el Real Decreto de 18 de marzo de 2005, reformado por un Real Decreto de 2007, con la máxima urgencia posible.
El Real Decreto en cuestión prevé la concesión de las siguientes ayudas:
-Por destrucción total de vivienda: 15.120 euros; por daños en la estructura de la vivienda: 10.320 euros; por daños no estructurales en vivienda: 5.160 euros; por daños en enseres: 2.580 euros; por muerte o incapacidad absoluta y permanente: 18.000 euros; por daños en elementos comunes de una comunidad de propietarios: 8.000 euros; por daños en establecimientos mercantiles: 8.000 euros.
0