Indemnizan a una familia de Logroño con 16.000 euros tras la pérdida de unos huesos en el osario municipal
Una familia de Logroño será indemnizada con 16.000 euros tras la pérdida de los huesos en el osario municipal, pedían “al menos 60.000 euros”. Los hechos se remontan a 2010, año del fallecimiento. Ese mismo año, a la familia se le concedió un nicho en el cementerio municipal, y una vez cumplido el plazo inicial de concesión, solicitaron su renovación que fue expresamente autorizada por el Ayuntamiento de la capital riojana. Sin embargo, durante la vigencia de dicha concesión, los restos óseos fueron trasladados de forma errónea al osario común, impidiendo su posterior identificación e individualización.
La familia tuvo conocimiento de este traslado indebido en 2021 y presentó una reclamación de responsabilidad patrimonial ante el Ayuntamiento, que reconoció el funcionamiento anormal del servicio público funerario y fijó inicialmente una indemnización de cuantía inferior. Disconformes con esa valoración, los afectados acudieron a la vía judicial, obteniendo una primera sentencia que elevó la indemnización hasta los 16.000 euros por los daños morales causados.
Frente a esta resolución, los familiares interpusieron recurso de apelación solicitando una indemnización mayor (al menos 60.000 euros), al considerar insuficiente la cuantificación del daño moral sufrido, especialmente por la imposibilidad definitiva de acudir a un lugar concreto donde honrar y recordar al familiar fallecido. Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, tras analizar el recurso, concluye que la indemnización fijada en primera instancia de 16.000 euros es “razonable, proporcionada y ajustada a Derecho”, al tener en cuenta el vínculo familiar, el impacto emocional derivado de la pérdida irreversible de un lugar de enterramiento. La Sala subraya que no se aprecia error ni irracionalidad que justifique su revisión y de hecho a desestimado el recurso de apelación y confirma íntegramente esta resolución dictada en primera instancia por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Logroño que fijaba la cuantía de la indemnización en 16.000 euros más los intereses legales correspondientes.
0