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La Rioja establece las ayudas a la vigilancia de cotos y al control de especies cinegéticas

La Rioja establece las ayudas a la vigilancia de cotos y al control de especies cinegéticas

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El Boletín Oficial de La Rioja publica este viernes la Orden STE/27/2023, de 2 de mayo que establece las bases reguladoras de las ayudas para la contratación del servicio de vigilancia obligatorio de los cotos de caza y pesca de La Rioja y las ayudas a la financiación de controles de especies cinegéticas que causan daño a la Agricultura.

Las nuevas bases reguladoras elaboradas desde la Dirección General de Biodiversidad responden a las novedades que plantea la nueva Ley 8/2022 de Caza y Gestión Cinegética de La Rioja, la cual se acordó con la Federación Riojana de Caza y otros actores del sector, y que establece en su artículo 59 que “todo terreno cinegético deberá disponer de un servicio de vigilancia, propio o contratado”, para que ejerza un control más riguroso, adaptado a sus condiciones específicas, que dé información a los usuarios del mismo y que realice un seguimiento y control de las poblaciones de caza.

En la convocatoria de ayudas que se emitirá próximamente, se contempla una inversión de 99.500 euros para este concepto. Esta obligación representa para los titulares de estos terrenos un gasto considerable y, en algunos casos, difícil de asumir, por lo que se regulan estas ayudas para aliviar esta carga, sobre todo pensando en sociedades de cazadores u otros titulares de escaso poder adquisitivo, para lograr una adecuada ejecución de la actividad cinegética, especialmente en aquellos casos en que el acceso a la caza se facilita con marcado carácter social y deportivo a una cantidad importante de cazadores.

En cuanto a los daños causados a la agricultura por la presencia de fauna cinegética, también se entiende que supone unos costes añadidos a los titulares cinegéticos que asumen los controles poblacionales, por lo que esta gestión de los cotos podrá ser apoyada mediante una financiación parcial de los costes asociados a la misma.

Las mismas ayudas contemplan también a los cotos de pesca, cuya gestión se encarga a entidades colaboradoras, dado que tienen unos requisitos mínimos en función de los tramos de río o masa de agua que les toca cubrir que exige una vigilancia diaria constante durante la campaña de pesca.

“Estas ayudas contribuirán a un control más efectivo de las poblaciones de conejo mediante jornadas de vigilancia y jornadas de control de esperas de la caza mayor y de control recechos de corza, con el fin de disminuir la presión de estas especies sobre los cultivos y, consecuentemente, reducir los daños”, ha destacado el Ejecutivo regional en una nota.

Los beneficiarios de estas ayudas serán los titulares de los cotos de caza o pesca o los adjudicatarios de los aprovechamientos cinegéticos de los mismos que conlleven la contratación de un servicio de vigilancia. Se hará una convocatoria anual en régimen e concurrencia competitiva, que para este año contempla una inversión de 99.500 euros, en las que se priorizará las horas de vigilancia efectiva, las entidades sin ánimo de lucro y las entidades locales.

Para las sociedades o asociaciones de caza, se contemplan importes de 3,5 euros por hora, 2,5 euros por hora para entidades locales y de 1,5 euros para el resto de beneficiarios por las labores de vigilancia. Las labores de control de especies tienen otra valoración: de 3,5 euros por hora para el control del conejo, de 3,5 euros en caza mayor y de 7 euros en los recechos de corza.

La vigilancia de cotos de pesca, tienen una valoración de 10 euros por hora para los cotos sociales, 7 euros por hora para entidades colaboradoras y 5 euros por hora para personas físicas.

En todos los casos se establece que las ayudas, según el tipo, llegarán hasta un porcentaje del total de gastos que oscila desde el 100% de la vigilancia obligatoria en los cotos de pesca o hasta el 50% del gasto efectuado para el pago de la vigilancia mínima en los cotos de caza.

El importe de la ayuda por hora correspondiente a cada solicitante que cumpla los requisitos exigidos en la presente Orden dependerá del número de solicitudes correctas, de las disponibilidades presupuestarias y del gasto real efectuado.

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