Velocidad máxima de 30 km/h en todas las calles con un carril por sentido
La nueva ordenanza de Movilidad de Madrid acaba de empezar a andar. El equipo que dirige Inés Sabanés ha explicado las líneas generales de la propuesta y colgado el primer borrador de la ordenanza, que ahora va a ser consultado con asociaciones y grupos interesados en opinar sobre la normativa.
A primera vista, llama la atención la intención municipal de conseguir un calmado de tráfico a través de la limitación por ley de la velocidad máxima a 30 km/h en todas las calles de la ciudad de sentido único o las que tengan solo un carril por sentido. También se limita a 20 km/h la velocidad máxima en las calles con plataforma única.
La nueva propuesta de ordenanza intenta proteger primero al peatón, prohibiendo expresamente la circulación de otros vehículos por las aceras. Y limita el uso de las aceras por parte de las motos, que solo podrán aparcar en la acera donde no haya posibilidad de hacerlo en la calzada, y deberán dejar siempre al menos tres metros de paso para las personas.
La ordenanza también protege especialmente a las bicicletas, que podrán girar a la derecha con semáforos en rojo, siempre que esté indicado. Y circular en ambos sentidos por calles residenciales -las limitadas a 20 km/h- independientemente del sentido del tráfico de coches y motos.
Líneas generales de la ordenanza:
La normativa prohibirá el estacionamiento en acera de cualquier vehículo sobre pavimentos podotáctiles y recoge que en los nuevos pasos de peatones, así como en todas las reformas, se deje espacio libre entre los pasos de peatones y la banda de estacionamiento para una mayor visibilidad. Además, se crea la posibilidad de declarar “zonas de prioridad peatonal”, donde quedará prohibido el estacionamiento de motos y bicis.
Respecto a los peatones, aclarará las posibilidades de movilidad que tienen como, por ejemplo, poder cruzar una ‘calle 30’ por cualquier punto sin necesidad de utilizar un paso de peatones.
Fomento de la movilidad ciclista
El Ayuntamiento también ha recogido algunas demandas ciclistas para favorecer el uso de este medio de transporte sostenible. Así, se incluirá la posibilidad de giro a la derecha con semáforo en rojo siempre que esté señalizada y se permitirá la circulación en ambos sentidos en calles residenciales (aquellas con velocidad de 20 km/h o inferior), ciclocalles y red viaria local si se señaliza.
También se regula el registro para bicis, que será obligatorio para los servicios de alquiler y otras actividades económicas, y expresamente se citará la posibilidad de retirar bicicletas por motivos de seguridad vial, peatonal o afección al patrimonio municipal. Ante la llegada de nuevos sistemas de bicicleta de alquiler sin base fija, también se establecerán sus requisitos mínimos: seguros, matrícula, redistribución, mantenimiento y controles técnicos, en tanto que a través de concesión se garantizará que sus servicios estén disponibles en toda la ciudad.
Estacionamiento de vehículos de dos ruedas
El estacionamiento en las aceras se prohibirá donde exista banda de estacionamiento, en zonas señalizadas como de prioridad peatonal y será obligatorio dejar tres metros de espacio libre para el tránsito peatonal. Para las bicicletas, se podrán usar las barandillas separadoras entre calzada y acera, cuando las haya.
Como en el caso de las bicicletas, se regulan las tarifas específicas para estacionar en los aparcamientos municipales, y se mantiene en todo caso la gratuidad de estacionamiento en zonas de estacionamiento regulado.
Vehículos de movilidad urbana
La nueva Ordenanza de Movilidad regulará por primera vez los vehículos de movilidad urbana, para cuya conducción se exigirá una edad mínima de 16 años y cuyos usuarios no podrán circular con auriculares.
Se adopta la clasificación de estos vehículos por tipologías recogida en la correspondiente instrucción de la Dirección General de Tráfico, de forma que los A (plataformas de una o dos ruedas y patinetes con motor) si se utilizan para actividades económicas deberán tener seguro y utilizar casco, igual que los B (vehículos de tipo “segway” y patinetes eléctricos) que, además, podrán circular en grupos de hasta 6 personas más una que actúe como guía siempre que cuenten con autorización de itinerarios, y estarán obligados a tener timbre, luces y elementos reflectantes. Por último, los clasificados como C0, C1 y C2 (bicicletas con cesta grande, bici pasajeros, trixie, bici con pasajero mirando hacia atrás y bicicleta con cesta para distribución de mercancía) tendrán las mismas obligaciones.
Asimismo se establece un límite de velocidad de 20km/hora para todos ellos y las zonas en que pueden circular y aparcar según los casos (aceras-bici, calzadas, parques, etcétera).
Patines, monopatines y patinetes
Los monopatines solo tendrán uso deportivo y no podrán circular por calzadas, aceras, zonas peatonales y vías ciclistas, mientras que los patines y patinetes sin motor podrán ir por las aceras a ritmo de peatón y por los carriles por los que circulan las bicicletas.
Se prohibirán las ‘bicibirras’ y, con carácter más general, las bicicletas que transporten a más de dos ocupantes en la ciudad, y se contemplará expresamente el traslado de mercancías y mascotas en bicicleta.
Paradas y aparcamientos
Se regulará la parada de taxi en carril bus-taxi para subida y bajada de viajeros por un tiempo máximo de dos minutos, pero no se permitirá la parada para esperar dentro del vehículo al cliente, en los servicios previamente concertados mediante teléfono o app, ni a los taxis ni a los VTC en estos carriles.
También estará prohibido autorizar reservas en la vía pública para el estacionamiento de vehículos particulares de trabajadores de empresas y organismos públicos.
Entre las novedades del Servicio de Estacionamiento Regulado (SER), está prevista la posibilidad de que hospitales y otros centros soliciten la creación y regulación de aparcamiento en ámbitos sanitarios y de larga estancia, permitiendo así a los pacientes y personas que les acompañen –por ejemplo, para tratamientos ambulatorios de larga duración- estacionar en períodos más extendidos y en su caso con distinto coste al general del SER.
También, se recogerá la prohibición de estacionamiento de vehículos sin distintivo ambiental desde 2020 excepto residentes (2025), vehículos comerciales ya en alta (2022) y vehículos de 2 y 3 ruedas, personas con movilidad reducida y emergencias. Estas normas están contempladas en la medida 6 del Plan A de Calidad y Cambio Climático.
Por otra parte, los aparcamientos públicos tendrán la obligación de informar del nivel de ocupación en tiempo real.
Zonas de Aparcamiento Vecinal
En las zonas colindantes al SER se implantarán las Zonas de Aparcamiento Vecinal siempre que se produzca una solicitud de los ciudadanos mediante un proceso de participación. Los vecinos de esos barrios no pagarán ninguna tasa ni tendrán límite de tiempo de estacionamiento.
Transporte en vehículos de turismo y calidad del aire
A los vehículos turismo que presten servicios de transporte, tales como taxi y VTC, se les exigirán requisitos ambientales para circular por la ciudad. Así, como ya sucede con el taxi en virtud de las modificaciones introducidas en la ordenanza municipal, para circular por la ciudad todas las nuevas VTC tendrán que ser ECO o CERO, y C en el caso de vehículos adaptados. Para los vehículos de turismo que ya se dediquen al servicio de transporte de personas cuando entre la ordenanza en vigor, habrá un régimen transitorio, de modo que hasta el 31 de diciembre de 2022 podrán seguir circulando los B y los sin etiqueta, y los C podrán circular hasta el 31 de diciembre de 2027.
Personas con movilidad reducida
Este colectivo está considerado especialmente protegido de cara a la seguridad vial y a los aparcamientos. De esta manera, tendrán prioridad para acceder a la reserva de plazas de aparcamiento público. También se intensificará la vigilancia de las plazas reservadas para las personas con movilidad reducida en aparcamientos de centros comerciales y de ocio; y se prohibirá el estacionamiento de motos sobre pavimentos podotáctiles ubicados en las aceras.
Asimismo, se regulará el uso de sillas de ruedas motorizadas, permitiendo su uso por zonas peatonales y aceras bici cuando su ocupante sea titular de tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida (TEPMR), y los eurotaxis podrán recoger y dejar a estos usuarios en las reservas de estacionamiento para dicho colectivo. Finalmente, se definirá en la ordenanza un régimen de prioridad máxima para este colectivo de cara a la asignación de plazas en aparcamientos municipales de residentes.
En cuanto al transporte público colectivo, se protegerá especialmente la accesibilidad universal a las paradas y autobuses.
Carga y descarga
La carga y descarga tendrá un control de tiempo de ocupación mediante tique electrónico. El tiempo máximo para realizar operaciones de carga y descarga en las reservas se fijará por Junta de Gobierno. El horario general será de 7.00 a 22.00 horas para vehículos de menos de 18 toneladas y de 22.00 a 7.00 horas para vehículos de más de 18 toneladas. Estos vehículos tendrán que darse de alta en el nuevo registro de distribución urbana de mercancías.
Para el transporte de mercancías en bici, será obligatorio el uso del caso y seguro.
Sanciones
La nueva ordenanza prevé, en el capítulo de sanciones, la retirada de bicicletas y vehículos de movilidad urbana de las vías y espacios públicos cuando perturben o causen peligro, se regulará la retirada de vehículos averiados o accidentados de la vía pública mediante la grúa municipal cuando afecten a la fluidez del tráfico y se establecerá una responsabilidad para los establecimientos por el uso sistemático de la vía pública como la doble fila, ocupación de aceras y espacios peatonales, etcétera.
Como novedad también se incluye el periodo de aviso de 2 meses para nuevos radares, dispositivos foto-rojo y otras medidas de control.
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