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El Colegio de Enfermería pide a Salud que habilite una solución transitoria sobre la prescripción enfermera

El Colegio de Enfermería pide a Salud que habilite una solución transitoria sobre la prescripción enfermera

EUROPA PRESS

PAMPLONA —

La petición ha sido realizada por la Junta de Gobierno del Colegio durante la reunión que ha mantenido este lunes con el consejero de Salud, Fernando Domínguez, tras la publicación el pasado 23 de diciembre en el BOE de Real Decreto 954/2015 por el que se regula la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de los enfermeros.

Ese mismo día, el departamento de Salud emitió una instrucción a los profesionales sanitarios en la que consideraba que actualmente no es posible la aplicación del Real Decreto (RD). En dicha norma se indica que el profesional prescriptor “ha tenido que determinar el diagnóstico, la prescripción y el protocolo o guía de práctica clínica y asistencial a seguir” y que dichas guías han tenido que ser validadas conforme a lo establecido en el artículo 6 de dicho RD. Tal como apuntaba la instrucción de Salud, y también se ha puesto de manifiesto este lunes en la reunión, “dichos protocolos no se han elaborado”.

Por último, dicha comunicación anunciaba que “en el caso de que se produjese alguna reclamación en virtud de la figura de la responsabilidad patrimonial sanitaria”, será el Servicio Navarro de Salud el que hará frente a la posible indemnización que pueda producirse.

Los representantes del Colegio -Arantxa Osinaga, vicepresidenta; Maribel Gómez, secretaria; y Nacho González, vocal- han agradecido la respuesta del departamento con la instrucción remitida a los profesionales, si bien han transmitido al consejero que “supone un respaldo y garantía para la Enfermería que trabaja en el SNS-O, pero no así para las enfermeras y enfermeros que ejercen en el sector privado”.

Según el RD las enfermeras no podrán usar ni indicar productos sanitarios como hasta ahora (por ejemplo, material de curas) ni medicamentos no sujetos a prescripción médica sin que el médico “haya determinado previamente el diagnóstico, la prescripción y el protocolo o guía de práctica clínica y asistencial a seguir”.

Atendiendo a las consecuencias que esta medida tendría en la atención sanitaria diaria en cualquier ámbito, el Colegio considera también inaplicable esta norma desde el punto de vista de la ética profesional, “pues su puesta en marcha podría llegar a afectar a la calidad asistencial que recibe la ciudadanía”.

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