Una de las acusaciones del caso Mascarillas pide al Supremo que no admita la rebaja de pena a Aldama solicitada por el PP

Iñigo Aduriz

5 de mayo de 2026 21:23 h

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La Asociación de Abogados Demócratas por Europa (ADADE), que ejerce como una de las acusaciones en el caso Mascarillas que se está juzgando en el Tribunal Supremo, ha solicitado a los magistrados que rechacen la modificación del escrito de acusaciones realizada por otra de las partes, la que representa al PP, que ayer pidió rebajar la condena al empresario Víctor de Aldama de siete a cinco años y dos meses por su “colaboración” con la Justicia. Lo hizo, además, sin que se pidiera por ninguno de los delitos por los que se le juzga más de dos años de cárcel, lo que podría evitar que Aldama entrara en prisión.

En un escrito de no conformidad con las conclusiones formuladas por la Acusación Popular Unificada, ejercida por el representante del PP, ADADE considera que se rebajan las penas solicitadas para Aldama “de forma muy notable respecto de las solicitadas en el escrito de acusación provisional, de forma que ninguna de las penas solicitadas se aproxima a los dos años de prisión”.

“Esta acusación quiere hacer constar que el citado escrito no puede ser admitido por la Sala a la que tenemos el honor de dirigirnos como si recogiera las conclusiones de todas y cada una de las acusaciones populares. Desde luego no son las de esta parte las presentadas por la acusación del Partido Popular”, remarcan desde la citada asociación.

En el texto también consideran que “la unificación de todas las acusaciones populares impuestas por la Sala no puede llegar al punto, sin violar nuestro concreto derecho a la tutela judicial efectiva, de que la acusación a quien se ha encargado que unifique todas las acusaciones populares –que en este caso se da la circunstancia de que es la del Partido Popular– presente como conclusiones definitivas de todas las acusaciones populares las que solo corresponden a las del Partido Popular (o, si acaso, a las de aquellas otras con las que haya consultado y recibido conformidad)”.

Para ADADE, “es inadmisible que, en trance de presentar el escrito de conclusiones una parte a la que se la ha encomendado por la Sala centralizar o unificar la actuación de todas ellas, lo haya hecho ignorando las opiniones de las demás, así como presentar el escrito de conclusiones como si fuera el de todas las acusaciones populares”. Por eso señala que “al margen de que la Sala advierta a la acusación popular del Partido Popular de lo impropio de ese comportamiento, debe rechazar ese escrito y proveer una solución a aquellas acusaciones populares para que no vean violado su derecho a la tutela judicial efectiva” recogida en la Constitución “antes de continuar en el juicio oral con los alegatos de acusaciones y defensas”.

“Procede, por tanto, que se tenga por no presentado el citado escrito de conclusiones definitivas en la forma como lo ha sido y se nos dé término para formular nuestro propio escrito de conclusiones definitivas. Subsidiariamente, si no lo admitiera la Sala, deberá obligar a la representación de la acusación del Partido Popular a trasladar a la Sala el escrito de conclusiones definitivas de nuestra acusación popular en nombre de ADADE”, concluye.

“En todo caso”, agrega, “deberá advertirse al abogado de la acusación popular del Partido Popular que deje en todo momento clara y reiterada constancia en su intervención oral de que no actúa en modo alguno en nombre de las acusaciones que no hayan dado su conformidad al escrito de conclusiones y desde luego nunca en nombre de la acusación popular de ADADE”.