La Fiscalía no acusará al exdiputado Iñigo Errejón por la agresión sexual denunciada por la actriz Elisa Mouliaá y ha pedido el archivo de la causa, según ha adelantado El Español y han confirmado fuentes jurídicas a elDiario.es. El pasado noviembre, el juez de Madrid Adolfo Carretero propuso sentar en el banquillo al exportavoz de Sumar al considerar que existen “indicios” de que agredió sexualmente a Mouliaá.
Mouliaá, explica la Fiscalía, ha manifesado que “se sintió cohibida y que en realidad no quería una relación sexual en los términos que finalmente se desarrolló”, y el Ministerio Público da “plena credibilidad” a su declaración, pero no hay pruebas de que Errejón “fuera consciente por los hechos anteriores y por la forma en la que actuó la denunciante”. Cuando ella le dijo “expresamente” que no quería, él “cesó en su acción”.
El magistrado consideró que los hechos pueden ser constitutivos del antiguo delito de abuso sexual porque el exdiputado de Sumar “no empleó la violencia o intimidación”. Los hechos denunciados por la actriz se remontan a octubre de 2021, antes de la entrada en vigor de la ley del solo sí es sí que integró toda la violencia sexual bajo la denominación de agresión.
La Fiscalía, sin embargo, entiende que no hay pruebas suficientes como para sentar en el banquillo a Errejón, que abandonó la política en octubre de 2024 tras recibir acusaciones de acoso machista, y recurrirá esa decisión del magistrado. Su defensa ya recurrió la decisión del juez de sentarle en el banquillo ante la Audiencia Provincial, que todavía no se ha pronunciado.
La Fiscalía entiende que el auto de procesamiento del juez Carretero es correcto, pero también que no hay pruebas para que Errejón sea juzgado o condenado. Ha presentado un escrito en el que pide el sobreseimiento provisional “toda vez que practicadas cuantas diligencias de instrucción se han considerado necesarias para el esclarecimiento de los hechos no ha quedado suficientemente justificada la perpetracion del delito”, explica la Fiscalía.
La actriz, por su parte, ya ha presentado su escrito de acusación en el que reclama que se abra juicio contra el exdiputado y que sea condenado a tres años de cárcel. Le acusa de un delito continuado de abuso sexual. También pide que Errejón sea condenado a indemnizarla con 30.000 euros “por daños morales y por los daños sufridos a consecuencia del abuso sexual o, subsidiariamente la que se determine en su caso, en fase de ejecución”.
En su denuncia, Mouliaá relató haber sufrido tocamientos, besos no consentidos y comentarios de índole sexual por parte de Errejón al menos en tres ocasiones en la misma noche de octubre de 2021, antes, durante y después de una fiesta a la que acudieron en casa de unos amigos de ella. Errejón reconoció que quedó con Mouliaá, pero insistió en que todo fue consentido.
En su resolución, el juez Carretero otorgó credibilidad al relato de la denunciante, que constituye el principal “indicio probatorio” ante la ausencia de testigos presenciales de unos hechos que se habrían producido en la intimidad. El magistrado considera que su declaración fue “coherente en lo esencial” aunque no recordara algunos “detalles secundarios”, como si la habitación donde se habrían producido parte de los tocamientos tenía o no pestillo.
El magistrado admitió que la sometió a un “largo y exhaustivo” interrogatorio, en el que llegó a preguntarle si había denunciado por despecho. Y que ella “mantuvo la coherencia” y explicó que si no respondió a uno de los presuntos abusos —como sí hizo ante el tercer episodio— fue porque estaba “aturdida” y “bloqueada” ante la situación.