La Junta Electoral Central ha actualizado la instrucción sobre las circunstancias que pueden eximir a los ciudadanos de formar parte de una mesa electoral ante “la evolución de las excusas relacionadas con la gestación, riesgo por embarazo o lactancia natural y cuidado del lactante por sus progenitores”.
Hasta ahora, entre esas excusas estaba el embarazo de más de seis meses, ser madre de un bebé lactante de hasta nueve meses o la baja de maternidad, sea subsidiada o no por la Seguridad Social. La nueva instrucción añade como eximentes las bajas de paternidad y “el cuidado del lactante por sus progenitores, adoptantes, guardadores o acogedores”.
Además, establece que se pueden librar de estar en una mesa electoral los adultos que por razones de guarda legal, tengan la responsabilidad del “cuidado directo y continuo” de menores de 12 años. En la anterior instrucción, el límite estaba en ocho años.
Escribe Elena Herrera