El Tribunal Superior de Madrid ha confirmado la sanción de un mes de suspensión impuesta a un agente de Policía Nacional que en 2022, en los alrededores del campo del Atlético de Madrid, increpó a una conductora de Uber que había metido el coche en una zona restringida: “Payasita, no me toques la polla que me paso tus derechos por el forro de las pelotas”, llegó a decir el agente en una sucesión de insultos y amenazas que quedaron grabadas por la conductora. Los juzgados decidieron no imputarle por la vía penal pero la Dirección General de la Policía entendió que merecía ser sancionado por una falta grave de desconsideración con los ciudadanos.
Los hechos ocurrieron el seis de noviembre de 2022. El policía formaba parte del dispositivo de seguridad del partido de fútbol que enfrentó al Atlético de Madrid con el Espanyol. Pocos minutos después de que el partido terminara con empate a uno, la conductora de VTC se introdujo en una zona restringida para recoger a un cliente cerca del estadio, momento en que fue interceptada por este agente. Todo quedó grabado por la afectada.
“Salga de puto coche”, “cago en dios, tu eres gilipollas o qué”, “quién pollas te crees que eres”, “eres una imbécil”, “salga del coche o la saco de la puta cabeza”, dijo el agente sin saber que estaba siendo grabado. “Eh, payasita, no me toques la polla, que me paso tus derechos por el forro de las pelotas, tira ya de aquí de una puta vez”. Antes de marcharse, susurró para sí mismo: “Puta perrucha de los cojones”.
En un primer momento la mujer acudió a la vía penal pero los tribunales decidieron que este policía no había incurrido en ningún delito. Un juzgado de la Plaza de Castilla de Madrid decidió archivar las diligencias en febrero de 2023 y entonces la pelota pasó al tejado de la Dirección General de la Policía Nacional, que puso en marcha un expediente disciplinario que culminó con una sanción. Una suspensión de 30 días por una falta grave que ahora, según ha podido comprobar elDiario.es, ha ratificado el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
El agente sancionado planteaba dos argumentos principales en su recurso: que el cierre de la vía penal contra él impedía sancionarle por la vía disciplinaria y también que la grabación que había servido para castigarle no había sido correctamente custodiada ni verificada. Los jueces de lo contencioso-administrativo del TSJ madrileño discrepan en ambas alegaciones y confirman su sanción con el apoyo de la Abogacía del Estado.
Sobre la grabación, los magistrados explican que fue “certificada” por el instructor del expediente. Un expediente en el que “ha podido participar” y ha propuesto pruebas sin conseguir desvirtuar la fuerza del audio que recoge sus amenazas e insultos. Sus manifestaciones, dice esta sentencia, “constan grabadas” y “constituyen una desconsideración con una ciudadana y por tanto una infracción grave”.
Tampoco ven los jueces ningún problema en que la Policía Nacional haya decidido imponerle una sanción aunque los tribunales no hayan encontrado material para juzgarle por la vía penal. Un tribunal penal, explica el TSJ, “protege a las personas frente al uso excesivo e injustificado de la fuerza en la actuación policial”. Y un órgano disciplinario, como es la Dirección General de la Policía, “protege al cuerpo policial contra el descrédito y desprestigio” de los agentes que cometen esas infracciones. “En una sociedad democrática la Policía debe poner especial atención en preservar la consideración de la ciudadanía como elemento integrante de la autoridad con la que desempeña sus funciones”.