Un vecino de Sevilla logra que Iberdrola le indemnice por los daños que un cargador eléctrico provocó a sus dos coches

Cargador de coche eléctrico

SevillaelDiario.es

Sevilla —

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Iberdrola ha tenido que abonar a un usuario los 515 euros que tuvo que pagar por la reparación de dos vehículos eléctricos que sufrieron daños después de recargarlos en un punto de carga defectuoso.

Pedro, residente en Sevilla, contrató en febrero de 2022 un punto de carga para vehículos eléctricos con esta compañía. Pidió que lo instalaran en unas plazas de garaje de su propiedad y, cuando la instalación estuvo preparada, la usó con normalidad hasta abril de 2024. Fue entonces cuando, tras enchufar uno de sus coches, apareció un mensaje de error en el vehículo que indicaba “batería carga imposible”.

El usuario llevó entonces el vehículo a un taller. Pensaba que se trataba de un fallo del coche. Días más tarde, puso a cargar el otro automóvil eléctrico del que dispone y, nuevamente y para su sorpresa, el vehículo mostró el mismo error que el anterior. Como hizo en el primer paso, lo llevó a un taller. Los vehículos estuvieron inmovilizados en ese establecimiento más de un mes, y por su reparación Pedro tuvo que abonar 515 euros.

A la vista de lo ocurrido, Pedro se puso en contacto con Iberdrola. Pidió a la compañía la sustitución del punto de carga por uno que no estuviera defectuoso y, también, el abono del dinero que había tenido que pagar por el arreglo de los coches, ya que claramente el daño en los vehículos había sido producido por esta instalación.

La empresa, sin embargo, decidió no responder a las reclamaciones del afectado.

Intervención de Facua y laudo arbitral

Ante esta situación, Pedro solicitó la intervención de FACUA Sevilla, de la que era socio desde 1994, para que le ayudara a defender sus derechos. El equipo jurídico de la asociación reclamó tanto la sustitución del punto de carga —que aún se encontraba dentro de los tres años de garantía que establece la normativa europea— como el abono de los 515 euros de la reparación de los vehículos afectados, ya que el taller encargado de las reparaciones había acreditado que los daños se debían al mal funcionamiento del punto de carga. Además, desde que le sustituyeron el cargador por otro nuevo, los vehículos no habían vuelto a presentar problemas.

Una vez iniciada la reclamación, Iberdrola accedió a sustitutir el punto de recarga. Sin embargo, siguió haciendo caso omiso de los intentos de que abonara también el arreglo de los vehículos dañados., por lo que Facua decidió acudir a la Junta Arbitral de Consumo.

Finalmente, el laudo arbitral ha dictaminado que Iberdrola debe abonar a Pedro los 515 euros de la reparación de ambos vehículos. El órgano arbitral considera acreditada la relación causa efecto entre la avería del cargador, que fue sustituido por estar en garantía, y la avería en los dos vehículos. Los laudos arbitrales son de obligado cumplimiento por parte de las empresas, por lo que, poco después de su dictamen, Iberdrola abonó a Pedro el dinero.

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