Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.
La portada de mañana
Acceder
El Gobierno busca la colaboración autonómica para ayudar a Ceuta
El juez Peinado afronta su último mes antes de jubilarse sin saber si será sancionado
Opinión - 'Nuestro corazón europeísta se rompe en Ceuta', por Irene Lozano

El juez Peinado afronta su último mes antes de jubilarse pendiente de si será sancionado por sus excesos y retrasos

Imagen de archivo del juez Juan Carlos Peinado a su salida a los juzgados de la plaza de Castilla de Madrid.

Elena Herrera

26 de agosto de 2026 21:09 h

0

El juez Juan Carlos Peinado encara sus últimas semanas en activo con un asunto que puede marcar el final de su trayectoria en la carrera judicial: su posible sanción disciplinaria. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) empezará a analizar en septiembre si las quejas que le trasladó el pasado julio el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) pueden acarrear una sanción leve para el juez que ha logrado sentar en el banquillo a Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, según informan a elDiario.es fuentes jurídicas.

La jubilación forzosa de Peinado está prevista para el 27 de septiembre, cuando cumplirá la edad máxima que pueden tener los magistrados en activo, fijada en los 72 años. A partir de entonces, se extinguirá cualquier posibilidad de sanción disciplinaria. Tras el parón del mes de agosto, el tribunal madrileño empezará a analizar la documentación a partir de septiembre. En primer lugar, tendrá que decidir si le abre expediente disciplinario o rechaza de plano emprender cualquier actuación con las diligencias que le remitió el Consejo General del Poder Judicial.

En todo caso, teniendo en cuenta el protocolo a seguir y los plazos temporales tan ajustados, las fuentes consultadas auguran que Peinado solo podría ser reprendido con la sanción menos severa de entre todas las que tienen carácter leve si es que finalmente el tribunal decide imponerle algún correctivo. Se trata de la sanción de advertencia, una especie de reproche disciplinario formal sin ni siquiera multa económica.

El artículo 422.1 de la ley del Poder Judicial determina que la advertencia se impondrá “sin más trámite que la audiencia del interesado, previa una información sumaria”. Las fuentes consultadas explican que se trata de un procedimiento rápido, en el que se analiza la documentación remitida por el CGPJ y se da audiencia al juez afectado, con lo que daría tiempo a culminar el proceso durante septiembre.

Además, la decisión depende únicamente de la presidencia del tribunal, un cargo que actualmente ocupa en funciones la magistrada Aurora de la Cueva después de que el pasado 20 de julio su anterior presidente, Celso Rodríguez Padrón, tomara posesión de su nuevo puesto en el Tribunal Supremo. De la Cueva ocupa el cargo de forma interina dado que es la presidenta de Sala más antigua de ese órgano judicial.

El procedimiento más largo dificulta la sanción

Las faltas leves como las que el CGPJ sospecha que pudo cometer Peinado también pueden ser castigadas con multa de hasta 500 euros o con multa y advertencia de forma conjunta. Sin embargo, en ese caso la ley prevé un trámite más complejo. El procedimiento exige la designación de un instructor que debe recabar pruebas y, si ve materia, hacer después un pliego de cargos que el expedientado puede contestar en el plazo de ocho días, así como proponer más pruebas.

Transcurrido ese plazo y previa audiencia de la Fiscalía, el instructor formulará propuesta de resolución, en la que fijará con precisión los hechos, hará la valoración jurídica de los mismos e indicará la sanción que estime procedente. Dicha propuesta de resolución se notificará al interesado, que tendrá otros ocho días para hacer alegaciones.

Una vez concluido este trámite, el expediente se remitiría a la Sala de Gobierno del TSJM, que es la competente para imponer por mayoría este tipo de sanciones. Ese órgano tiene ocho miembros, de los que al menos cinco pertenecen a la conservadora y mayoritaria Asociación Profesional de la Magistratura (APM).

En caso de sanción, el magistrado y la Fiscalía pueden recurrir en la vía administrativa, sin perjuicio de los que procedan en la vía jurisdiccional. La ley establece que la resolución sancionadora será ejecutiva cuando agote la vía administrativa, aún cuando se hubiere interpuesto recurso contencioso-administrativo, salvo que el tribunal acuerde su suspensión.

Aunque la ley da un plazo máximo de un año para resolver los expedientes por este tipo de sanciones, las fuentes consultadas ven muy complicado que se puedan cumplimentar todas estas garantías procesales y plazos de alegación en menos de un mes desde que el TSJM retome la actividad en septiembre hasta el día 27 del mismo mes.

Ataques a la Policía

La primera de las diligencias remitidas al tribunal madrileño se abrió después de que la Comisión Permanente del CGPJ acordara remitir al Promotor de la Acción Disciplinaria el auto en el que Peinado justificó su decisión de retirar el pasaporte de Begoña Gómez por la posibilidad de que los policías que trabajan como escolta de la mujer del presidente o sus jefes pudieran ayudar en una posible fuga.

Los vocales del bloque progresista y la presidenta del órgano, Isabel Perelló, consideraron que la autoridad disciplinaria debía valorar si esas expresiones podían suponer una falta de desconsideración. Pero el Promotor propuso archivar ambas investigaciones y dejar sin sanción a Peinado por estos hechos. Argumentó que el Consejo únicamente puede intervenir si lo solicita el tribunal superior del juzgado correspondiente, algo que no ha sucedido en este caso.

Sin embargo, de nuevo los vocales progresistas y la presidenta entendieron que existe jurisprudencia del Tribunal Supremo que permite sancionar este tipo de expresiones sin cumplir ese requisito. En concreto, una sentencia de la de lo Contencioso-Administrativo de 2014 que confirmó una sanción a un magistrado por una falta de desconsideración respecto de instituciones, al haber empleado en distintas resoluciones judiciales expresiones plagadas de descalificativos hacia la Generalitat de Catalunya. Al tratarse de una falta leve, la competencia en este caso es del TSJM, de quien decidirá si hay o no sanción.

La segunda de las diligencias remitida al tribunal madrileño fue abierta tras la denuncia presentada por un particular que denunció que Peinado había tardado un año y siete meses en tramitar un procedimiento. De nuevo, el Promotor propuso el archivo al considerar que los hechos no revisten carácter disciplinario, pero la misma mayoría de la Permanente estimó, sin embargo, que pueden ser constitutivos de una falta leve de retraso y acordó su remisión.

Otros jueces sin sanción

El órgano de gobierno de los jueces tiene competencias para exigir responsabilidad disciplinaria a jueces y magistrados si su conducta se desvía de una serie de principios tasados entre los que están la independencia, la imparcialidad o el respeto a las partes. Las sanciones por faltas cometidas en el ejercicio de sus cargos pueden ir de multas económicas a traslados forzosos, suspensiones y expulsiones.

Sin embargo, las cifras evidencian que la mayoría de las investigaciones que se abren acaban sin sanción. En 2024, último año del que existen datos disponibles, el Promotor dictó 362 acuerdos de archivo de diligencias informativas y solo abrió 24 expedientes disciplinarios, de los que únicamente 11 acabaron en sanción.

Este año, el bloque conservador impuso su mayoría en la Comisión Disciplinaria y archivó sin sanción los expedientes abiertos al juez Manuel Ruiz de Lara, quien llamó “Barbigoña” a la mujer del presidente del Gobierno y al magistrado Eloy Velasco, que criticó a la exministra y eurodiputada de Podemos Irene Montero.

Además, la Permanente también archivó el pasado julio otras cuatro quejas contra Peinado. Entre ellas, las que presentó el ministro de Justicia, Félix Bolaños, por la actuación del juez cuando le interrogó como testigo en ese caso y cuando, después, pidió al Tribunal Supremo que abriera una causa contra él. Durante el interrogatorio, el juez acusó al ministro de contestar con “evasivas” y se permitió cuestionar alguno de sus gestos. Después, el juez tergiversó el testimonio del ministro para apuntalar su petición al Supremo de que abriera una causa contra él. El alto tribunal rechazó investigarle.

El archivo de esa queja se llevó a cabo con el voto favorable de los vocales conservadores y del consejero elegido a iniciativa de Sumar Carlos Hugo Preciado que, no obstante, sí se mostró partidario de denunciar a Peinado por los delitos de revelación de datos reservados y prevaricación en relación con otras de las quejas presentadas contra él que también resultaron archivadas.

Etiquetas
stats