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Una sentencia obliga a decir a RTVE cuánto gastó en la cobertura de Eurovisión

Eurovisión 2015, el programa más "tuiteado" de la historia en España

elDiario.es

RTVE tendrá que facilitar los gastos de su participación en el festival de Eurovisión de 2015 –en el que representó a España Edurne–, al no estimar el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 6 de Madrid el recurso interpuesto por el ente público para evitar facilitar dicha información, tras aceptar el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno la reclamación interpuesta por un ciudadano, según informa en una nota el propio Consejo.

“La solicitud no fue respondida y, una vez presentada reclamación ante el Consejo de Transparencia, RTVE alegó que darla requería una reelaboración previa y, además, suponía un perjuicio para sus intereses económicos y comerciales. Estos mismos argumentos se mantuvieron en el recurso que presentó RTVE para no atender la resolución del Consejo de Transparencia, que consideró que la información debería proporcionarse”.

La sentencia que resuelve el recurso, estima en cambio, y en apoyo a la resolución del Consejo, que la información solicitada debe “encontrarse en los documentos contables y presupuestarios de la entidad, y no se aprecia que suministrarla exija de una labor previa de reelaboración específica”. Además, la sentencia establece, que ello no impide, como “con acierto indica el Consejo de Transparencia, proporcionar la información solicitada, puesto que una vez asignados los cupos ó cuotas resultantes, RTVE debe conocer necesariamente qué parte le corresponde abonar, pues en caso contrario no podría hacer frente a tales gastos que tendrán también su asiento en los documentos contables”.

Asimismo, el juez considera que “proporcionar la información requerida sobre el coste de la participación en Eurovisión no evidencia que perjudique los intereses económicos ni comerciales de RTVE, pues lo único que se reclama es el coste total de que España haya participado en el festival de Eurovisión 2015; y cumplir con lo solicitado no permite constatar que se derive ni un perjuicio para la recurrente ni una ventaja competitiva para otros medios televisivos, ni menos aún para el servicio público que la recurrente presta”.

Recursos contra resoluciones del Consejo

De los trece recursos interpuestos hasta hoy por organismos públicos contra el Consejo de Transparencia, que representan el 1,7% de las 766 reclamaciones recibidas, y que mayoritariamente son atendidas por las administraciones públicas, ésta es la primera sentencia que da la razón al Consejo de Transparencia, que vela por el cumplimiento de la Ley y, con ese objetivo, y dentro de su independencia, atiende las reclamaciones de los ciudadanos cuando los organismos públicos no facilitan la información que demandan.

Cuando un organismo o un ciudadano discrepa de la decisión del Consejo de Transparencia, como establece la Ley, puede interponer un recurso a los juzgados de lo contencioso-administrativo de Madrid.

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