Mari Carmen quedó postrada tras una operación que no debió realizarse: “Dijeron que era como sacarse una muela”
Mari Carmen y Juan esperaban disfrutar de una segunda luna de miel con su jubilación. Con sus dos hijas adultas y completamente independizadas, no había nada que les hiciera pensar que no podría ser así. Pero una intervención médica innecesaria y de cuyos riesgos y alternativas no fue informada cambió el destino de la mujer y su familia. Un juzgado ha condenado a la aseguradora del Servicio Madrileño de Salud a indemnizar a esta paciente con 820.000 euros, en una sentencia que está recurrida ante la Audiencia Provincial.
Los hechos se remontan a 2022, cuando Mari Carmen tuvo un susto de salud: un problema pulmonar, que se resolvió satisfactoriamente tras unas semanas de ingreso en el hospital de Móstoles. En una de las pruebas que le realizaron en este centro, los sanitarios encontraron un aneurisma sacular, una pequeña protuberancia de una arteria cerebral, que no tenía nada que ver con su dolencia.
“Cuando se recuperó y le dieron el alta, la derivaron al hospital de Puerta de Hierro, para que le vieran el aneurisma”, relata su hija Vanesa. Ahí empezó su calvario, que ha dejado a la mujer, que tiene ahora 69 años, con una discapacidad grave, problemas cognitivos y totalmente dependiente. “Nos dijeron que [si no se operaba] le podía dar un infarto cerebral y que [la intervención] era muy sencilla, que se hacían muchas. Un día de UCI y a casa. Nos lo puso tan fácil como sacarle una muela”, recuerda Juan, su marido.
Esa operación, a la que Mari Carmen accedió creyendo que era como sacarse un diente, derivó en un ictus durante el postoperatorio, que la ha dejado postrada y con secuelas de por vida. “Ahora depende para todo de mi padre”, lamenta Vanesa. La mujer duerme en un sillón para evitar los dolores. Y en la butaca de al lado, su marido, que no quiere dejarla sola.
La familia decidió ponerse en contacto con la asociación Defensor del Paciente, que ha pilotado el caso, después de que una médica amiga y hasta el de cabecera de la mujer les dijeran que había “algo raro” en el procedimiento médico. “Le llevo toda la documentación a Álvaro [Sardinero, el abogado] y unos días después me llama para hablar, tras ponerse en contacto con un perito”, continúa la hija de Mari Carmen. De aquella conversación la familia sale con dos ideas claras: “Es un aneurisma que no se opera y, además, no aparece la autorización de la intervención”, que es obligatoria porque implica que se ha informado a la paciente.
Con estos datos, deciden iniciar una vía legal para que se reconozca la negligencia y se indemnice a la mujer. En julio de 2025, el juzgado de 1ª Instancia número 51 de Madrid condena a Relyens, la aseguradora del Servicio Madrileño de Salud (Sermas) a indemnizar a Mari Carmen por los daños ocasionados y las secuelas que padece con la cantidad de 821.166,96 euros.
La sentencia, recurrida ante la Audiencia Provincial por la reaseguradora, señala que “no existe prueba que acredite que a la paciente se le informó de las alternativas terapéuticas ni tampoco del riesgo que conllevaba la intervención”. Y, como recuerda el propio texto, “toda actuación en el ámbito de la salud de un paciente necesita el consentimiento libre y voluntario del afectado”, que deberá prestarse por escrito en los casos de intervenciones quirúrgicas, entre otras.
El magistrado considera que “la falta de información a la paciente (...) causa, además, un daño efectivo y real como consecuencia de la cristalización del citado riesgo, por cuanto la actora se vio privada de la posibilidad u oportunidad de ponderar la conveniencia de sustraerse a la operación evitando sus riesgos, máxime cuando existe controversia sobre la necesidad de haberse operado”.
La sentencia va más allá de esa controversia, al señalar que “en este caso también ha quedado acreditada la mala praxis, no en la operación, sino en la decisión de acometerla”. Se basa, principalmente, en la información aportada en el informe pericial judicial, a partir de las pruebas aportadas al caso, que muestran un aneurisma con diámetros aproximados de 3x4 milímetros, que además no había mostrado síntomas.
El informe pericial señala que los aneurismas menores de 10 milímetros en pacientes asintomáticos no requieren tratamiento inmediato, pero deben ser monitorizados ante posibles crecimientos. Algo que, en el caso de Mari Carmen no ocurrió, al ser directamente intervenida. De hecho, el Estudio Internacional de Aneurismas Intracraneales No Rotos —ISUIA, por sus siglas en inglés— señala que el riesgo de rotura en aneurismas de menos de 7 milímetros en esa zona es del 0% a los cinco años.
Un contrato de 35 millones de euros
La demanda, como indican desde el Sermas, es una acción directa en la vía civil contra la compañía aseguradora Relyens, como se prevé en la Ley de Seguros. Esta redacción se ha puesto en contacto con Relyens, para conocer los motivos del recurso interpuesto ante la Audiencia Provincial, pero desde la compañía han declinado responder a las preguntas de este medio.
Esta empresa se encarga de cubrir las indemnizaciones derivadas de casos como estos y en ella lleva confiando la Comunidad de Madrid durante años. El presupuesto de la última licitación del servicio de póliza de seguro de responsabilidad civil/patrimonial del Servicio Madrileño de Salud ascendió a un total de 35 millones de euros por dos años. Pero la colaboración se alarga más allá. De hecho, la mutua, antes denominada Sham, lleva encadenando contratos millonarios para la cobertura de las responsabilidades derivadas de los profesionales y los centros sanitarios de la Comunidad desde 2016.
Según ha publicado la propia compañía, el Grupo, que desarrolla su actividad en España, Francia, Portugal, Italia, Alemania, Bélgica, Países Bajos y Luxemburgo, recibió 1.160 millones de euros en primas en 2024, los últimos datos disponibles. Esto supone un aumento del 7,3% respecto a 2023 y un volumen de negocio de 674 millones, un 6,9% más.
Mientras tanto, en casa de Mari Carmen han tenido que ajustarse también en lo económico. En la hoja de nuevos gastos suma terapias, rehabilitación y cremas, entre otras partidas, a cargo de una pensión “mileurista” y de las aportaciones de Susana, la otra hija del matrimonio, quien, “económicamente, es la que puede ayudar”, lamenta su hermana, que en este momento se encuentra de baja.
Por eso, aunque la indemnización no va a devolver a la mujer a su estado de salud previo sí puede facilitar su día a día, darle acceso a terapias sin mirar la factura o acceder a un coche mejor, para que se traslade de forma más cómoda a las consultas y las sesiones de rehabilitación. “Estamos esperando a que la Audiencia Provincial nos dé la razón, pero un juez de primera instancia ya nos la ha dado”, reivindica Vanesa.