Los tribunales de Aragón han decidido prolongar la obligatoriedad del pasaporte COVID hasta el 8 de enero, pero restringido únicamente a establecimientos de ocio nocturno y eventos multitudinarios.
Así, los jueces libran cautelarmente de esta obligación a quienes acudan a celebraciones nupciales, comuniones, bautizos, confirmaciones y otras celebraciones sociales, familiares, religiosas o civiles, aunque tengan lugar en establecimientos de hostelería y restauración.
El Tribunal Superior de Justicia Aragón suspende cautelarmente la efectividad del artículo 4.2b de la orden emitida por la Consejería de Sanidad el pasado 24 de noviembre. Ese artículo recoge medidas relativas a la exigencia de pasaporte COVID, en cualquier reunión.